27 de noviembre de 2011

QUE ES LA CONAC Y EL CEAC?

QUE ES LA CONAC Y EL CEAC? Antes de describirles que es y para qué sirve la CONAC -Consejo Nacional de Armonización Contable- y el CEAC -Consejo Estatal de Armonización Contable-, retomemos de donde nace, y cuál es su funcionalidad. En el año 2007, previo a una serie de reuniones y acuerdos de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, y la Primera Convención Nacional Hacendaria del año 2004; se faculta al Honorable Congreso de la Unión para legislar en Materia de Contabilidad Gubernamental. El 25 de Noviembre de 2008 el pleno de la Honorable Cámara de Diputados aprobó el dictamen de Decreto que expide la Ley General de Contabilidad Gubernamental y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, turnado al Senado para su ratificación, aprobándose por unanimidad en diciembre del mismo año. El 31 de Diciembre de 2008 se aprobó la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). El 01 de Enero de 2009 entra en vigor dicha LGCG, la cual es aplicable a los 3 órdenes de Gobierno, poderes y órganos autónomos, y como objetivo general es el de “la Armonización Contable y la Presentación de Información Financiera y Presupuestaria” Artículos Transitorios; la misma LGCG contempla artículos transitorios para que el proceso de Armonización Contable, sea pausado, modificando las leyes que tengan que cambiarse; los cuales van desde el 2009 hasta el 2012 para que el 01 de Enero de 2013 todos, pero todos, los Entes Públicos estén armonizados en su Contabilidad y presentación de su misma Información Financiera y Presupuestal. El 22 de Noviembre de 2011, se publicó en D.O.F. el Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL: Como una aplicación especializada de la Contabilidad, es la técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos, identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos así como el patrimonio, con el fin de general información financiera que facilite la toma de decisiones y sea un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos. QUE ES EL CONAC Y EL CEAC? El artículo 6 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental nos dice cuales serán las funciones del CONAC : “Artículo 6.- El consejo es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos”. Es obligatoria la aplicación de todas las normas y lineamientos que emita el CONAC, como nos lo manifiesta el artículo 7 de la misma Ley. “Artículo 7.- Los entes públicos adoptarán e implementarán, con carácter obligatorio, en el ámbito de sus respectivas competencias, las decisiones que tome el consejo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ley, dentro de los plazos que éste establezca.” La estructura de cómo se encuentra formado el CONAC la tenemos definida en el artículo 8: Artículo 8.- El consejo se integra por: I. El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el consejo; II. Los subsecretarios de Egresos, Ingresos y de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Hacienda; III. El Tesorero de la Federación; IV. El titular de la unidad administrativa de la Secretaría de Hacienda responsable de la coordinación con las entidades federativas; V. Un representante de la Secretaría de la Función Pública; VI. Cuatro gobernadores de las entidades federativas de los grupos a que se refiere el artículo 20, fracción III, de la Ley de Coordinación Fiscal, conforme a lo siguiente: a) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos uno y tres; b) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos dos y cuatro; c) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos cinco y siete; d) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos seis y ocho; VII. Dos representantes de los ayuntamientos de los municipios o de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal elegidos por los otros miembros del consejo, quienes deberán ser servidores públicos con atribuciones en materia de contabilidad gubernamental del ayuntamiento u órgano político-administrativo que corresponda, y VIII. Un secretario técnico, quien tendrá derecho a voz, pero no a voto. Los cuatro gobernadores de las entidades federativas, así como el representante de los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal durarán en su encargo 2 años. Los gobernadores ocuparán sus puestos en el consejo y serán sustituidos, en el orden alfabético de las entidades federativas que integren los respectivos grupos. Los miembros del consejo podrán ser suplidos por servidores públicos que ocupen el puesto inmediato inferior al del respectivo miembro. Los gobernadores podrán ser suplidos únicamente por los respectivos secretarios de finanzas o equivalentes. Dicho CONAC está facultado por la misma Ley General de Contabilidad Gubernamental para emitir TODO lo concerniente a la emisión de normas de Información Financiera, Presupuestal y Patrimonial a fin de lograr la tan llamada Armonización Contable. Es decir, todo lo que este consejo (CONAC) emita deberá ser aplicado por todos los entes públicos; al día de hoy son más de 20 documentos que ha emitido y 4 en proceso de auscultación (todavía no son definitivos, pueden los Entes Públicos sugerir modificaciones), dichos documentos se encuentran en la página web del CONAC. www.conac.gob.mx Si bien todos los documentos por este consejo emitidos son de manera general, se tienen que analizar las particularidades de cada Ente Público ya que habrá, lineamientos, acuerdos o hasta asientos contables que no le aplican a todos los entes públicos por la naturaleza de sus funciones. El artículo Décimo Séptimo Transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2011; da nacimiento a los Consejos Estatales de Armonización Contable (CEAC). “DÉCIMO SÉPTIMO. Las entidades federativas deberán establecer Consejos de Armonización Contable, en los que se incluyan a los municipios, órganos de fiscalización estatales y colegios de contadores, con el propósito de que coadyuven en el proceso de implementación de los acuerdos aprobados en el Consejo Nacional de Armonización Contable.” Es de tomarse muy en cuenta que dicha disposición dice "DEBERÁN", lo cual se convierte en una obligación para todas las entidades federativas, y cuál es el fin?, el juntarse los representantes de cada Ente Público a fin de estudiar sus particularidades y que del estudio de las mismas se vean los mecanismos para cumplir con todos los lineamientos emitidos por el CONAC y por ende con la LGCG. Al día de hoy ¿Cómo se encuentra la Federación en cuanto a creación de Consejos Estatales de Armonización Contable?. Al 04/11/11 se tienen 24 Consejos creados, En proceso de construcción 2, y 6 Entidades federativas sin consejo. Nayarit, se encuentra en la etapa de construcción. A echarle los kilos razaaa!!.. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com. Con la colaboración de la MDF. Claudia Ivette Soto Pineda.

