25 de mayo de 2014

EL AMANTE II –25 DE MAYO DEL 2014 DÍA DEL CONTADOR PÚBLICO-

EL AMANTE II
–25 DE MAYO DEL 2014 DÍA DEL CONTADOR PÚBLICO-

“Ama como puedas, ama a quien puedas, ama todo lo que puedas. No te preocupes de la finalidad de tu amor”. Amado Nervo

2014, un año fragoroso para el ámbito del Contador Público, derrumbar estructuras caducas, “balance estructural” en época de estancamiento, reforma hacendaria, entorno fiscal diferente, inversiones a la espera de vientos favorables, vacíos normativos, esperanza acotada del bienestar, crecimiento económico patético a nivel mundial, México con oportunidades envidiables, crecimiento anoréxico pero al fin crecimiento esperado de un 2.7%, insuficiente para lo que México merece es la conclusión, cabe en este hecho una frase fenomenal de Amado Nervo que ayer cumplió 95 años de su fallecimiento… “¿Por qué aguardas con impaciencia las cosas? Si son inútiles para tu vida, inútil es también aguardarlas. Si son necesarias, ellas vendrán y vendrán a tiempo”, amar a México es esperar el momento adecuado, es actuar desde su trinchera, y el Contador Público ama a México… junto a otras profesiones debemos amarle generando confianza…. Bien decía Carlos Fisas: "El que ama de verdad no es el que enciende el fuego, sino el que lo conserva".

El significado de amante, para este caso no tiene relación con eufemismos como “segundo frente”, “capilla”, “el quever”, ”sucursal”, “el tinieblo”… No, para este caso es a secas el que ama, el Contador Público es un excelente amante, su proceder se enmarca en un Código de Ética Profesional. El Contador Público es deportista, militar, profesor, comerciante, vendedor, poeta, escritor, político, empresario, prestador de servicios, entre otros oficios y actividades, pero he descubierto que desde cualquiera que sea la trinchera en donde se encuentre un contador público, guardamos un común denominador… y es el AMAR.. el contador público AMA los valores adquiridos en su formación académica, en la práctica profesional y hace honor a ellos –generalmente la mayoría-, ama a la Verdad, ama el Compromiso, ama la Responsabilidad y ama la Integridad.

En la búsqueda y consecución de la Transparencia, de la Rendición de Cuentas y del Orden Administrativo/Financiero, México tiene en el Contador Público un amante perfecto que coadyuva, su preparación y su desarrollo analítico se lo permite. A la par de los referidos 4 valores, esta forma de AMAR nos hace atractivos y fuertes, los disfrutamos con pasión y escuchamos de manera sensual y cadenciosa con la firmeza de su contenido, discurrimos las curvas del conocimiento con atracción desmedida, los practicamos porque reflejan la esencia de nuestro ser y da presencia de solidez a la imagen del Contador Público.

Importantes son y deben ser, los recuerdos de quienes han transitado y dejado huella en nuestra profesión, como el hombre de la región de la Toscana, Luca Pacioli –considerado el primer contador público-, quien en  1489, escribió el libro “Suma de aritmética, geometría, proporción y proporcionalidad”, en donde describe el método de la partida doble, por lo que crea, realmente, la base de lo que hoy se conoce como Contabilidad. La primera contadora pública en México, -encontré en mi armario virtual-fue la gran poetisa Sor Juana Inés de la Cruz, quien era la encargada de llevar cuenta y razón de los ‘pesos’ del convento donde profesó.

Sin embargo, los 107 años de existir la Contaduría Pública se debe a que el 25 de mayo de 1907, fecha de nacimiento de la profesión contable en México, oficialmente, por ser el día en que don Fernando Díez Barroso, recibe el primer título de Contador de Comercio que se expidió en México. Es menester recordar a grandes contadores públicos, amar a la tradición contable, como Luis Montes de Oca, Alejandro Prieto Llorente -padre del Sincretismo Contable Mexicano y autor del libro Principios de Contabilidad-, Alfredo Chavero e Híjar, Julio Poulat, Roberto Casas Alatriste, Tomás Vilchis -primer auditor externo del Banco de México- entre muchos otros que no guarda mi memoria.

