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30 de marzo de 2021

EL FRIJOL Y EL TRANSPORTE


C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES

/ TEPIC, NAYARIT

  CONOCE LAS FINANZAS

EL FRIJOL Y EL TRANSPORTE

El Frijol

El precio del frijol azufrado de Sinaloa libre a bordo Guadalajara, anda por los 30 pesos el kilogramo, y el de salida de la central de abasto de esa ciudad ronda los 34 pesos, y en la CDMX por los 40 pesos.

Se estableció un mínimo de $26.00 pesos el kilo de frijol azufrado en Nayarit; los productores pretenden los 28 pesos para esta variedad; 20 pesos el kilo para el frijol negro Jamapa con un valor de salida verificado de 24 pesos por kilo en la central de abastos de Tepic; refiriendo que se registra en la semana del 15 al 19 de marzo rondaba en precios de 18 a 19 pesos el kilo a comerciantes de Hidalgo.

Factores como la importación de frijol desde EEUU y Canadá, el inventario resguardado que provocó buenos precios, tienden a la baja las próximas salidas, la siembra que inicia el 15 de abril en Chihuahua… Financiera Nacional contenta por la recuperación de cartera.

El Transporte

Vaya golpe a la economía de los contribuyentes personas físicas y morales, así como los coordinados, dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal, que en este 2021, podrán deducir hasta el equivalente a un 8 por ciento de los ingresos propios de su actividad, sin exceder de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.), sin documentación que reúna requisitos fiscales, cumpliendo cuatro requisitos; deduzco que el límite de ingresos propios es de $12,500,000.00, para este año, cuando antes no existía este límite para aplicar el 8%.

Este tipo de gastos en el “argot” de los camioneros se les conocen como “Gastos Ciegos”, ya que es difícil conseguir CFDI facturas, porque son vulcanizadoras, restaurantes y fondas, talleres pequeños o bien móviles, entre otros que están a lo largo de los caminos y por ende carecen de formalidad. La resolución tiene vigencia a partir del 1 de marzo de 2021. Pero tiene algo extraño la vigencia ya que en materia de ingresos debes considerar desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021; no obstante haber aplicado las facilidades de 2020 a los meses de enero y febrero 2021…. Veremos qué pasa al respecto.

En Nayarit podemos, si podemos! http://certezafinanciera.blogspot.com  / Twitter: @felipeortiz Fuente: Grupo GCMA. Atención en calle Dr. Martinez Ote #51 Col. San Antonio en Tepic, Nayarit.

12 de diciembre de 2019

BUZÓN TRIBUTARIO 2020, OBLIGATORIEDAD


CERTEZA FINANCIERA

BUZÓN TRIBUTARIO 2020, OBLIGATORIEDAD

En el paquete de reformas fiscales publicado el 9 de diciembre de 2019, se norma de manera obligatoria el uso del Buzón Tributario, que es un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), al que entras mediante una contraseña o firma electrónica, y a través del cual:
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·         La autoridad fiscal realiza la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido.

·         Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos, o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, y podrán realizar consultas sobre su situación fiscal.

Los contribuyentes deberán consultarlo dentro de los tres días siguientes a aquél en que reciban un aviso electrónico enviado por el SAT, y al día siguiente surte efectos la notificación.

El artículo 17 K de nuestro amado Código Fiscal de la Federación (CFF), nuevamente ejerce nueva obligatoriedad a los alicaídos contribuyentes formales al señalar que deberán habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto, de acuerdo con el procedimiento que al efecto establezca el SAT…. Y añade que en caso de que no habilite el buzón tributario o señale medios de contacto erróneo o inexistente, o bien, no los mantenga actualizados, se entenderá que se opone a la notificación y la autoridad podrá notificarle por estrados.

Y aún hay más…. Y remata con esta medida a la yugular de la economía del sacrosanto contribuyente, al tipificar como infracción el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto para el buzón tributario y castigar con una multa que va desde los $3,080.00 a los$9,250.00, en los términos de los artículos 86-C y 86-D del CFF.

Así que tomen en cuenta y muy en serio sino quieren ver afectado su bolsillo por ignorar tamaña responsabilidad, poco amor se demuestra por el cumplido.

En Nayarit podemos, si podemos! http://certezafinanciera.blogspot.com  / Twitter: @felipeortiz  Atención en Dr. Martinez Ote #51 Col. San Antonio en Tepic, Nayarit.

LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA, LO QUE VIENE


CERTEZA FINANCIERA
LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA, LO QUE VIENE

El subsecretario de Hacienda Gabriel Yorio, adelantó que se trabaja en una propuesta de reforma de la Ley de Disciplina Financiera (LDFEFM) mas flexible para que la banca de desarrollo brinde financiamiento a los estados incluyendo asistencia técnica, la banca en cuestión no ha podido aplicar sus capacidades de financiamiento por la rigideces contenidas en el marco de la Ley en materia de inversión en infraestructura.

La reforma buscaría que los estados puedan contratar deuda de manera responsable, con perspectiva fiscal de mediano plazo y que cuenten con las herramientas que les permitan ejecutar de manera eficiente el gasto que van a financiar con dicha deuda.