22 de noviembre de 2011

QUIERES IR AL BAILE?… YO PAGO EL “COVER”

QUIERES IR AL BAILE?… YO PAGO EL “COVER” Ándale Pantaleón que por poco me da chorro…. Y eso porqué Sufricio?..... Aún siento el torsón suelto vale, sucede que me llegó una carta del Servicio de Administración Tributaria –SAT- donde me informan –dicen, avisan, chismean- que en determinados meses de 2009 tuve depósitos en efectivo en diferentes bancos y me dan –otorgan, proponen- dos opciones para pagar un importe de impuesto sobre la renta –ISR- a más tardar en marzo de 2012. ¿Qué debo hacer? ¿Pago en una sola exhibición? ¿Me amparo? ¿Pago en las seis parcialidades? ¿Qué es lo mejor Panta? Mira Sufricio, ante broncas fiscales, primero agarra la imagen de “San Ajustín”, porque de que te ajustan te ajustan… en primer lugar NO te alarmes, pero actúa de ya, rápidamente. Este programa del SAT está destinado a obtener recursos, lo que hicieron estos “baluartes de la recaudación” es tomar los reportes de depósitos en efectivo de todos los cuentahabientes y agrupar a todos aquellos que en primero no están inscritos, en segundo que esos ingresos rebasaron su tope de ingresos en base a la actividad que tiene registrada en el SAT, de estos sacaron 600,000 que ellos "presumen" están evadiendo el ISR, a estos les envían ya "Cartas Invitación" instructivas, por lo que a mi punto de vista debes hacer lo siguiente: 1.- Acercarte a tu contador de confianza, debe ser un profesional para que te oriente al respecto, cárgate un paquete de “klines” por si te hace llorar. 2.- Conjunta tu documentación de ese año 2009, estados de cuenta, escrituras, y a tu contador platícale de tus ingresos para identificar de donde provienen (pueden ser préstamos, remesas de familiares, venta de algún inmueble o maquinaria, premios o varios) en base a esto se determinará si se puede aclarar su origen y la exención del pago, o aclarar que dichos ingresos si pagaron este y otros impuestos que le correspondían. 3.- Tomar el asunto con seriedad y atenderlo en forma inmediata, porque esos 600,000 estarán conscientes que deben acercarse a Hacienda, así que las citas y las oficinas estarán a tope entre mas pase el tiempo. 4.- Si decides no hacer caso a la invitación, tienen programadas ya 160,000 auditorias, esto generaría gastos de ejecución, accesorios, multas y recargos, además de los impuestos que haya que pagar por eso es de suma importancia valorarlo con un profesional. 5.- Si lo tomas a la ligera y pagas exactamente lo que te dicen, esto traería también consecuencias, porque solo es un impuesto (ISR) y estarías asumiendo que es correcto por lo que podrían enviarte otras invitaciones para pagos de otros impuestos por el mismo periodo (IVA, IEPS, revisión de IETU, etc.). 6.- De una vez, evalúa el 2010 pues van a seguir con el mismo esquema a partir del primer trimestre del 2012. 7.- Si en verdad consideras que es cierto que tuviste ingresos sin pago de ISR, acéptalo... "ya te cayó el chauistle"… aquí te están dando la opción de pagar sin multas (que son altísimas), así que el mejor consejo de tu contador será, presenta tu declaración anual 2009, cuando haga el comparativo de lo que están “pepenando” en la invitación y su cálculo veras una clara disminución. En Nayarit podemos, si podemos!!…