La Contaduría Pública, es de las pocas profesiones que celebra su día preparándose, estudiando, trabajando y claro con su dosis de diversión, como los compañeros del IMCP-Nayarit, que desarrollaron su Semana de la Contaduría denominada “Reformas Estructurales”, muchas felicidades a la comunidad contable, y colegas de los demás estados.
Hoy día del Contador Público es importante remarcar puntos y aspectos a mejorar por parte de los organismos representativos..

1. Mercadeo.- No desestimemos el poder del Marketing como herramienta fundamental para la consecución de clientes en un entorno cada vez más competitivo, diferenciando nuestras capacidades. Claro, es menester considerar el Código de Ética al momento de publicitar servicios contables y de auditoría. Recordemos “Si usted no es una marca, es una mercancía”. Philip Kotler.

2. Precios y tarifas…
Vaya problema! Cómo cotizar el valor de un servicio? La diferenciación de precios ante un mismo servicio, un problema latente en nuestra profesión, valuar los costos de los procesos del servicio en horas-hombre, según el sector económico y el tamaño de las compañías que contratan. Se ha dejado a las condiciones del mercado y a los precios establecidos por la libre oferta y demanda. Ello causa un “harakiri” competitivo, a cuidar la responsabilidad y compromiso que adquirimos, y el precio suficiente en proporción a ellas. “La responsabilidad es un logro no un regalo”. ”Hay que mirar el dinero con desprecio, pero nunca perderlo de vista”.

3. Clientes o enemigos?
Como la necesidad de llevar frijolitos a casa manda, y entre los objetivos es generar ingresos, muchas ocasiones descuidamos a quien nos contrata… quien es el cliente?  “Estar a la par en términos de precio y calidad sólo te mete en el juego. El servicio gana el juego”.

4. Identidad con la profesión.
“Presumir” con dignidad nuestra calidad y manifestar con orgullo la historia del Contador Público, sea cual fuere la agrupación que los acoge.

Contadores y contadoras, llevemos con honor nuestra profesión y no olvidemos ni dejemos de ser los mejores AMANTES. Feliz día a todos!. Con afecto, vaya un recuerdo en honor a mi amigo, compañero de muchos años Contador Público Víctor Salinas Mardueño (+), quien hace 4 años un día como ayer -24 de mayo- nos dejó en este terreno, un abrazo a su familia. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com

21 de mayo de 2014

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (PTU)

CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (PTU)

Taciturno, el C.P. Atribulado Getón, nos comenta que llegó la hora de pagar... que dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, con certeza el 30 de Mayo finaliza el plazo para pagar la PTU las personas Morales, y el 29 de Junio para los patrones Personas Físicas. 

La PTU es la parte de los rendimientos obtenidos por la empresa en cada ejercicio de operación, que corresponde a los trabajadores por su intervención en el proceso productivo. Este derecho se contempla en el artículo 123 apartado “A” fracción IX de nuestra Constitución Política.

Conforme al artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), están exentos 1) las empresas de nueva creación, durante el primer año de su funcionamiento a partir de la fecha de alta en el SAT –Servicio de Administración Tributaria-, 2) Compañías dedicadas a la elaboración de un nuevo producto, durante los dos primeros años de su funcionamiento, 3) Organizaciones de la industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración, 4) Instituciones de asistencia privada, 5) IMSS y los organismos públicos descentralizados con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y 6) Compañías cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual menor a $300,000.

No tienen derecho a la PTU, los directores, administradores o gerentes generales de la empresa; socios o accionistas de la empresa, siempre y cuando no realicen un trabajo subordinado dentro de la estructura orgánica de la empresa; personas que presten sus servicios al amparo de un contrato civil de prestación de servicios profesionales; los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades (Outsourging), trabajadores domésticos; y trabajadores eventuales cuando hubiesen laborado menos de 60 días en el año de reparto. No existe tope máximo para el pago de utilidades, salvo, cuando se trate de despachos de profesionales, inmobiliarias, en este caso el monto no debe exceder de un mes de salario.

Para determinarla actualmente -Ley 2013- se aplica un 10% sobre la renta gravable obtenida conforme a los artículos 16, 17 último párrafo, 130, 132, y 138 –en el caso de REPECOS artículo 138 con su particularidad de cálculo con el factor 7.35%- y (9 último párrafo, 109 penúltimo párrafo y 111 octavo párrafo en 2014 para la PTU a repartir en 2015) de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Recuerden que tienen derecho los ex-trabajadores que hayan tenido planta y si eran eventuales, que hayan laborado por lo menos 60 días, independientemente de que hayan sido continuos o discontinuos. Los trabajadores fallecidos generan el derecho, y se entrega a quien acredite ser el legítimo beneficiario mediante una declaratoria de la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA).

