29 de mayo de 2012

¿DAR DE ALTA EN IMSS A PROFESORES? –CRITERIOS DE AFILIACIÓN-


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT
¿DAR DE ALTA EN IMSS A PROFESORES? –CRITERIOS DE AFILIACIÓN-
Hoy en día, las escuelas particulares tienen broncas a la hora de incorporar como trabajadores docentes a profesionistas, muchas veces se ha hablado, y se tiene una larga historia a lo largo de los profesores y de su aseguramiento al Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS), primero se dijo que eran 18 horas, después 9 y por último se ha mencionado un sin fin de criterios hasta casi volverse casi "leyenda urbana” pero la realidad es que para estos casos el IMSS a través de su Consejo Técnico (CT) se pronunció con el Acuerdo HCT-311007/453 donde “tomó nota”, esto es, le dio validez a los “Criterios para considerar sujetos de incorporación al Régimen Obligatorio del Seguro Social, a los profesores de asignatura clase” mismo que por medio de la circular 095217900/227 fue divulgado en la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior el día 14 de Marzo de 2008.
Dentro de esos “Criterios” se estipula que todos los profesores sean de las carreras, materias, horas o clases que impartan independientemente que sean contratados por jornadas completas, media jornada o por hora clase (asignatura) totalmente y sin discusión alguna son SUJETOS de ASEGURAMIENTO del ROSS, así las Instituciones Privadas tienen que afiliarlos, sin embargo de lo anterior el Instituto ha creado el concepto “profesores de asignatura” mismos que en este Acuerdo el CT IMSS permite que no sean considerados sujetos de aseguramiento, considerando lo siguiente: 
CRITERIOS PARA NO AFILIAR AL IMSS A LOS PROFESORES:
1) Que la institución educativa y el profesor tengan celebrado un contrato de prestación de servicios profesionales , en la forma y términos previstos por la legislación civil y que este contrato no impida al profesor impartir cátedra en otras instituciones.
2) Que el profesor le traslade el IVA a la institución en forma expresa y por separado causado por los servicios prestados salvo que dicha remuneración sea por términos del artículo 110 Fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
3) Que la docencia no sea la actividad preponderante del profesor, esto se da cuando el total de sus ingresos fiscales en un año son más de un 50% y sea por este concepto.
4) Que el profesor no se encuentre en la nómina ni se reciban prestaciones similares a las del personal de las instituciones, ejemplo, aguinaldo, Horas Extras, Participación de los Trabajadores en las Utilidades, etc.

Las instituciones educativas conservarán los siguientes documentos base al Código Fiscal de la Federación –CFF.:
1) Contratos de prestaciones de servicios profesionales con los profesores.
2) Copias fehacientes de las retenciones fiscales del ejercicio fiscal.
3) Copias fehacientes de las constancias de retenciones.
4) Registros de Control académico del número de horas clase impartidas en el periodo lectivo.
5) Los recibos de honorarios expedidos por la prestación de servicios profesionales deben tener los requisitos del artículo 29 y 29-A, en caso de honorarios asimilados la escuela deberá recabar escrito donde el profesor comunique que ha optado por pagar ISR conforme al Capítulo I del Titulo IV de LISR
6) Registros contables-administrativos que conste que no se le hayan pagado prestaciones adicionales (aguinaldo, vacaciones, etc.)

Como se observa, las exigencias para dar cumplimiento a esta normatividad requieren de mucha precisión en armar el expediente laboral y fiscal de cada profesor…. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com. Con la colaboración de Gabriel Aranda Zamacona -www.elnidodelseguro.com.mx-. 