15 de noviembre de 2011

COMO VE FITCH RATINGS A TEPIC


COMO VE FITCH RATINGS A TEPIC
A dos meses de entrar la administración de Héctor González Curiel, todo mundo pensó que el camino era sobre un riel, y que la administración sería un edén y oohhh desilusión, encuentran que no es sobre un riel sino sobre un empedrado, y hoy las finanzas municipales son un rehén de las bases sindicales y de las malas decisiones de trienios muy anteriores y actuales…., un sindicalismo que a raudales procura que crezcan sus conquistas laborales sin importar la mejora del recurso humano, sin procurar el cambio de la actitud de cumplir sus responsabilidad –existen muchos responsables y chambeadores, les conozco-, estoy de acuerdo que trabajen 8 horas pero por favor, que no sean las mismas horas en las que duermen… y ante cualquier resquicio de falta de pago invoca el sindicato a un paro de labores, afectando con ello a la población de la que se sirven... perdón… a la que sirven. Pero... cuando inició la rebaja en la calificación? Quien es el responsable? Bien… a ver si damos con esa persona o descubrimos la circunstancia que detonó esta degradación financiera.
Acorde a estudios –interpretaciones- de la calificadora Fitch Ratings (FR) en octubre de 2010 disminuyó la perspectiva crediticia –ojo… capacidad de contratar crédito- de BBB(mex) a BBB-(mex) y el pasado 28 de octubre de este 2011, resuelve disminuir a BB(mex), en términos llanos, las finanzas municipales se han degradado en su calidad para contratar deuda. Cada día pesa menos para que le den crédito.
CALIFICACIONES DE FITCH RATINGS DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT
(ÚLTIMOS 6 REPORTES EMITIDOS)
FECHA DE EMISIÓN DE LA CALIFICACIÓN
03-ene-06
15-mar-07
29-jul-08
21-oct-09
08-oct-10
28-oct-11
GRADO DE CALIFICACIÓN
BBB(mex)
BBB(mex)
BBB(mex)
BBB(mex)
BBB-(mex)
BB(mex)
AÑO AL QUE REFIEREN
2004
2006
2007
2008
2009
2010
INGRESOS TOTALES (mdp) millones de pesos
570.6
612.3
695.6
849.9
906.8
960.4
RECAUDACIÓN INGRESOS PROPIOS (mdp)
143.3
100.42
111.3
138.5
131.5
132.5
PROPORCIÓN IP ENTRE IT
25.1%
16.4%
16.0%
16.3%
14.5%
13.8%
MEDIANA NACIONAL DE PROPORCIÓN IP/IT
32.8%
33.5%
32.8%
34.9%
29.4%
28.5%
FECHA DEL IMPORTE DE LA DEUDA
30-sep-05
31-dic-06
30-jun-08
30-jun-09
31-jul-10
30-sep-11
DEUDA DIRECTA -CRÉDITOS- (mdp)
29.4
34.2
45.9
127.7
96.2
211.2
DEUDA A CORTO PLAZO
N/D
N/D
N/D
N/D
133.5
126.0
PASIVOS NO BANCARIOS
29.4
93.5
41.2
26.4
122.2
N/D
GASTO OPERACIONAL
869.1
PERSONAL ACTIVO
3603
N/D
3742
2950
3061
2812
JUBILADOS Y PENSIONADOS
210
N/D
246
277
288
272
GRADO DE MARGINACIÓN (165 MUNICIPIOS DE MAS DE 100 MIL HABITANTES) CONAPO
49
52
52
52
52
52
Como se observa en la tabla de concentración de datos analizando las últimas 6 opiniones de la calificadora FR, a partir del 2006 inicia un declive en los porcentajes de recaudación de ingresos propios (IP) entre los ingresos totales (IT), en 2004 el porcentaje era de 25.1% (143.3 mdp) y en 2010 un magro 13.8% (132.5 mdp) respecto a la media nacional que era de 28.5%. Y es claro deducir que se ha privilegiado el aspecto político antes que la “salud” de las finanzas, no habiendo reforzado acciones de incrementar ingresos (recordemos que se tienen 6 SEIS años sin modificar el precio del agua y otros conceptos).