Esta flexibilización de la Ley de Disciplina Financiera en torno de la banca de desarrollo, buscará además mejorar elementos en el monitoreo subnacional, mejoras en la gestión financiera, de inversión pública, de la planeación fiscal de una entidad federativa.

Buscará la SHCP la vinculación de la banca de desarrollo con la banca multilateral, para movilizar más recursos financieros y técnicos.

El sistema de alertas que identifica cualquier riesgo la capacidad de endeudarse de un estado o municipio, se focalizará en detectar de fondo circunstancias o alertas preventivas en cuestiones de liquidez, tipo análisis que realizan las calificadoras.

Las áreas de oportunidad detectadas en la LDFEFM, conlleva revisar el marco de la Coordinación Fiscal -sugiere el Banco Mundial-, para impulsar la recaudación federal, estatal y municipal, para enfrentar retos en pensiones, infraestructura y rezago en inversión.

En mi punto de vista, recuerdo que a inicios de 1990, se flexibilizó la utilización de deuda de la banca de desarrollo (NAFINSA, BANCOMEXT para el caso del sector privado, y BANOBRAS para el sector público), con resultados pecaminosos que reventaron en diciembre de 1994 con crisis monumental y que orilló a establecer planes de rescate para que sobreviviera la Banca. No se tenía en aquellos tiempos la Ley de Disciplina Financiera en el ámbito público, y es una ventaja que exista actualmente, plasma rigidez en el control de la deuda y en la disciplina presupuestal

En el caso de los municipios es clara la necesidad de procurar una mejora en la planeación fiscal, ya que la falta de liquidez está provocando problemas de película con relación al cumplimiento de pago contribuciones y retenciones, y claro con sus obligaciones de pago de salarios y pensiones sin reserva alguna, ojalá esta flexibilización permita terminar con la “simulación” en materia de balance presupuestal que desde hace 3 administraciones se arrastra, ya que la mayoría de los presupuestos municipales nacen con déficit marcados.

Seguiremos abordando esta temática.

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18 de septiembre de 2019

EL NIJALLOTE FISCAL –EL CFDI Y LA RAZON DE NEGOCIO-


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT

EL NIJALLOTE FISCAL –EL CFDI Y LA RAZON DE NEGOCIO-

EL NIJALLOTE FISCAL
He estado reflexionando que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI –las llamadas facturas falsas--pues no son en esencia falsas porque pasan el proceso de validación del Servicio de Administración Tributaria SAT, y las empresas no son fantasmas porque se dan de alta en el SAT, con domicilio, comprobante de identidad, entonces,  donde está la responsabilidad de la autoridad en la misión de verificar que realmente es ello en su contexto? Porque proponer la Razón de Negocio en el 5-A del CFF Código Fiscal de la Federación, y llenar de cuestionarios IMPERATIVOS a todos los contribuyentes incluyendo a los inocentes? Solo bastaría levantar la ceja con aquél que utilice más de 20 claves de productos del catálogo que hizo el SAT?
No obstante que la expedición de las facturas cumplan en su proceso de vida con la aplicación estricta que marca el artículo 5 del CFF, no debe convertirse en un proceso formal fino y aceptado, que cubre con la forma de los textos, y se ignore su substancia.
CUARTO COLABORADOR FISCAL
Resultado de imagen para cfdi falsoCreo que el enemigo está en los pasillos tributarios del Palacio Tributario, y visten de funcionarios con corbata de impunidad, y calzones desechables... Y no acá en la república de los frijoles recién cocidos con morisqueta donde los formales andan asustados, y se crean diablos o figuras como el delator fiscal entre los contribuyentes para alentar la lotería fiscal que anda escasa de participantes.... La recaudación requiere de osados héroes infranqueables en su integridad, pero no en contribuyentes chismosos. Por lo cual en este espacio propongo la creación del CUARTO COLABORADOR FISCAL ya que cuenta con información que no obre en poder de la autoridad fiscal, relativa a FUNCIONARIOS coludidos con la elusión fiscal, al actuar de manera subterránea birlando los claroscuros legales, que intencional o en forma omisa, la legislación no considera en su conjunto” y de igual sea recompensado a través del sistema financiero, que es el jugador transita los caminos de la corrupción de facturas falsas y como caseta de peaje la UIF Unidad de Inteligencia Financiera presta a investigar aleatoriamente vehículos financieros ostentosos...