Los pagos de Utilidades están sujetos a descuentos por pensión alimenticia, en el caso de trabajadores con ingresos asimilables a salarios que guarden una relación civil o mercantil, no son sujetos de distribución de utilidades. Si existiera un solo trabajador, este tiene el derecho a percibir la totalidad de la PTU. Si el trabajador tuvo accidente de traslado –centro de trabajo a su domicilio y viceversa- se consideran efectivamente laborados para el cálculo de la PTU.  Si tienen ingreso por comisiones, éstas son salarios, y deben considerarse para el cálculo. Las asociaciones civiles están obligadas a aplicar el procedimiento general –no están exentas- cuando obtengan remanente por ingresos por venta de bienes distintos de su activo fijo o servicios a personas no miembros.

Lo trabajadores tienen derecho a presentar objeciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, una vez recibida la copia por parte del patrón tendrán 30 días para objetar los ingresos, los gastos y costos. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.

La prescripción para exigir la PTU prescribe en un año, y el plazo se computa a partir de la fecha de exigibilidad de la prestación (31 de mayo personas morales y 30 de junio personas físicas). No se paga impuesto por PTU hasta por el equivalente 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador.

Concluye el C.P. Atribulado, que el esfuerzo de los trabajadores debe reconocerse en el crecimiento de las empresas; sin embargo, la realidad deja mucho que desear, ya que pululan empresarios que se preguntan…y donde están las utilidades?!  Ni modo, es una carga adicional a los flujos de efectivo destinados a las contribuciones. Ahhh, la multa por no cumplir con esta obligación puede ascender desde $16,822.50 a $336,450.00 por cada uno de los trabajadores que resulte afectado. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com.


11 de marzo de 2014

“SHOPPING TIME” CONTRA LA INFLACIÓN -MAL DE MUCHOS CONSUELO DE TONTOS-

“SHOPPING TIME” CONTRA LA INFLACIÓN
-MAL DE MUCHOS CONSUELO DE TONTOS-
Entre sábado y domingo -8 y 9 de marzo- realicé un período de análisis económico, acudí al mercado de abastos el Naranjal, soriana La Loma, liverpool, y sam's... llevé mi estadística de inflación y la metí en mi bolsillo... observé que en soriana el chile habanero ronda los $100 el kilo y lo encontré en el mercado de abastos en $30, sí¡ $70 pesos de diferencia; el Nescafé de 200 grs pegó un brinco del año anterior de $48 pesos a $62, es decir un 29% de incremento; el chocomilk pancho pantera quedó igual en precio pero le redujeron 25 gramos a la bolsa de 400 y ahora ya tiene 375 grs -listillos desde chiquillos!!-, fui a Liverpool primero a pagar y a pescar ofertas, pagué mi cuota sino la comisión por pago tardío es de $300 pesos más IVA, y pesqué una camisa Oscar de la Renta en $110 y otra en $187 a 9 meses sin intereses (es decir pagaré mensualmente $24.75 pesos equivalente a dos botes de cerveza Modelo –la cual ya no tomo-)... me brinqué a Sam's y vi que los limones estaban a $45.50 el kilo, 900 grs de fajitas de pollo precocido está a $109, y observé que la mayoría llevaba papel sanitario como para hasta Navidad, la ciruela pasa a $69 la bolsa de 1.13 kg –recomendable para los de estómago duro-; el kilo de carne fluctúa entre los $79 hasta los $149 en diversos establecimientos: en cuanto al limón que ha sido el producto con mayor incremento en precio que vale hasta los $50 pesos el kilo, lo encontré en $15 en la variedad de limón real en el Naranjal y corroboré el incremento en un 68% del dicho oficial.... total ayer por la noche hice mi balance y estiré mi estadística de inflación, la resalté con color amarillo, y me pregunté a la vez que daba un sorbo a mi café orgánico nayarita....  ¡en donde está este 1.15% acumulado hasta febrero y el 4.23% anualizada que me dijo el INEGI? Luego reviré que Bolivia, Costa Rica, Brasil, también sufren con la inflación, no se diga Venezuela… y concluí… mal de muchos consuelo de tontos.

