12 de enero de 2012

COCINADO EL CONSEJO ESTATAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE

COCINADO EL CONSEJO ESTATAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE Las funciones de este Consejo ya las traté en un artículo anterior, pero es de destacar que el pasado 7 de Diciembre de 2011, en un tiempo de 2 minutos y 47 segundo, la XXX legislatura dio vida a la Ley que crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Nayarit (CEAC), con el voto unánime de 27 votos de los 27 diputados presentes; de los 3 ausentes no los mencionaré, creo que en ese momento andaban en el baño. La publicación en el Periódico Oficial del estado Tepehuano Nayarita se realizó el 17 de diciembre de 2011. Entró en vigor el 18 de diciembre, y el artículo tercero transitorio indica que su instalación debe realizarse a más tardar dentro de los 15 días naturales a la fecha en que entre en vigor: por lo que deduzco que el día 3 de enero ya se instaló dicho Consejo. Y si no ha sido así, sirva de recordatorio del plazo. El CEAC es el órgano de coordinación responsable de la armonización de la contabilidad gubernamental de los poderes, organismos autónomos y municipios del Estado, encargado de la difusión y aplicación de las normas contables y lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CNAC), para transparentar y armonizar la información financiera pública. Estará integrado por: I. El Secretario de Administración y Finanzas, que será el mero mero. II. Un representante del Poder Legislativo. III. Un representante del Poder Judicial. IV. Un representante por cada uno de los organismos constitucionalmente autónomos. V. Un representante de los municipios por cada zona, integrada por los siguientes municipios: a. Zona A: Huajicori, Acaponeta, Tecuala y Rosamorada. b. Zona B: Tuxpan, Ruiz, Santiago Ixcuintla y San Blas. c. Zona C: Tepic, Del Nayar (sic), la Yesca y Santa María del Oro. d. Zona D: San Pedro Lagunillas, Xalisco, Compostela, Bahía de Banderas. e. Zona E: Ixtlán del Río, Amatlán de Cañas, Ahuacatlán y Jala VI. El Secretario de la Contraloría General del Estado. VII. Un representante del Órgano Superior de Fiscalización del Estado. VIII. El titular de la Dirección de Contabilidad y Presupuesto del Poder Ejecutivo, quién fungirá como Secretario Técnico del CEAC y…… IX. Un representante del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Nayarit…. Cabe señalar que los representantes VII, VIII y IX, chiras pelas en cuento al derecho de voto, nada mas cuentan la voz, y los cargos son honoríficos, es decir nanaís de que cuanto vas a ganar extra! Ni retribución, emolumento o compensación por el desempeño –lo cual me parece que es bueno-. El mero mero de la Administración y Finanzas del estado, por única vez, debió haber nombrado a los representantes de los municipios a más tardar el día 28 de diciembre, éstos no durarán en su encargo más de 18 meses, y como dijeran en mi pueblo, ¡matanga dijo la changa! Posteriormente los agrupados en las zonas deberán nombrar un representante con posterioridad a esos 18 meses. Con esto, inicia un esfuerzo loable para transformar y mejorar la información financiera pública, que vaya enfocada a resultados y no con el criterio básico de antaño de rendir cuentas…. ¡todo lo que entró salió!!... Ni papas, ahora, activo comprado activo buscado, nada que no aparece… ahora lo encuentran porque lo encuentran o bien lo pagan…bueno, sobre esto último, como decía el filósofo Puguita…hasta no ver no creer y nunca vió!! Bien por Nayarit, habemus Consejo Estatal de Armonización Contable…. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com