25 de mayo de 2012

EL ORGULLO DE SER CONTADOR PÚBLICO -25 DE MAYO-


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT

EL ORGULLO DE SER CONTADOR PÚBLICO -25 DE MAYO-
Un día como hoy de 1907, Fernando Diez Barroso, fue el primer contador que recibió su título, hoy a 105 años de ese hecho, quiero preguntarte estimado lector, ya felicitaste a un contador público amigo, pariente, conocido? Si no lo has hecho, adicionalmente obséquiale esta reflexión, y tengo la seguridad que te lo agradecerá, pues estamos en vías de revalorizar nuestra carrera y aquí algunos aspectos a considerar:
1. DEL CACARAQUEO –MARKETING-
En el ejercicio de la profesión, indudablemente existe escasa labor de mercadeo de este servicio por parte de nosotros, muchas veces se desestima el poder del Marketing como herramienta fundamental para la consecución de clientes en un mundo cada vez más competitivo. Claro, es menester considerar el Código de Ética al momento de publicitar servicios contables y de auditoría.
2. DE PRECIOS Y TARIFAS… 
Cómo cotizar el valor del servicio? La diferenciación de precios ante un mismo servicio, es porque se carece de análisis empíricos sobre los costos de “proceso” del servicio según el sector económico y el tamaño de las compañías que contratan. Se ha dejado a las condiciones del mercado y a los precios establecidos por la libre oferta y la demanda. Ello causa un “canibalismo” en la competencia, y se observa una tendencia a la baja de las tarifas por la falta de conocimiento de saber dar el precio, llegando a realizar propuestas fuera de proporción a la responsabilidad que entraña el ejercicio de nuestra profesión.
3. CLIENTES O ENEMIGOS?
Como la necesidad de llevar frijolitos a casa manda, y entre los objetivos es generar ingresos, muchas ocasiones descuidamos a quien nos contrata… quien es el cliente?  Que antecedentes de orden legal, administrativo, financiero y empresarial tiene el futuro cliente? A quedado mal con colegas con anterioridad? Eso no lo sabemos, y tampoco se realizan indagaciones en el medio empresarial, en cámaras, en instituciones financieras, en gobierno, aplicamos la política de “vénganos tu reino y hágase tu voluntad de cliente”. Una buena medida preventiva es solicitar referencias de colegas, echarle un “oclayo” a la integridad de quien encabeza la gerencia, darle un repaso a los Estados Financieros y dictámenes para efectos fiscales de colegas anteriores, e indagar porque carambas se cambia de asesor o de prestador de servicios. Establecer que a la hora del pago vamos primero en la lista y no después de los proveedores.
4. CALIDAD O AL AI´SE VA?
Es común, que la firma o el contador público no sea al menos cuidadoso de prestar los servicios dentro de un estándar de calidad que le asegure al cliente el cumplimiento de sus expectativas. Evitar el prometes y prometes y nada!! Es fundamental. Quieren calidad en la información exige calidad en su administración.
5. ACTUALIZACIÓN Y PREPARACIÓN CONTINUA
El Contador Público es uno de los profesionistas con mayor exigencia de capacitarse, dado el cambiante ámbito normativo de leyes, reglamentos y “parches” por parte del SAT, IMSS, INFONAVIT, y la alta exigencia del empresariado hacia el C.P., que lo vuelve un “todólogo” en regiones como Nayarit. No todos se someten a un rígido programa de capacitación y educación continua… todo depende del empeño individual por mantenerse a la vanguardia y a la oferta atractiva de cursos, seminarios, diplomados con el fin de dar un “plus” a los servicios que se prestan en contabilidad empresarial y gubernamental, asesoría fiscal, auditoría.
6. DEFENSA LEGAL Y DISCIPLINARIA
Cuantos colegas C.P., no se han visto envueltos en demandas y procesos disciplinarios, algunos pagando condenas de pérdida de libertad? Ahí la importancia de establecer límites en la prestación de servicios a través de contratos adecuados, que establezca la responsabilidad mutua… “no pagas no hay responsabilidad”, pero con el afán de mantener al cliente, en la mayoría de las ocasiones se difiere el cobro de la contraprestación con el demérito del interés en dar el servicio, en detrimento de la calidad de la asesoría y por consiguiente, con un incremento en el riesgo de que la autoridad “caiga” en revisiones, que el empresario adjudica la responsabilidad a “su” contador. Ahí la importancia de tener al alcance un buen defensor de nuestro oficio.
7. SOLIDARIDAD GREMIAL. NO SOY YO ERES TÚ!
Falta de solidaridad en el gremio, se debe a que la mayoría no tienen el interés de afiliarse a un Colegio, y por ello se exponen a diversos tópicos de injusticias, sanciones y decisiones arbitrarias de “clientes” al cesar la relación profesional sin dar explicación alguna ante una petición de aumento de honorarios. “Al cabo hay otros contadores que necesitan la chamba y cobran menos, argumentan”; dejando una “pus” económica de montos adeudados por servicios devengados, y sin visos de poder recuperar algún día esas cantidades.
8. IDENTIDAD CON LA PROFESIÓN
“Presumir” con dignidad nuestra calidad y manifestar con orgullo la historia del CONTADOR PÚBLICO, este 25 de mayo de 2012, en lo personal, me siento sumamente orgulloso de ser CONTADOR PÚBLICO, y si volviese a tener que decidir serlo lo volvería a ser y felicito a mis colegas por el hecho de serlo, y por simplemente ser colega, siempre me atrevo a hablarles de tú, sin distingo de posición económica y de poder político. Felicidades a esta maravillosa CONTADURÍA PÚBLICA, una profesión que tomará altos vuelos en la sociedad en México. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com.