El monto de la deuda, señala FR al 30 de septiembre de 2011 es un total de $337.2 mdp. FR señala que en egresos, en el período 2006-2010 se han incrementado las erogaciones relacionadas con el capítulo de servicios personales y en los programas de apoyo social a cargo de Tepic. En consecuencia, el gasto operacional (gasto corriente más transferencias no etiquetadas) sumó $869.1 mdp, nivel que representa el 115.2% de los ingresos disponibles (la media nacional es de 88.7%). En este rubro, observo una incongruencia en los datos manejados por la calificadora, en el personal activo señala que de 2009 a 2010 hubo una disminución e igual en los jubilados; lo que es cuestionable. Debería de cuidar este aspecto importante en su evaluación de erogaciones.
Con ello deduzco que “la mala administración” proviene no de 2009, no de 2007, si no desde del año 2005 y algunos puntos desde 2003, con el incumplimiento de obligaciones fiscales, como retenedor impuestos y que estos acumulados, han reventado desde 2009 con la exigencia de cobro por parte del FONACOT, Patronato de la UAN, CONAGUA, CFE, SAT y sobre todo el IMSS, que en este 2011 han castigado las participaciones a los municipios con adeudos fiscales generados por las administraciones de 2006 a la actual… del 22 de agosto de 2011 a la fecha, el IMSS ha aplicado cobros cercanos a los $40 mdp a municipios vs las participaciones mensuales, Gobierno del Estado ha entrado al quite financiando a 6 meses dicho monto. Tonces pues!! A quien nalgueamos? Los formamos a todos?... aquellos que fungieron en 2006 serían los de primera fila. Por estar pagando lo atrasado no hay dinero que alcance.
Recordemos, no hay magos sólo ilusionistas, los recursos disponibles son predecibles pero los pasivos son demasiados para los precarios presupuestos asignados; aunados a la voracidad desmedida e irresponsabilidad de los Sindicatos, SI, el SUTSEM y el SITEM –ya son dos, y se rumora un tercero-, que no asumen responsabilidad alguna acorde a la situación económica ni contribuyen en su responsabilidad directa de apreciar y mejorar la actitud productiva y de movilidad de sus agremiados, delegando tal responsabilidad en el patrón, hoy vemos en Tepic, a un sin número de empleados aglomerados sin saber qué hacer, una puerta que cuidan hasta 4 porteros, un escritorio compartido –sin dueño-, una impresora sin tinta, un camión sin llantas, sin motor ni alternador, un edificio sin luz, calles con pozos, ratas -4 patas- bien gordas por tanta basura en las calles, ciudadanos nada cooperativos, al contrario, apáticos en su mayoría. Quién es el culpable de que Tepic esté así? Hoy es lo de menos saberlo, de todos modos nada se haría, somos expertos en criticar, en lavarnos las manos, una autoridad exigüa, un sindicato irresponsable –voraz e inadaptado a los tiempos de recursos escasos-, un congreso observador y romántico; ciudadanos impávidos e inertes, pero lo más lamentable, estamos haciendo igual las cosas, no hay rendición de cuentas, igual porque la paga –aunque a destiempo- es segura y eso provoca “comodidad y aletargamiento” que impide redoblar el esfuerzo. La confrontación no tiene partida asignada en el presupuesto de egresos y esa partida es la de mayor precio. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.