6 de enero de 2012

SE ACABA EL TIEMPO DE LA FACTURA EN PAPEL

SE ACABA EL TIEMPO DE LA FACTURA EN PAPEL El Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos hace un recordatorio a aquellos contribuyentes que estamos obligados a facturar electrónicamente y todavía utilizamos facturas impresas producidas a finales de 2009 o principios de 2010, que nos queda poco tiempo para que se agote su vigencia. Los contribuyentes con ingresos mayores a 4 millones de pesos al año, debemos migrar al sistema de facturación electrónica a través de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), quien se encarga de validarlas y asignar el folio y sello electrónico del SAT. Un PAC, es aquella persona moral que cuenta con autorización del SAT para validar los comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) generados por los contribuyentes. Actualmente hay 46 proveedores autorizados y todos ofrecen una modalidad gratuita de sus servicios. Para los contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos al año, podemos seguir expidiendo comprobantes fiscales impresos, los cuales deberán tener un elemento de seguridad adicional que es proporcionado, sin costo, por el SAT. Para ello, los mismos contribuyentes debemos pedir la aprobación de folios a través del portal de Internet del SAT utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) e imprimirlos desde su casa, negocio, café internet, etcétera, con lo que los mecanismos de emisión de comprobantes se amplían de manera importante. Es importante mencionar que el Congreso de la Unión aprobó una reforma al Código Fiscal de la Federación, vigente a partir de enero de 2012, mediante la cual se prorrogan por un periodo de 6 meses, las versiones vigentes en 2011 de Factura Electrónica, con esto tendrán más tiempo de ajustar sus sistemas aquellos contribuyentes que lo requieran. Además, en las reglas de carácter general que se publicarán en la Resolución Miscelánea Fiscal, se relevará de la obligación de señalar los nuevos requisitos para estos contribuyentes y se establecerán datos de llenado genéricos para aquellos requisitos que a partir del 1 de enero de 2012, no sean obligatorios conforme a la reforma. Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de mejores procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos. Se puede consultar mayor información sobre la Factura Electrónica en www.sat.gob.mx. En mi próxima colaboración relataremos los requisitos enunciados en la Resolución Miscelánea. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com

2 de enero de 2012

LA LEY DE INGRESOS DEL 2012 EN NAYARIT

LA LEY DE INGRESOS DEL 2012 EN NAYARIT Quizás para el día de hoy 22 de diciembre, ya se tenga vislumbrado el alumbramiento de la Ley de Ingresos para el Estado de Nayarit del ejercicio 2012, recibida por la XXX legislatura el 13 de diciembre pasado, y aprobado en Comisiones conjuntamente con el Presupuesto de Egresos para el mismo ejercicio, en cuyo proyecto se estableció un monto de $14,326 millones de pesos de ingresos, superior en un 8.4% respecto al 2011, previendo por ingresos estatales un 5.0% ($963.6 mdp); de Participaciones Federales, $5,097.5 mdp (26.4% del total); de Aportaciones Federales del Ramo General 33, $6,458.6 mdp (33.4% del total); de Otros Ingresos Federales $1,806.6 mdp (9.3% del total). Se estima un crecimiento en los ingresos propios del Estado por un 18.7% respecto al ejercicio 2011, apoyado en el establecimiento de un Programa de Fiscalización consistente en 822 actos de revisión a los impuestos (355 a través de métodos sustantivos y 527 por los métodos de presencia Fiscal). Me llama la atención dos rubros a tratarse en las discusiones, relativos a obras pendientes de liquidar y aparte debe el Estado realizar aportaciones a los acuerdos de Coordinación de Programas Federales (Paripassu) a la fecha ya formalizados, y que el Gobierno Federal ya dio su parte, hasta un 50% del monto de la obra. Los compromisos de obra suman un monto total de $1,620 mdp. Y el otro punto es el de los préstamos por $5,000 mdp en una o varias operaciones, que permitirá refinanciar y/o reestructurar pasivos en mejores condiciones de tasa, plazo y costos adicionales y cubrir los compromisos con acreedores y terceros institucionales contratados en 2011. Partiendo de la base que a la fecha se tiene un saldo insoluto a la fecha de $4,221.4 mdp en créditos bancarios. En cuanto al plazo se pretende contratar hasta por 20 años, sin plazo de gracia –es decir, a partir del primer mes se empieza a pagar-. Por hoy las premisas del proyecto, continuaré mi análisis una vez concretada el estudio de la Ley. En Nayarit podemos, si podemos!! http://certezafinanciera.blogspot.com