23 de mayo de 2012

TARJETAS DE CRÉDITO ¿ERES TOTALERO? CUANTO PAGAS DE COMISIÓN?


TARJETAS DE CRÉDITO ¿ERES TOTALERO? CUANTO PAGAS DE COMISIÓN?
Recientemente el Banco de México, adujo que los mexicanos cada vez compran más a meses sin intereses y también ha aumentado el número de personas que saldan sus cuentas a finales de mes. Sin embargo, la tenencia de tarjetas de crédito contiene un elemento básico en el costo –con sus excepciones-; hoy las comisiones representan un ingreso importante en los ingresos de las instituciones financieras en México, pero tratemos la comisión por anualidad…. Esa que con el paso del tiempo la uses o no la uses la tienes que pagar.
La anualidad de las tarjetas de crédito es tan sólo una de las tantas comisiones que debemos pagar a las instituciones bancarias por ser susceptibles de financiamiento. Con el objetivo de atraer más clientes, algunos bancos eliminaron ese requisito, sin embargo, la mayoría lo mantiene dentro de su esquema de comisiones.
Se conoce como cliente “totalero” al que paga todo el saldo de crédito cada mes y como “no totalero” al que no lo hace así.
¿Cuál banco cobró la mayor anualidad en 2011? ¿Cuál se enchilaquiló el incremento más alto? Al comparar, el Banco de México (con base en la información de las propias instituciones) divide las tarjetas de crédito en 3 rubros: clásica, oro y platino.

La comisión anual promedio de las tarjetas clásicas (que representaron 77% de los plásticos en circulación) aumentó 1.9% en términos reales –es decir, considerando la inflación- en 2011. La oferta en ese segmento está a cargo de 19 bancos con 93 productos. Entre los que no cobran comisión anual destacan BanCoppel Clásica y Clásica Inbursa.

Banamex registró la anualidad más alta al término del año pasado, con 517 pesos. Le siguieron Scotiabank, con 502 pesos; Banco Afirme, con 500 pesos; y Banco Invex, con 495 pesos. Ahora bien, Banco Afirme fue la institución que aumentó más el cobro, al registrar un crecimiento real de 37.6 por ciento. Banco Wal-Mart también destacó con un incremento de 30 por ciento. A continuación se ubicaron BBVA Bancomer y Banco Invex, con 6.4 y 6.2%, respectivamente.

La comisión anual de los plásticos tipo oro aumentó en promedio 2.1 por ciento. American Express tuvo el costo más alto: 1,137 pesos. Le siguen Banamex (972 pesos) y BBVA Bancomer (800 pesos). Banco Afirme y American Express registraron el mayor incremento, con 39.1 y 35.7%, respectivamente.