Continué mi análisis, hice una pausa para cenar unos frijoles con morisqueta y mis tres chiles habaneros, y acudí con mis contactos economistas para encontrar respuesta a la relación entre la carencia de dinero, los estacionamientos llenos en plaza Forum de Tepic y la concreción del consumo… coincidiendo con lo expresado por Isaac Katz en 4 puntos y 1 adicionado por este escriba…. van:

*La reducción del ingreso familiar disponible, por el impacto de la reforma tributaria y aunado al incremento en los precios, derivado también de la propia reforma tributaria, provocó un menor poder adquisitivo del ingreso y redujo de manera drástica la confianza de los consumidores, lo que se refleja en la menor disposición para adquirir bienes de consumo duraderos.
*La caída en las importaciones de bienes de capital, es signo de que se han contenido los planes de inversión empresarial, motivado por la desalineación de incentivos para invertir en el nuevo diseño de política fiscal en la reciente reforma.
*La reducción de la demanda por nuestras exportaciones, derivada del crudo invierno que se ha experimentado en Estados Unidos y que afectó negativamente la actividad manufacturera.
*Y el que me llama más la atención, el cuarto componente de la demanda agregada, el gasto público, no ha aumentado para ser un elemento compensatorio, ya que aunque éste se ha incrementado, mucho del mismo es devengado, pero no pagado, es decir, el gobierno no está introduciendo recursos adicionales a la economía.
*En mi opinión existe un quinto elemento para los fines de mi análisis de fin de semana, el uso del crédito personal, sí, ese crédito que hace sentir poderoso al consumidor y gran aliado de los plazos a 9,12,18 meses sin intereses y que cuando se da cuenta ya quedó ensartado en el renglón contable de las SOFOM, como Deudor a largo plazo. Este último motivo es el que infiere en ver estacionamientos llenos.

Hasta aquí llegó mi “shopping time” contra la inflación. Coman frutas y verduras. En Nayarit podemos! Si podemos!.... http://certezafinanciera.blogspot.com.

20 de enero de 2014

Comprobante Fiscal -CFDI- en operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles celebradas ante notario?

CFDI EN OPERACIONES TRASLATIVAS DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES CELEBRADAS ANTE NOTARIO

Recientemente, el 30 de diciembre de 2013, se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2014, materializándose la universalización del Comprobante Fiscal Digital por Internet –CFDI- como instrumento de control de ingresos y egresos de los contribuyentes.

Uno de los más representativos en cuanto al interés de la autoridad fiscal de conocer de primera mano es el acopiar información de adquisiciones de Bienes Inmuebles imponiendo a los NOTARIOS PÚBLICOS la obligación de emitir en los CFDI por los INGRESOS QUE PERCIBAN –honorarios-, incorporando información sobre el costo de adquisición de las operaciones traslativas de dominio, para que los adquirentes puedan DEDUCIR O ACREDITAR EL COSTO DEL BIEN….. los notarios siempre y cuando incorporen a sus comprobantes “el complemento” que el SAT les señale en su página de Internet.

Es por ello, que para tal efecto, emitió la siguiente regla aplicable a partir del 01 de enero de 2014:

I.2.7.1.25. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, en las operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles que se celebren ante notarios públicos, los adquirentes de dichos bienes podrán comprobar el costo de adquisición para efectos de deducción y acreditamiento, con el CFDI que dichos notarios expidan por los ingresos que perciban, siempre y cuando los notarios incorporen a dichos comprobantes el complemento que al efecto publique el SAT en su página de Internet.

Cuando no se proporcione la información de cualquiera de los datos requeridos en el complemento, los adquirentes no podrán deducir o acreditar el costo del bien con base en el CFDI que el notario expida.