INICIA LA PESCA DEL DORADO CONTRIBUYENTE

INICIA LA PESCA DEL DORADO CONTRIBUYENTE

Tienes cuenta bancaria y no estás dado de alta como contribuyente? Depositas en forma constante tus “tepalcates” de forma notoria en cantidad y tiempo? Bueno, entonces debes leer esto…. Porque el SAT te anda rondando y no es que sea romántico, no… sino que está deduciendo que no pagas impuestos, o de otra manera, estás ganando mucho y estás de manera informal, coloquialmente, “te estás haciendo pato” en contribuir para sostener a la parvada de privilegiados del presupuesto federal y estatal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está facultada para considerar los datos que recibe de las instituciones bancarias para dar de alta ante el registro federal de contribuyentes (RFC) aun sin generarle obligaciones fiscales periódicas como son los pagos provisionales o declaraciones anuales, pero si podrían hacer llegar una invitación para que te des de alta, o bien para aclarar en qué régimen te encuentras.

Para los efectos de los artículos 32-B, fracción V del Código Fiscal de la Federación –CFF- y 59, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta –ISR- las instituciones del sistema financiero podrán proporcionar información al SAT para verificar que el nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del RFC de sus cuentahabientes, corresponden a los que el SAT tiene registrados en sus bases de datos.

La regla de Resolución Miscelánea Fiscal II.2.10.4. nos indica que “Con base en la información obtenida del procedimiento a que se refiere la regla II.2.10.1 y para los efectos del artículo 27, último párrafo del CFF, en caso de que los cuentahabientes no tengan clave del RFC, el SAT podrá llevar a cabo su inscripción en el citado registro, en caso de contar con los datos suficientes para realizar dicha inscripción y como una facilidad administrativa para aquéllos” –no me ayudes compadre, así estoy bien!!-.

La inscripción al RFC que se realice en los términos del párrafo anterior, se efectuará sin la asignación de obligaciones periódicas o de un régimen específico para los contribuyentes, mismos que en cualquier momento podrán acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente a actualizar su situación y características fiscales cuando se ubiquen en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 25 del Reglamento del CFF.

Cuando exista discrepancia entre la clave del RFC proporcionada por las instituciones del sistema financiero y la registrada ante el SAT, dicho órgano desconcentrado informará esta situación al contribuyente, a fin de que se acerque con las instituciones del sistema financiero correspondientes y actualice su situación, proporcionando la información y documentación que le requieran dichas instituciones de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30-A, sexto párrafo del CFF.

La verificación de las claves del RFC se realizará conforme a los datos y procedimientos descritos en las especificaciones técnicas y el calendario para su verificación, publicados en la página de Internet del SAT.

En Nayarit podemos, si podemos!!… Colaboración de http://contadormx.com / http://certezafinanciera.blogspot.com.

3 de noviembre de 2011

EL ASPECTO FISCAL DESPUÉS DE FALLECER

EL ASPECTO FISCAL DESPUÉS DE FALLECER

Qué pasa con las obligaciones fiscales de un pariente que era contribuyente; por su muerte se libera de declaraciones y pago de contribuciones? Cómo se da de baja ante el Registro Federal de Contribuyentes cancelando su RFC?.

Qué pasa sí?… Falleció mi familiar con créditos pendientes de pago!?

Mito: Cuando fallece el deudor sus adeudos se cancelan! Existe la falsa creencia de que cuando un contribuyente que tenía adeudos con el SAT fallece, automáticamente dichos adeudos son cancelados, pero la realidad es otra.