17 de diciembre de 2011

PONCHE FINANCIERO

PONCHE FINANCIERO Posadas, regalos de intercambio, adquisiciones de bienes a 18 meses, pantallas a 13 meses con 20% de descuentos abonados en monedero electrónico, piñatas, cerveza, dulces, cánticos navideños, alegrías, propósitos nuevos, viajes, risas, tristezas, bohemia, gasolinazos, bonos, despensas, bailes, aguinaldos, algarabías, vacaciones escolares, en fin una pléyade de asuntos y momentos que caracterizan la época navideña. Familias tristes por los que se fueron, felices por los que llegaron y por los que aún permanecemos. Esto es el fin de año en Nayarit. En lo financiero, renovado espíritu para confrontar los problemas económicos de una sociedad nayarita demandante de servicios públicos sustentados en el artículo 115 de la constitución política mexicana; en Coahuila deudas mágicas que de $8,000 millones de pesos (mdp) se convierten en $36,000 mdp, en Nayarit de $5,000 mdp a $7,000 mdp, imaginación financiera del gobierno de la gente para reestructurar créditos por $5,000 mdp –unos dicen que son deudas nuevas, otros que es para consolidar pasivos en una sola deuda para un mejor control de ella-, este humilde alfarero financiero está seguro que es para consolidar los pasivos financieros en mejores condiciones; falta de liquidez en las arcas estatales para pago a proveedores, a la UAN y a los benditos trabajadores sindicalizados en sus prestaciones sociales –dicen en el gobierno de la gente que no dejaron ni las arcas, entonces esto es grave…. (comentan que las arcas son valiosísimas, dizque son de madera de guayabo rosa)-. El oleaje del sexenio anterior fue de tal magnitud, que la mayoría ya lo observa desde el acantilado de la esperanza, la mayoría expectante a que se tornen burritos que no implique peligro alguno acercarse a la playa de los privilegios, esperando que Poseidón salga a la superficie para implorar por su bienestar anterior navegando en una panga camaronera. Según el Servicio Meteorológico Electoral, en el 2012 resurgirá ese oleaje que trajo perlas a las orillas de la Riviera Nayarit y que la marea roja dejó nada más que las conchas, las cuales son útiles para hacer artesanías en collares, esclavas, y adornos marítimos con puyeques disecados, las perlas nadie sabe su destino, se especula que quedaron en los rompeolas de piedra volcánica, para aminorar las fuerzas de las corrientes poderosas venidas del occidente, y en obras para rendir pleitesía al Dios Progreso y en rituales ancestrales dedicados a las Diosas de la Alegría, de los Niños, del Entretenimiento, de las Artes, de la Salud y de la Cultura. En fin, las posadas me recuerdan mi niñez, cuando a la luz de una lámpara de petróleo, nos contaban leyendas de terror, como aquella… que en el arroyo de los oscuros –rumbo a Sauta-, en una higuera gigante perforada en la parte baja se aparecían fantasmas y duendes que ahorcaban las expresiones faciales y te saltaban los oclayos. Igual, otra leyenda denominada la “viejita del 10”, que se aparecía en el toril de mi pueblo Villa Hidalgo –allá por la Secundaria La Piloto-, y te pedía una moneda de “diez” centavos –monedas de antaño blanquesinas como de un centímetro de diámetro, no aceptaba de “veinte” -, si no la entregabas desaparecías del mapa terrenal y vagabas en la inexistencia de los beneficios, no piensen mal, no me refiero al diezmo que existía de antaño, ese ya desapareció, ya que la inflación provocó que el Banco Central –de acuerdo a un análisis de costos- la modificara a monedas de “veinte” centavos…. Hoy la viejita del “diez” se modernizó y ya te pide billetes de “veinte” pesos, ya tiene una socia…. la viejita de las contribuciones, por su mote la conocen como el SAT…. Hasta aquí mi reflexión de las posadas de fin de año. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.