9 de enero de 2014

PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (REPECOS)

PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (REPECOS)
Este pasado domingo 15 de mayo de 2011, realicé una plática a cerca de 80 personas que van a poner su negocio, y todos rondan en la actividad de micro empresa, es decir, hasta 15 empleados, y la mayoría sin empleados, recomendando desde el inicio el esquema fiscal de PEQUEÑO CONTRIBUYENTE (REPECOS), en Nayarit es operado en su totalidad en cuanto a recaudación por el gobierno estatal, pero en cuanto a su inscripción y verificación por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El Régimen REPECOS establece que tienen una tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 2%, si tienen ingresos hasta 2 millones de pesos anuales. Sin embargo, bajo este esquema, este sector tiene la restricción de que no puede deducir y facturar los gastos que realicen.
El REPECO tiene como obligaciones de acuerdo al decreto publicado el 8 de diciembre de 2005 y modificado el 27 de febrero de 2008 en el diario oficial de la federación, las siguientes:
-Entregar a sus clientes la copia de la Nota de Venta por servicios o ventas de $100.00 en adelante.
-Realizar pagos Bimestrales de la cuota fija (englobando el impuesto sobre la renta –ISR-, el impuesto al valor agregado -IVA- y el impuesto empresarial a tasa única –IETU-) a mas tardar los días 17 del mes siguiente a la conclusión del bimestre (ejemplo: Ene-Feb enteras el 17 de marzo).
-Y registrar sus ingresos menores de $100.00 en una libreta simple (a este respecto, sugiero adquirir un libro de ingresos empastado para el registro diario de ingresos adicionando en forma especial renglones para registrar las notas de venta mayores a $100.00).
-No se les obliga presentar declaración anual, acorde con el SAT.
Se estima al mes de febrero de 2011, que en México existían más de 33 millones 800 mil contribuyentes activos. De ese universo, 96% son personas físicas y 4% restante corresponde a las empresas. El segmento de personas físicas se divide de la siguiente forma: 10% son pequeños contribuyentes; 6% es régimen intermedio de personas físicas con actividad empresarial; 2% son régimen de arrendamiento; 9% están en actividades profesionales y 2% en otros sectores, el restante 60% son asalariados, según el SAT. Las cifras de la autoridad arrojan un universo de 3 millones 380 mil pequeños contribuyentes en el país.
El REPECO mantiene una desventaja notoria respecto al régimen intermedio y el llamado régimen general, ya que no puede expedir facturas deducibles para otros contribuyentes que si requieren hacerlos, dejando en ocasiones ir negocios importantes con tal de no entrar en el túnel de las cargas fiscales e informativas pesadas como si fuera una empresa Gigante. Un REPECO, no puede recibir cheques en pago de sus servicios para depósito en su cuenta, porque con ello sale del paraíso fiscal.
En estas fechas el SAT trae azorados a los REPECOS con órdenes de visita domiciliaria para verificar la expedición de comprobantes fiscales; y que quiere decir esto? Bien, pues con cierta tendencia dolosa se apersona afuera de tu negocio dos personas, y una entra “dizque” a consumir productos arriba de $100.00, y salen del tendajón con la adquisición realizada, inmediatamente entran los dos pero ahora con las computadoras desenfundadas y te cuestionan porqué no entregaste la nota de venta ya que el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) te obliga a hacerlo, y triunfantes con una sonrisa tipo monalisa, empiezan a redactar los hechos de tu falta encaminándote a ser acreedor a una multa de $1,210.00 a $2,410.00 para el caso de REPECOS conforme al artículo 84 fracción IV, por no expedir o no entregar el comprobante de sus actividades. En caso de reincidencia el SAT podrá clausurar el establecimiento preventivamente por 3 a 15 días. Sin embargo, el cuarto párrafo del artículo 70 del CFF señala que tratándose de REPECOS, las multas determinadas entre una mínima y una máxima se considerarán reducidas en un 50%!!... Ojo avizor mi REPECO, en cuanto vendas más de $100.00 expide tu comprobante simplificado –nota de venta- y ofrécelo al cliente, si te manda por un tubo guárdalo para mostrarlo oportunamente a los fiscales... En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com

8 de enero de 2014

SON FISCALIZABLES LAS CUENTAS PERSONALES BANCARIAS?