La anualidad promedio de las tarjetas platino aumentó 9.5 por ciento. Banamex mostró el cobro más elevado, con 2,877 pesos, seguido de Banco Afirme (2,744 pesos) y Scotiabank (2,248 pesos). Banco Invex se anotó el mayor crecimiento anual del segmento. En el 2011 la comisión se incrementó 21.1%, seguido de Santander, con 17.8%; y Banamex, con 12.6 por ciento.

Durante el año 2011, el número de usuarios de tarjetas de crédito registró un incrmento del 9% respecto al año 2010, y se llegó a la cifra de 14 millones 490 mil tenedores al final del 2011.

El Banco de México sólo considera los plásticos de aceptación generalizada para personas físicas que se encontraron al corriente en sus pagos en el periodo. Del total de tarjetas, 25.6% no causó intereses debido a que se otorgó a través de promociones a tasa cero o a clientes totaleros (repito, aquellos que cubren su saldo completo a la fecha de pago correspondiente), 20.7% se concedió a tasas de interés preferenciales y 53.6% se otorgó a tasas de interés sin promociones. Y tú sabes cuanto es tu comisión de anualidad?, casi te lo puedo asegurar que no la conoces. Busca la mejor opción. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com. Con la colaboración de ContadorMX.

16 de mayo de 2012

A ELIMINAR CONTRIBUCIONES


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT
A ELIMINAR CONTRIBUCIONES
A nadie le gusta pagar impuestos, en razón de que los recursos recaudados, no son aplicados como debieran ser, el aliento a inclinar la voluntad de cubrirlos o pagarlos es enclenque, por decenas de años –centenas no puedo decirlo porque tengo menos de 100 años-, han existido contribuciones “ocultas” que no generan empleos, que no son productivos, sino que se atesoran ya sea en bienes inmuebles personales, flujos de efectivo que al rato los vemos en negocios prósperos de la noche a la mañana y que cumplen la normatividad impuesta para ser indetectables. La corrupción (del latín corruptĭo, corruptiōnis; a su vez del prefijo de intensidad com- y rumpere, romper) se puede entender cualquiera de los siguientes conceptos: Como abuso de poder o mala conducta o como degradación de algo.
Me han cuestionado… Oye Lipe, en tu experiencia, es factible eliminar la corrupción? Y le contesto, la pura neta de aquí hasta que muera no, pero soy optimista de que se puede reducir considerablemente, erradicarla al 100% no, porque mitad es responsable el funcionario y la otra mitad es responsabilidad de quien accede. Y como es mucha la necesidad de trabajo, el que la otorga siempre acudirá a considerar esa dádiva para facilitar su empoderamiento…. Y eso cada día es mas notorio, las nuevas generaciones están mas duchos para repartir los “beneficios”, y la ambición se acrecienta y el pastel se reduce. El que no tranza no avanza es un símbolo del progreso moderno, es la oportunidad de tener una estatua al éxito, y una sombra de la conciencia moralista y ética.
Es por ello, digo, que en cuestiones financieras es necesario en el país de la Utopías, eliminar el Impuesto de la Simulación, el Impuesto de la Impunidad, el Impuesto de la Autocomplacencia,-enraizados en la Ley de la Costumbre no de Ingresos- los tres impuestos más costosos en Nayarit y México ya reconocidos; es necesario erradicar, disminuir el tributo Diezmo al empresario (cuchupo, propina, obsequio, regalo, presente, donativo, óbolo, limosna), es un cáncer que ya no existe como diezmo, ahora es 12, 15 hasta el 20%, con catálogo en mano, como si fuera venta de zapatos o ropa, un cáncer que no está a la vista, muy difícil de detectar, pero existe… se sabe cómo se da, en donde, con quien, pero se prefiere la obra encarecida con material barato –de ínfima calidad-, se prefiere rendir pleitesía al funcionario receptor de la dádiva a denunciarlo, porque? Por temor a quedar inerte, se prefiere sufrir para encubrir ese hueco financiero que lastiman los flujos de efectivo del negocio, aun cuando se sabe que es más profundo por los precios que se castigan para hacerse de la obra, incluyendo el sobreprecio en la factura, sin olvidar que esa “renta” conlleva un costo fiscal adicional de un 46%  (30% ISR y 16% IVA). Se castigan los recursos públicos porque se cotizan a precios muy por encima del mercado, para no vulnerar la utilidad del licitante y el “dividendo” libre de impuestos para el que licita. Es esencial la participación ciudadana en los procesos de licitación y adjudicación de servicios contratados, de obras, y de compra de bienes desde el inicio hasta el final del proceso, similar a los Pactos de Integridad que maneja Transparencia Mexicana. Qué hacer entonces? Resumiendo:
1. Reformar el Código Fiscal del Estado que data del 1 de enero de 1977 (hace 35 años).
2. Involucrar a asociaciones, ciudadanos, empresarios en los procesos de licitaciones en los tres niveles estatal, paraestatal y municipal.
3. Facultar al órgano de fiscalización superior para que en cualquier tiempo revise y verifique la declaración patrimonial de involucrados en las licitaciones públicas con compulsas a los adjudicados. Claro, apegado a la normatividad federal en materia de rendición de cuentas.
Hasta aquí mi reflexión, en Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com.