12 de diciembre de 2011

SECTOR CONSTRUCCIÓN –NO OBLIGADOS A PRESENTAR SATIC-

SECTOR CONSTRUCCIÓN –NO OBLIGADOS A PRESENTAR SATIC- En Nayarit, uno de los sectores con mayor falta de información para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, es el de la construcción, para empezar debemos saber quiénes son los patrones dedicados a la construcción, las cuales serían las personas físicas o morales los cuales contratan trabajadores que intervengan en las obras que tienen contratadas ya sean directamente por el propietario de la obra o indirectamente siendo un subcontratista. Que es la Obra de Construcción? Cualquier trabajo que tenga por objeto crear, construir, instalar, conservar, reparar, ampliar, demoler o modificar inmuebles, así como la instalación o incorporación en ellos de bienes muebles necesarios para su realización o que se le integren y todos aquellos de naturaleza análoga a los supuestos anteriores. Hay mucha desinformación respecto a quienes deben de darse de alta como patrón de la construcción por lo tanto la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) comprimió una relación de los tipos de trabajos relacionados con las obras de construcción los cuales, dada su naturaleza no se consideran obras de construcción o fases de las mismas, por lo que los patrones que realicen este tipo de trabajos no se encuentran obligados a registrarlos en el Sistema de Afiliación de los Trabajadores de la Industria de la Construcción ‐SATIC-, véanlas aquí: 1. La planeación y el diseño, incluyendo los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar, proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto: a. De ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de infraestructura, industrial, electromecánica y de cualquier otra especialidad de ingeniería que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo de obra. b. Urbano, Arquitectónico, de diseño grafico o artístico y de cualquier otra especialidad del diseño, la arquitectura y el urbanismo, que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo de obra. 2. Los estudios técnicos de agrología y desarrollo pecuario, hidrología, mecánica de sueldos, Sismología, Topografía, Geología, Geodesia, Geotecnia, Geofísica, Geometría, Oceanografía, Meteorología, Aerofotogrametría, Ambientales, Ecológicos y de Ingeniería de Transito. 3. Los estudios económicos y de planeación de pre inversión, factibilidad técnico económica, ecología o social, de evaluación, adaptación, tenencia de la tierra, financieros, de desarrollo y restitución de la eficiencia de las instalaciones. 4. Los trabajos de coordinación, supervisión y control de obra; de laboratorios de análisis y control de calidad; de laboratorio de geotecnia, de resistencia de materiales y radiografías industriales; de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto o la elaboración de cualquier documento o trabajo que se requiera para la adjudicación del contrato de obra correspondiente. 5. Los trabajos de organización, informática, comunicaciones, cibernética y sistemas aplicados a las materias relativas a obras de construcción. 6. Los dictámenes, peritajes, avalúos y auditorias técnico normativas y estudios aplicables a las obras de construcción. 7. Los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir, sustituir o incrementar la eficiencia de las instalaciones de cualquier bien inmueble. 8. Los estudios de apoyo tecnológico, incluyendo los de desarrollo y transferencias de tecnología. En la misma situación se encuentran los diversos trabajos que se relacionan a continuación: a) Suministro y colocación de elevadores, b) Suministro de plantas de emergencia, c) Suministro y colocación de alfombras, d) Suministro de concreto premezclado, e) Suministro y colocación de cocinas integrales, f) Suministro de equipos de aire acondicionado, g) Suministro y colocación de cortinas metálicas, h) Suministro y colocación de mamparas para baños, i) Suministro y colocación de cámaras de seguridad, j) Suministro e instalación de anuncios luminosos, k) Renta de maquinaria pesada para la construcción. Recuerda si realizas alguno de estos trabajos o servicios relacionados con las obras y estas debidamente registrado ante el IMSS y cumples adecuada y oportunamente con el pago de tus obligaciones nadie debe obligarte a registrarte en el SATIC. La aplicación del Art. 18 del REGLAMENTO DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO, solamente es para los patrones que no cumplen con las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com. Con la colaboración de Contadormx.com.