SON FISCALIZABLES LAS CUENTAS PERSONALES BANCARIAS?
Este 31 de Octubre de 2011, miles de gentes pusieron al Santo Parado de Camorra, porque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su regalo de día de Brujas, les llegó una invitación para aclarar el porqué de depósitos en cuentas personales en un banco ya identificado durante el año 2009 -se les atragantó el cogote- y en el cual le dan un “estimado” exacto del Impuesto sobre la Renta a pagar en “facilidades” hasta en 6 parcialidades. A doña Eufrosina –mamá del Lic. Cabriolo-, casi le da el patatús, ella dice que es ama de casa, porqué debe pagar ISR? Además, ya pagó el 2% del famoso IDE –Impuesto a los Depósitos en Efectivo- (tasa en el 2009 y topado a $25,000 pesos). En nuestro medio, para evitar el riesgo de guardarlos en el colchón, utilizamos las cuentas bancarias para administrar las finanzas tanto de los negocios como de los asuntos personales. Resultando muy común que se abran cuentas bancarias especiales para realizar las operaciones del negocio y otro tipo de cuentas (cheques, inversión, tarjetas de crédito y débito, ahorros, etc.) para realizar las operaciones personales.
El abrir cuentas bancarias va junto con pegado cuando realizamos operaciones de un negocio con el llevar un buen control por estar ligadas a nuestra contabilidad; aahhh pero en el caso de cuentas personales nos vale “wilson”, no tenemos el mismo cuidado, ya que consideramos que ápa gobierno vía SAT no las revisará “nunca jamás”, lo cual es totalmente falso.
Si bien no hay impedimento legal para que una persona tenga una cuenta personal que no guarda relación con las operaciones de su negocio, lo cierto es que, de los depósitos efectuados a la cuenta personal, debe acreditarse que fueron ingresos “no objeto”, es decir, ingresos que no están gravados por algún impuesto (por ejemplo: herencias, donaciones, préstamos, venta de casa habitación, etc.) o bien, que sí están gravados pero que ya fue pagado el impuesto correspondiente.
Si se trata de salarios, el comprobante de que son ingresos gravados que ya pagaron el impuesto es el recibo de pago del salario con las retenciones de impuestos correspondientes; si es ingreso por actividad empresarial o profesional, el comprobante es la declaración de impuestos correspondientes; si se trata de una herencia, donación o venta de casa habitación, el comprobante será la escritura pública; etc.
Es importante tener presente que si se tiene una cuenta bancaria donde se llevan las operaciones del negocio registrado como persona física y además se tiene una cuenta personal, los depósitos que se hagan a la cuenta personal se hagan mediante transferencia o cheque entre la cuenta del negocio y la personal. De esta manera quedará plenamente acreditado que se trata de un solo ingreso de la persona física, que se registró en contabilidad y se pagó el impuesto.
Si no se sigue esta recomendación y por ejemplo, se cobra un cheque de la cuenta del negocio a favor de la misma persona física y se dispone de una parte de esa cantidad para gastos diversos y la otra parte se deposita en la cuenta personal o simplemente se cobra el cheque y el efectivo se deposita en la cuenta personal, no habrá claridad sobre el origen del depósito en la cuenta personal e invariablemente la autoridad fiscal lo considerará como un ingreso diferente al depositado en la cuenta del negocio, por tanto será un ingreso no declarado y del que está pendiente el pago de impuestos.
Por otro lado, hacer los depósitos en efectivo (cuando las cantidades en el mes superen la cantidad de $15,000.00 –a partir de 2010-) hará que la institución bancaria retenga al cuentahabiente el 3% por concepto de IDE.
Aun cuando los depósitos los hiciste en tarjetas de crédito, débito, ahorro, inversión o cualquier otra, es necesario transparentar el origen de los recursos. Las autoridades fiscales están facultadas para revisar tanto las cuentas bancarias del negocio como las personales sin importar si los titulares de las cuentas están o no inscritas en el RFC, en su caso es al cuentahabiente a quien le corresponde acreditar que por los ingresos a sus cuentas ya se pagó el impuesto o que no están gravados. Cabe señalar que en el primer trimestre de 2011, seguirán con la revisión de depósitos de 2010…. Agárrate Petra que no es cometa!!. Sumando que veladamente “el sable fiscal” te puede degollar, ya que esos ingresos –ojo, no todos- también son sujetos de IVA!!
En caso de encontrarse en esos supuestos, es importante regularizar su situación fiscal de manera voluntaria para gozar de los beneficios de la autocorrección espontánea, evitando multas y posibles auditorias de las autoridades fiscales. Acércate a tu contador público de confianza, cada caso es diferente!!....
CUADRE: Felicidades al C.P.C. Juan José Alcalá Inda, por haber asumido la presidencia del Instituto Mexicano de Contadores Públicos Nayarit, confiando en que desarrollará exitosamente su encomienda.
En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com. Con la colaboración de la Lic. Alma América Bárcenas Ortega.. Directora de QB Asesores Fiscales.