14 de mayo de 2012

EL AUSENTE EN EL INFONAVIT

EL AUSENTE EN EL INFONAVIT
En la contabilidad, nadie sabe lo que tiene hasta que… lo ve Auditoría Fiscal….

En México 38% de los empleados se reportan enfermos a su trabajo cuando en realidad no lo están, lo que genera un aumento en los costos indirectos por ausentismo; en el rango de 18 a 24 años se denota un 51% de frecuencia; de 45 a 64 años están en un 20%. A nivel mundial China tiene una frecuencia de un 71% y Francia con la menor frecuencia de ausencias con un 16%, -encuesta de Kronos Incorporated-.

Con relación a esta temática de ausentismo, el INFONAVIT, el pasado 10 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos, y en la semana anterior a los patrones entregó un aviso donde dice que “con base en el artículo 47 del reglamento, las retenciones correspondientes a créditos en Tasa Fija o en Pesos, deberán ser realizadas sin considerar reducciones proporcionales por efecto de incapacidad y ausentismo del trabajador”.

Y que esto aplica a partir del tercer bimestre de 2012 (mayo-junio) que vence el 17 de julio y esperemos la versión 3.3.4 del SUA –sistema único de autodeterminación-… otra modificación? Con ello, el sistema ya no realizará el cálculo automático de reducción de amortización por efectos de ausentismo e incapacidad, el objetivo de esta medida es evitar que para efectos de pagos incompletos de amortizaciones de crédito, se generen intereses adicionales en perjuicio del trabajador.

Sin embargo estimado lector o atribulado empresario lleno de obligaciones de informar a las diversas autoridades, en el artículo en mención, por más de 10 veces que lo he leído no dice eso… he aquí textualmente la redacción:

ARTÍCULO 47. Cuando las percepciones del trabajador acreditado sean de un salario mínimo general de la zona geográfica donde presta sus servicios, el descuento para la amortización de su crédito no deberá ser superior al veinte por ciento del mismo, independientemente de la modalidad de descuento que se informe a través de la cédula de determinación o aviso de retención. Si las percepciones del trabajador acreditado son mayores a un salario mínimo general de la zona geográfica donde presta sus servicios, el patrón deberá retener y enterar el importe total del descuento que le corresponda conforme a lo señalado en el aviso de retención de descuentos o cédula de determinación.