7 de diciembre de 2011

NOTICIAS FISCALES

NOTICIAS FISCALES INFONAVIT La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitió la Recomendación 02/2011 al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), en donde concluyó que tratándose de amortizaciones por créditos para la vivienda de los trabajadores retenidas por los patrones, las autoridades fiscales se encuentran en imposibilidad de requerirlos o cobrarlos una vez transcurrido el plazo de cinco años previsto en el Código Fiscal de la Federación (CFF). SAT El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet www.sat.gob.mx, un comunicado de prensa referente a “Los asalariados que vayan a presentar declaración anual, aun cuando no estén obligados, deben informar por escrito a su patrón”. Al respecto, el organismo informa que las personas físicas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios en 2011 y que no están obligadas a presentar la declaración anual, que pueden optar por hacerla siempre que lo comuniquen por escrito a su patrón, a más tardar el 31 de diciembre de 2011. Al presentar el escrito, el patrón ya no hará el cálculo del impuesto de ese trabajador, permitiendo que este haga el cálculo por su cuenta en su declaración anual y pueda así aplicar las deducciones personales que, en su caso, le puedan resultar en un saldo a favor del Impuesto sobre la Renta. PRÁCTICAS FISCALES INDEBIDAS El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet www.sat.gob.mx, un comunicado que indica que el Gobierno Federal, a través de la Procuraduría General de la República (PGR) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), obtuvo auto de formal prisión contra los directivos de la empresa Promotora Indios, S.A. de C.V., por prácticas fiscales indebidas en el uso de esquemas de sustitución laboral, conocidos como “outsourcing” -consiste en que una empresa contrata, a una agencia o firma externa especializada, para hacer algo en lo que no se especializa, en este caso la nómina, con el objeto de reducir los costos laborales y evitar problemas laborales-. CRECE NÚMERO DE CONTRIBUYENTES El número de contribuyentes se incrementó en 50.0 por ciento respecto a 2006, nos dice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que hasta el mes de septiembre de 2011 el padrón totalizó 36.2 millones de causantes activos. La SHCP precisa que se tuvo un incremento de 2.7 millones de nuevos contribuyentes, es decir, un aumento de 8.2 por ciento respecto a 2010, resultado de la incorporación de 2.4 millones de nuevos asalariados, 285 mil personas físicas y 74 mil empresas. REVISIÓN ISR 2009 A ver qué medidas considera el SAT para evitar la saturación de citas para atender a las “invitaciones” enviadas a contribuyentes detectados que no han enterado ingresos afectos al ISR durante el ejercicio 2009, o que tienen que aclarar la discrepancia entre los ingresos declarados al fisco y los recibidos en sus cuentas bancarias. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.

2 de diciembre de 2011

DEDUCIBLES LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS IMPRESAS?

DEDUCIBLES LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS IMPRESAS? Y es que, en efecto, la publicidad que se sigue dando en materia de facturación electrónica, en su mayoría por empresas que pareciera que, a como dé lugar, desean vendernos sus diversos productos relacionados con la misma, lo confirma. Para muestra un botón, aquí les comparto un ejemplo de cierta publicidad que en estos días anda circulando por email y que hasta en periódicos, en planas completas, han publicado. Pero si aún se tienen dudas, basta consultar con la misma autoridad quien en diversos documentos ha señalado que es válida la versión impresa para deducción y acreditamiento tal como se aprecia dentro del apartado de preguntas frecuentes en la página del SAT. Si se emite una Factura Electrónica, pero el cliente no quiere recibirla en formato electrónico, ¿Qué documento se le puede entregar para cumplir con la obligación de expedir y entregar Facturas Electrónicas? Se le podrá proporcionar la representación impresa de la Factura Electrónica. ¿Cuál es el documento que puedo utilizar para deducir o acreditar fiscalmente, conforme al nuevo esquema de facturación electrónica? Los contribuyentes podrán realizar las deducciones o acreditamientos correspondientes, utilizando el archivo digital que contenga el comprobante fiscal digital (XML) o bien, su representación impresa, cuando ésta cumpla con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal mediante reglas de carácter general. (Fundamento legal.- Artículo 29, fracción V tercer párrafo del CFF, en vigor a partir del 1 de enero de 2011, reglas II.2.5.1.3., II.2.7.1.5., II.2.7.2.5. de RMF para 2011). ¿Es obligatorio que el emisor de facturas electrónicas ponga a disposición de sus clientes el archivo XML o es suficiente con entregar únicamente la representación impresa? Los emisores de facturas electrónicas están obligados a poner a disposición de sus clientes receptores el archivo XML. Sólo si el receptor lo solicita, deberán entregar la representación impresa adicionalmente o en sustitución del XML. Conforme a lo establecido, mi estimado y preocupado contribuyente, la representación impresa de la factura electrónica es válida para deducir o acreditar fiscalmente la adquisición de bienes o soporte de gastos. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.