3 de septiembre de 2016

EL 28 CONSTITUCIONAL -El ocaso del caso Members only-

EL 28 CONSTITUCIONAL
-El ocaso del caso Members only-

“El desarrollo es el nuevo nombre de la paz”... Juan Pablo II

Hoy por la mañana en el corporativo del CARAJO –Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados, Justos y Ordenados (asociación ficticia)-, el comité de Estudios Constitucionales que preside el Lic. Donaldo Trumpetas –de estirpe Homo neanderthalensis- nos comparte esta reflexión sobre el artículo 28 constitucional que se finca una de las reformas más polémicas planteadas desde 2013.

Dado que el espíritu constitucional otorga al estado las facultades para planear el desarrollo nacional de una manera integral y sustentable como lo enmarca el artículo 25, y establecer un sistema de planeación sólido, dinámico, competitivo, permanente y equitativo que conduzca a la Nación al crecimiento de su economía, es importante reconocer que el Estado resguarda funciones exclusivas sustentadas en el 28 constitucional, con la característica de que no se considerarán monopolios, por ser áreas estratégicas en aras de proteger la seguridad y la soberanía de la Nación. El no realizar estas funciones exclusivas conllevaría a una anarquía en la armonía social, cultural, y económica de nuestra sociedad.

Es por ello que sectores  -exclusivos- fundamentales no monopólicos en la definición constitucional, como lo es minerales radiactivos y generación de energía nuclear, la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, el servicio de transmisión y distribución de energía eléctrica, correos, telégrafos y radiotelegrafía; y mantiene áreas prioritarias en la comunicación vía satélite y los ferrocarriles y la manutención del dominio de las vías de comunicación a través de concesiones o permisos y un aspecto fundamental en la conducción de la política cambiaria la exclusividad de actuar a través de una Banca Central, con autonomía en funciones y administración, y se le concede la figura de fiduciario en el Fondo Mexicano del Petróleo que recibirá, administrará y distribuirá ingresos objeto de asignaciones y contratos sustentados en el 27 constitucional –excepto los impuestos-, aparte el objetivo prioritario de la Banca Central es la consecución de la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda –inflación-, y de manera exclusiva la acuñación de moneda y emisión de billetes, regulando los cambios, intermediación y servicios financieros en el ámbito de sus atribuciones.

Asertivamente, me gusta abordar el tema de la reforma energética, dada la vocación de nuestro México de ser una economía petrolizada y en vías de cambiar su esquema de sustento económico a ingresos no petroleros, no obstante la importancia de los derechos por utilidad compartida, por extracción de hidrocarburos y explotación de hidrocarburos, vitales en el régimen fiscal de Pemex. Desde el 2013, fue la reforma que levantó más ámpula en el enraizado nacionalismo, ya que desde 1938 dejaría de ser exclusiva, en virtud de los contratos con empresas privadas, podrán participar en la exploración y explotación de hidrocarburos, moderando la reforma situaciones de uso de terrenos privados en áreas contractuales, no obstante temas polémicos como el “Fracking” –fractura hidráulica-, la conversión a empresa productiva tanto de Pemex como de la Comisión Federal de Electricidad –CFE- y la absorción inédita de los pasivos laborales de ambas empresas como deuda pública por parte del Estado y su repercusión en la nueva configuración de los contratos laborales con sus sindicatos han dado una nueva fisonomía y  estructura “delgada” en aras de ser competitivos.

La incidencia del precio del petróleo en la elaboración del Presupuesto de Egresos de la Federación y la influencia del Producto Interno Bruto estimado es de vital importancia en las finanzas de México para el 2017, ya que nos puede detonar el riesgo país y su repercusión en la calificación de la deuda soberana que influye en el nivel de capitalización de las reservas del Banco de México ante la contingencia de una salida de capitales.

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