ARTÍCULO 49. La obligación patronal de efectuar y enterar descuentos sólo se suspenderá cuando no se paguen salarios por ausencias en términos del artículo 35 del presente Reglamento.
Tratándose de incapacidades, sólo subsistirá la obligación de efectuar y enterar los descuentos cuando el patrón tenga celebrado convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Como se observa, en el artículo 47 no dice “sin considerar reducciones proporcionales por efecto de incapacidad y ausentismo del trabajador”; en cambio, el artículo 49 indica que sólo se suspenderá efectuar y enterar descuentos cuando no se paguen salarios por ausencias y se pagarán las amortizaciones en caso de que el IMSS nos efectúe el pago de reembolsos por incapacidades. Denoto una contradicción en la normatividad, y van más allá de lo que dice el Reglamento. Estaremos al pendiente de algún cambio o ratificación por parte de la autoridad. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com. 


11 de mayo de 2012

A PAGAR UTILIDADES -ASPECTOS A CONSIDERAR-


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT
A PAGAR UTILIDADES -ASPECTOS A CONSIDERAR-
El C.P. Teodolito Escuadra, -especialista en construcción de sueños- nos comenta que dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que se presentó la declaración o debió haberse presentado…, el 30 de Mayo finaliza el plazo para pagar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) las personas Morales, y el 29 de Junio es para las Personas Físicas. Conforme al artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, están exentos 1) las empresas de nueva creación, durante el primer año de su funcionamiento a partir de la fecha de alta en el SAT –Servicio de Administración Tributaria-, 2) Compañías dedicadas a la elaboración de un nuevo producto, durante los dos primeros años de su funcionamiento, 3) Organizaciones de la industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración, 4) Instituciones de asistencia privada, 5) IMSS y los organismos públicos descentralizados con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y 6) Compañías cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual menor a $300,000.

No tienen derecho a la PTU, los directores o gerentes generales de la empresa; socios o accionistas de la empresa, siempre y cuando no realicen un trabajo subordinado dentro de la estructura orgánica de la empresa; personas que presten sus servicios al amparo de un contrato civil de prestación de servicios profesionales; trabajadores domésticos y trabajadores eventuales cuando hubiesen laborado menos de 60 días en el año de reparto. No existe tope máximo para el pago de utilidades, salvo, cuando se trate de despachos de profesionales, inmobiliarias, en este caso el monto no debe exceder de un mes de salario.

Para determinarla se aplica un 10% sobre la renta gravable obtenida conforme al artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Recuerden que tienen derecho los ex-trabajadores que hayan tenido planta y si eran eventuales, que hayan laborado por lo menos 60 días, independientemente de que hayan sido continuos o discontinuos. Los trabajadores fallecidos generan el derecho, y se entrega a quien acredite ser el legítimo beneficiario mediante una declaratoria de la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA).

Los pagos de Utilidades están sujetos a descuentos por pensión alimenticia, en el caso de trabajadores con ingresos asimilables a salarios que guarden una relación civil o mercantil, no son sujetos de distribución de utilidades. Si existiera un solo trabajador, este tiene el derecho a percibir la totalidad de la PTU. Si el trabajador tuvo accidente de traslado –centro de trabajo a su domicilio y viceversa- se consideran efectivamente laborados para el cálculo de la PTU.  Si tienen ingreso por comisiones, éstas son salarios, y deben considerarse para el cálculo. Las asociaciones civiles están obligadas a aplicar el procedimiento general –no están exentas-.

Se debe considerar las incapacidades que afectan la PTU disminuyendo el monto a recibir del empleado les dejo lo siguiente:

SE CONSIDERAN DÍAS EFECTIVAMENTE LABORADOS 
Artículo 127 LFT. - El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes:
IV. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo;

NO SON DÍAS EFECTIVAMENTE LABORADOS 
Artículo 42 LFT. - Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;

Concluye el C.P. Teodolito Escuadra, que el esfuerzo de los trabajadores debe reconocerse en el crecimiento de las empresas; sin embargo, la realidad deja mucho que desear, ya que pululan empresarios que se preguntan…y donde están las utilidades?  Ni modo, es una carga adicional a los flujos de efectivo adicionales a las contribuciones. Ahhh, la multa por no cumplir con esta obligación puede ascender hasta $17,262.00. La PTU gravada sirve de base para el cálculo del crédito por nóminas que se acredita contra el IETU.  En Nayarit podemos, si podemos!!