7 de enero de 2014

NAYARIT Y LAS PENSIONES


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
Tepic, Nayarit
NAYARIT Y LAS PENSIONES
El 5 de Junio de 2012, la calificadora Fitch Ratings determinó una calificación de la calidad crediticia –riesgo emisor- para nuestro estado de Nayarit en BBB(mex) que significa un deterioro en su flexibilidad financiera; pero ello será tema posterior, en uno de sus apartados indica que el sistema de pensiones en la última valuación actuarial con cifras al 31 de diciembre de 2010 cuenta con un periodo de suficiencia entre el año 2027 y 2028, con un saldo en la reserva del Fondo de $746.2 millones de pesos.

En 1994 se creó el Fondo de Pensiones para cubrir las erogaciones por pensiones y jubilaciones de los trabajadores al servicio del Estado de Nayarit, subrogando los servicios médicos al ISSSTE. De esta manera, las generaciones anteriores a esta reforma (694 jubilados y pensionados) quedaron a cargo directo del Estado; en 2008 se erogaron por este concepto, $138.4 millones de pesos. En este sentido, se están estudiando nuevas reformas a la Ley de Seguridad Social del Estado para ampliar la viabilidad financiera del fondo y acorde al artículo 5º de la Ley de Pensiones de Nayarit, el Comité de Vigilancia estará presidido por el Gobernador del Estado o la persona que designe y se integrará con un representante por cada una de las siguientes dependencias y organizaciones: Secretaría de Finanzas –hoy de Hacienda-, Secretaría de la Contraloría General, Sindicato Unico de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Empresas Descentralizadas de Carácter Estatal –SUTSEM- y Sección 49 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

El saldo a diciembre de 2008 del fondo era de $769.3 millones de pesos para 810 jubilados y 10,656 empleados en activo. A pesar de ello, el pasivo laboral sigue representando una contingencia en el mediano plazo para las finanzas estatales. A diciembre de 2009, Nayarit reportó un total de 935 jubilados y pensionados, lo cual representa un incremento de 8% con respecto al año anterior. Las aportaciones del estado por este concepto ascendieron a $322.7 millones de pesos.

El 31 de diciembre de 2005, el fondo estaba en un nivel de $470.35 millones de pesos. Al 31 de diciembre de 2006, el nivel estaba en $546.8 millones de pesos, es decir un incremento porcentual de un 16.27%. Para 2007, el fondo tenía inversiones por $655.3 millones de pesos, un incremento de un 19.84% respecto a 2006..

FONDO DE PENSIONES ESTADO DE NAYARIT
(MILLONES DE PESOS)
AÑO RESERVA
2005 470.35
2008 769.26
2009 736.63
2010 746.22
2011 706.77
2012-MARZO 670.05

Al 31 de Diciembre de 2010, el nivel del fondo estaba en $746.22 millones de pesos; al 31 de Diciembre de 2011, el nivel del fondo estaba en $706.77 millones de pesos y al 31 de marzo de 2012, el fondo es de $670.05. Como se observa, cada año se presenta un déficit en el saldo de la reserva, lo que indica una insuficiencia en las aportaciones y ante el crecimiento de basificados en el año 2011, aproximadamente 3,000 trabajadores, pone en una delicada situación, ya que la valuación fue antes de este crecimiento. Cuantos trabajadores se jubilan cada año? Ufff lo único certero es que la finanzas se exponen cada día más.

Es necesario, prever que ya es un dolor de cabeza para ésta administración gubernamental, aclarando que no se incluye el impacto por las jubilaciones de gobiernos municipales y paraestatales, poniendo en riesgo la futura liquidez para asumir el gasto por concepto de Pensiones. Por ello la necesidad de que el Congreso del estado tome cartas en el asunto, actualizando los estudios actuariales, quizás hoy no sea de relevancia pero es mejor no dejar que nos alcance el tiempo. Seguiremos abordando esta temática. En Nayarit podemos! Si podemos!!…http://certezafinanciera.blogspot.com.