Realidad: Los adeudos no se cancelan por el fallecimiento del deudor! Cuando un contribuyente fallece, el SAT continúa con el proceso de cobro a fin de hacerlo efectivo, a través de sus bienes o cuentas bancarias.

Cuándo debe cancelarse el RFC de una persona física? Cuando una persona física, estando inscrita en el RFC fallece, debe solicitarse la cancelación de su RFC.

Cuál es el procedimiento para cancelar el RFC de una persona que falleció?

Cuando la persona que falleció se encuentra inscrita en el RFC como arrendadora de bienes inmuebles o por actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o de autotransporte), el representante legal de la sucesión (albacea) debe realizar el siguiente procedimiento:

1. Presentar el Aviso de apertura de sucesión dentro del mes siguiente al día en que acepte el cargo de albacea.

Este aviso se presenta a través de la forma fiscal RX (Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, por duplicado). El aviso debe estar firmado por el representante legal de la sucesión (albacea) y presentarse, con una cita, ante el SAT, acompañando:

Copia certificada y copia del acta de defunción expedida por el Registro Civil.

Copia certificada del documento en el cual el representante de la sucesión acepta el cargo de albacea.

Original y copia de la identificación oficial del representante de la sucesión (albacea) o, en su caso, del representante legal del albacea, con fotografía y firma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.

En caso de que haya representante legal del albacea: copia certificada y copia del poder notarial, o carta poder ante dos testigos con firmas ratificadas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.

En caso de albaceas residentes en el extranjero o extranjeros residentes en México: copia certificada y copia del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales.

A partir de que se presente el Aviso de apertura de sucesión, el representante legal o albacea debe cumplir con las obligaciones fiscales de la sucesión hasta que ésta se liquide o finalice al presentar el Aviso de cancelación al RFC por liquidación de la sucesión.

2. Una vez asignados o adjudicados los bienes a los herederos, el representante legal de la sucesión (albacea) o, en su caso, del representante legal del albacea, debe presentar el Aviso de cancelación al RFC por liquidación de la sucesión en el siguiente mes al que haya finalizado la liquidación de la sucesión utilizando la forma fiscal ya mencionada firmada por el representante legal ante el SAT.

Original y copia de cualquier identificación oficial vigente del representante de la sucesión (albacea) o, en su caso, del representante legal del albacea, con fotografía y firma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.

Copia certificada y copia del documento que acredite la liquidación de la sucesión.

En caso de que haya representante legal del albacea, copia certificada y copia del poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.

Cómo se cancela el RFC cuando la persona que falleció era un prestador de servicios personales independientes (honorarios) o un prestador de servicios personales subordinados (salarios)?

Cuando la persona física que falleció se encuentra inscrita en el RFC por servicios personales independientes (honorarios) o por servicios personales subordinados (salarios), se presenta el Aviso antes referido con una cita, por familiares, herederos, albacea o cualquier tercero interesado, ante el SAT, dentro del mes siguiente al fallecimiento del contribuyente, acompañando copia certificada y copia del acta de defunción expedida por el

Registro Civil. Los documentos originales, así como las copias certificadas son sólo para cotejo, por lo que le serán devueltos al interesado. En Nayarit podemos, si podemos!!… Colaboración de http://contadormx.com / http://certezafinanciera.blogspot.com.

2 de noviembre de 2011

EL PANTEÓN FACEBOOKERO Y TWITTERO (AUTOR: C.P.C. FELIPE ORTIZ B)

EL PANTEÓN FACEBOOKERO Y TWITTERO (AUTOR: C.P.C. FELIPE ORTIZ B)

