Publicado el 31/07/20013 en Meridiano de Nayarit
“Quien
tiene dinero, pinta panderos”…. Refrán
Popular
En la búsqueda de alternativas eficientes para
recaudar impuestos con más sencillez y que sea sin tanta “faramalla” técnica en
México, el pasado 17 de julio de 2013, el pleno de la Cámara de Diputados
aprobó con 424 votos a favor, 26 en contra y 4 abstenciones, el dictamen de la
minuta de reforma que dará facultades al Congreso para legislar en materia de registros públicos inmobiliarios
y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales
al reformar la Fracción XXIX-R del Artículo 73 constitucional y se remitió de
nueva cuenta al Senado para .abordarla en Septiembre en la búsqueda de dar
certeza jurídica y fortalecer las haciendas locales por medio de la recaudación
de impuestos inmobiliarios, como los impuestos predial y de traslado de dominio.
Es importante destacar los puntos controvertidos con esta reforma.
ASPECTOS FAVORABLES
VERTIDOS.
- · Contar con valores actualizados y uniformes, sin cobrar más impuestos a la población. En la actualidad, el catastro y la base gravable para la generación del impuesto predial se encuentran desactualizados, además de que los registros públicos no están modernizados ni armonizados con los catastros.
- · Existe dispersión de leyes, acuerdos y dispositivos normativos en materia de registro inmobiliario, lo que ha provocado políticas de gobierno encontradas o dispares.
- · Instrumento de recaudación, también como herramienta de desarrollo urbano, pues al recaudarse eficiente y efectivamente, permitiría a los estados y municipios obtener recursos a través de emisiones de deuda.
- · Con esta reforma en materia de registro público inmobiliario y catastros, los estados y municipios tendrán una herramienta útil para diseñar mejores políticas de desarrollo y ordenamiento urbano y de vivienda.
- · Los gobiernos locales podrían incrementar hasta seis veces más la captación del gravamen, sin aumentar la tasa. Lo único que se requiere es medir y cobrar bien lo que se tiene.
- · Se tendrá un mapa digital de todos los rincones del país.
- · Será respetuosa de la soberanía de estados y municipios, y sugiere un diálogo con la ciudadanía para puedan alegar lo que a su derecho convenga, con el propósito de evitar cobros excesivos
ASPECTOS
NO FAVORABLES VERTIDOS.
- · Será una ley regresiva, centralista, anti federalista, que atenta contra la soberanía de estados y municipios y que, en resumidas cuentas, hará pagar más a los ciudadanos por sus propiedades.
- · No hay eficacia ni certeza ni seguridad jurídica en los registros públicos.
- · Mientras más recursos federales reciba un estado o municipio, menos se preocupa por recaudar impuestos, debido a que este cobro también puede tener implicaciones políticas.
- · “Escaso” crecimiento recaudatorio registrado en los últimos años.
- · Inadecuada gestión catastral.
- · Deficiencias de los programas que se han venido impulsando con el fin de lograr su actualización y modernidad.
- · Condiciones débiles e inadecuadas que reflejan los elementos fiscales que conforman la estructura del impuesto Predial
- · Ineficiencia con que se ejercen las funciones propias de recaudación tributaria.
- · Existe dispersión de leyes, acuerdos que generan políticas encontradas o dispersas.
- · Existen grandes rezagos tecnológicos y debilidades en la gestión tributaria en muchos Municipios.
Existe la tendencia de dejar en manos de los
estados la recaudación del Predial y darle vuelta a lo dado en febrero de 1983,
respecto a la reforma al artículo 115, en la que el constituyente reconoce la
necesidad de fortalecer financieramente al municipio, como premisa fundamental
para consolidar su autonomía otorgándole las contribuciones inmobiliarias.
En términos de gobiernos locales, en Canadá, se
recaudan en el nivel municipal más del 50% de los ingresos tributarios; en
Alemania se recauda el 49%; y en España el 44%. En cambio, México, sólo recauda
el un “anoréxico” 4% del total de los
ingresos tributarios.
México, mantiene un parámetro porcentual de
recaudación de un 0.2% del PIB. En el Reino Unido la recaudación está por
encima del 4% del PIB. En Estados Unidos se recauda aproximadamente el 3% del
PIB. En América Latina, México sigue siendo de los países que recauda por debajo de la media en proporción
al PIB (0.21 y 0.3% respectivamente), se encuentra por debajo de Chile (0.6%),
Colombia (0.6%) Brasil (0.45%), Argentina (0.4%), y Panamá (0.35%).
Para que la salsa habanera sea más picante, de
los 2 mil 456 municipios contados hasta ayer en México, 522 de ellos (un 20%), no cobran el predial. El 90 por ciento de la recaudación se lleva
a cabo en 150 municipios. En éstos habita el 60 por ciento de la población,
mientras 40 por ciento no contribuye con este gravamen. Es decir, alrededor de 45 millones de personas en México no pagan
predial. Ponderar la cartera vencida, ufff… esa es otra historia.
CONCLUSIÓN.
El manejo de las contribuciones inmobiliarias
por parte de los municipios, ha demostrado que se carece de infraestructura
eficiente, al no obtener incrementos que favorezcan liquidez ante el “vendaval”
de incrementos anuales en sus presupuestos de gasto corriente: asimismo,
cuestiones de carácter político –imagen y caer bien- obstruye ajustes en
tarifas, valores catastrales y lo peor, lo poco que se recauda no tiene identificado
un fin específico, similar al establecido al impuesto especial del 12% al
Patronato de la UAN, que entra al mismo cajón de los demás y chiras pelas! En
lugar de trasladarlo, se utiliza para otros fines menos para lo establecido… en
el caso del Predial, pudiera establecerse un fin como en EEUU que es el
principal ingreso con el que se financia la educación en las localidades. Además,
debería ponerse un dique a los salarios municipales… que no haya aumentos
salariales sino incrementan la recaudación propia que ronda en 4 pesos de cada
100 de ingresos totales. ¡En Nayarit
podemos, si podemos!… http://certezafinanciera.blogspot.com.
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