LA ELUSIÓN PERMITIDA
Recordemos que en 2013 (hace 6 años) se había propuesto una adición al artículo 5 del CFF, que dictaba.... Si la autoridad fiscal detecta prácticas u operaciones del contribuyente que formalmente no actualicen el hecho imponible establecido en una norma tributaria y carezcan de racionalidad de negocios, determinará la existencia del crédito fiscal correspondiente a la actualización del hecho imponible eludido.
Se entenderá que una práctica u operación no tiene razón de negocios, cuando carezca de utilidad o beneficio económico cuantificable para el o los contribuyentes involucrados, distinta de la elusión, diferimiento o devolución del pago realizado”.
El Legislativo rechazó la inclusión de la norma antielusión en el artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, aduciendo que las autoridades fiscales contaban (hace 6 años) con facultades suficientes para aplicar de manera estricta la ley sin caer en formalismos mediante los que se ignore la substancia de la misma. No haber regulado esa parte, fue permitir el “fraude a la ley”, es decir, la realización de uno o una serie de actos lícitos que respetan el texto de la ley, pero no su sentido.
De ahí que se defina a la elusión fiscal por fraude a la ley o abuso del derecho como el acto de tomar ventaja de las normas establecidas en la legislación fiscal con el fin de minimizar la responsabilidad fiscal.
(Nijallote: Líquido amarillo que sobra del nixtamal).
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23 de diciembre de 2018

2019… ENTRE LA AUSTERIDAD Y EL CRECIMIENTO


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT
2019… ENTRE LA AUSTERIDAD Y EL CRECIMIENTO
"El hecho de que algunas políticas de austeridad no producirán la estabilización económica que prometen o que las políticas de crecimiento no necesariamente generarán más empleos son posibilidades enterradas bajo los eslóganes y la demagogia". Moisés Naim.

El gran dilema para salir de la crisis se sitúa entre austeridad y crecimiento. ¿Son excluyentes las dos políticas?... en su objetivo de generar empleos, situaciones de bienestar social, y mantener el consumo interno? Veamos…

Para 2019, la Ley de Ingresos de la Federación en nuestro México contempla un crecimiento entre el 1.5 y 2.5%; la tasa de inflación anual estimada en 3.4%; petróleo, estimado en 55 dólares por barril, y tipo de cambio del dólar en 20 pesos por dólar, CETES estimado en 8.3%. Viene la lucha de contrapesos, con la eliminación de organismos, despidos de personal, ruptura de esquemas presupuestales discrecionales como el Ramo 23, creación de una franja fronteriza con estímulos fiscales, una especie de otro México con una gasolina sin IVA, el IVA a sector empresarial en un 8%, y la tasa de ISR a actividades empresariales a un 20%. Ahhh y la intención buenísima de dignificar la integridad e identidad del mexicano con la creación de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, cuestión que en principio la mayoría desconfía de su efectividad, y va acompañada de una Constitución Moral cuyo destino no se ha asimilado aun. Ya el gobierno inició con medidas de austeridad que simbolizan la directriz que tendremos los próximos 5 años con 9 meses que restan a esta administración falta ver la realidad, la implementación y ejecución. Entremos al tema.


Austeridad y crecimiento no son estrategias económicas contrapuestas, más bien deberíamos considerarlas complementarias para salir de la crisis. La austeridad supone gestión eficiente y racionalización del gasto. El crecimiento implica mucho más que el aumento del PIB. Supone mejora de la calidad de vida, la cohesión social y la modernización de nuestras estructuras productivas. Es de sentido común pensar que someter a una terapia intensa de adelgazamiento de nuestro gasto público puede llevarnos a la anorexia conclusiva, y que las políticas de crecimiento mediante la inversión pública deben estar bien definidas para que los recursos que se ponen no acaben en un agujero sin fondo o en elefantes blancos, sin perspectiva de rentabilidad social.

¿Crecimiento o austeridad? Eficacia y más eficacia en la aplicación de los recursos públicos, en el diseño de políticas de desarrollo no clientelares, en la lucha contra la corrupción y la economía subterránea. La austeridad, entendida como antónimo del despilfarro, va hermanada a la gestión eficaz y sensata de los bienes públicos.

Austeridad y crecimiento son tan compatibles como imprescindibles. Para ello es preciso entender la austeridad en el sentido de ausencia de derroche y práctica de buen gobierno  y el crecimiento en una dirección de desarrollo sostenible económica y socialmente. Hay una bisagra, y solo una, que permite que austeridad y crecimiento vayan de la mano: la progresividad fiscal. Para sostener e incluso fortalecer el estado del bienestar, generar suficientes inversiones y no reducir la participación de la masa salarial en el Producto Interno Bruto.

Nadie puede estar en contra de la austeridad y el rigor en el uso de los recursos públicos, evidentemente. Pero es bien sabido que en tiempos de crisis, cuando apenas hay inversión, y es limitado el consumo privado, los recortes excesivos del consumo público y se nota cuando se deja de gastar, provocan detenimiento económico (desaceleración) al menos en la misma cuantía de los mismos. Nadie deniega la satisfacción cuando se reduce el gasto en conceptos superfluos, nadie, solamente los que dejaron de percibir ese recurso producto de la decisión seleccionada.

Hay otro tema preocupante, ni la generación de empleo, ni la creación de empresas son simétricos; es muy fácil destruirlos pero cuesta mucho volverlos a crear cuando las reformas estructurales supuestamente empiecen a dar resultados. Tengan felices fiestas navideñas.

En Nayarit podemos, si podemos! Contacto: acpalfredoortiz@gmail.com / http://certezafinanciera.blogspot.com  / Twitter: @FELIPEORTIZ Dr. Martinez Ote #51 Col. San Antonio en Tepic, Nayarit.