El panteón Facebookero y Twittero
Adornado de plantas y floreros
Es moderno, cómodo, reluciente
Con senderos bañados de repelente
Con fresco olor a huesos
Gorditas, garnachas y tacos con queso
Tamales, sushi y pizzas con aderezo.
En sus muros se escriben lamentos
Untados con pócimas y ungüentos.
Recuerdo de ex novios y quereres
Amantes, pero más de amores fuertes.
Sonrisas, corajes, envidias y llantos
Es este camposanto de penas
Con pasillos rebosantes de ofrendas
Espíritus, almas y fantasmas sin mantos.
Tumbas rodeadas de cristales ahumados
Lleno de esqueletos trabajados
En el GyM que se encuentra a un lado
De abogados de buen diente y eminentes
De contadores públicos creativos
Y de los panteones fiscales nativos
De diseñadoras, arquitectas y maestras
Atractivas, buenotas con bastantes fotos de muestra
Adoradoras de las ventas nocturnas
Para cuidar su estima y sus contoneadas curvas.
Hoy el facebook y twitter está lleno de altares
Profesionistas, estudiantes y un chingo de avatares
Gordos, pelones, robustos y flacos
Comen ceviche, carnitas y tacos como cosacos
Todos exhiben a diario pleitos y tenebras
Sin saber que ya habitan las tinieblas
En las redes sociales sobran periodistas
La parca tiene varias listas
Voceros, chismosos y alebrestados
Pidiendo de ofrenda “chayotes” bien amados.
En él deambulan rezando con ansia
Entre la neblina y fragancias
Greñudas y gráciles calaveras
Se oye el crujir de sus rodillas y caderas
De piernas y rostros depilados
Cuando suben y bajan hastiados
Senderos y empinadas escaleras
El contoneo de las damas huesudas
Que lucen rus raídas bermudas
Se observan al caminar sobre el frío piso
De tétrica talavera.

1 de noviembre de 2011

DÍA MUNDIAL DEL AHORRO

DÍA MUNDIAL DEL AHORRO

Hoy 31 de Octubre es la tradicional celebración del “Día Mundial del Ahorro”, que se celebra desde 1924, con el objetivo de resaltar el tomar una conciencia por el ahorro y planificar en forma responsable las finanzas personales. Ahorrar debe ser un ejercicio consistente, y como tal, se debe practicar de manera consciente y disciplinada de acuerdo con las metas personales que se tengan. Igualmente, en caso de situaciones inesperadas como problemas de salud, desempleo o la pérdida de un ser querido es importante contar con un patrimonio para protegerse y tener un respaldo financiero.

Concretamente, dejo unas recomendaciones para fortalecer la planeación de sus finanzas:

1. Arma un presupuesto y ajústate a él.

Ponte metas de ahorro; la disciplina y el control tendrán una recompensa. En verdad gastas en lo necesario? O te gana la emoción de estar a la moda y te vale tu presupuesto?.

2. Reconoce la diferencia entre querer y necesitar

Evita compras por impulso al tener claro lo que realmente necesitas.

3. Págate a ti mismo el 10% de tus ingresos

En vez de comprar cosas y luego ver si tienes dinero para ahorrar, guarda tu dinero antes de usarlo.

4. Arma un fondo para emergencias

Debes tener al menos lo suficiente para cubrir de 3 a 6 meses del dinero que requieres para vivir.

5. La Regla de las 48 horas

Si ves algo en una tienda, espera 48 horas antes de comprarlo, eso te permitirá meditar qué tanto realmente lo necesitas.

6. Los listos tienen listas

Haz una lista de las actividades en las que gastas semanalmente ordenándolas de las que más te cuestan a las que menos. Asegúrate si las que cuestan más, las puedes canjear por otras que cuesten menos.

7. Usa el interés compuesto para crecer tu patrimonio

La tasa de interés es el porcentaje de tu capital que el banco acuerda pagar a tu cuenta. Con el interés compuesto los intereses se suman a tu cuenta y se convierten en parte de tu capital. Con un capital más grande, ganas aún más intereses, los cuales se suman nuevamente al nuevo capital.

8. La Regla del 72

¿Quieres saber que tan rápido se duplicará tu dinero con el interés compuesto? Divide 72 entre la tasa de interés y tendrás el número de años necesarios para duplicar tu dinero.

9. La regla del “20-10”:

Limita tus deudas a menos del 20% de tu ingreso anual y asegúrate que menos del 10% de tu ingreso mensual se destine al pago de la misma.

10. Comparte las responsabilidades

El que las finanzas familiares estén saludables es responsabilidad de todos los miembros de la familia, establezcan objetivos financieros comunes y divídanse las tareas para alcanzarlos.

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