CPC Felipe A. Ortiz Benavides, análisis de temas Fiscales, Contables, Financieros desde Tepic, Nayarit.
2 de diciembre de 2011
DEDUCIBLES LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS IMPRESAS?
DEDUCIBLES LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS IMPRESAS?
Y es que, en efecto, la publicidad que se sigue dando en materia de facturación electrónica, en su mayoría por empresas que pareciera que, a como dé lugar, desean vendernos sus diversos productos relacionados con la misma, lo confirma.
Para muestra un botón, aquí les comparto un ejemplo de cierta publicidad que en estos días anda circulando por email y que hasta en periódicos, en planas completas, han publicado.
Pero si aún se tienen dudas, basta consultar con la misma autoridad quien en diversos documentos ha señalado que es válida la versión impresa para deducción y acreditamiento tal como se aprecia dentro del apartado de preguntas frecuentes en la página del SAT.
Si se emite una Factura Electrónica, pero el cliente no quiere recibirla en formato electrónico, ¿Qué documento se le puede entregar para cumplir con la obligación de expedir y entregar Facturas Electrónicas?
Se le podrá proporcionar la representación impresa de la Factura Electrónica.
¿Cuál es el documento que puedo utilizar para deducir o acreditar fiscalmente, conforme al nuevo esquema de facturación electrónica?
Los contribuyentes podrán realizar las deducciones o acreditamientos correspondientes, utilizando el archivo digital que contenga el comprobante fiscal digital (XML) o bien, su representación impresa, cuando ésta cumpla con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal mediante reglas de carácter general.
(Fundamento legal.- Artículo 29, fracción V tercer párrafo del CFF, en vigor a partir del 1 de enero de 2011, reglas II.2.5.1.3., II.2.7.1.5., II.2.7.2.5. de RMF para 2011).
¿Es obligatorio que el emisor de facturas electrónicas ponga a disposición de sus clientes el archivo XML o es suficiente con entregar únicamente la representación impresa?
Los emisores de facturas electrónicas están obligados a poner a disposición de sus clientes receptores el archivo XML. Sólo si el receptor lo solicita, deberán entregar la representación impresa adicionalmente o en sustitución del XML.
Conforme a lo establecido, mi estimado y preocupado contribuyente, la representación impresa de la factura electrónica es válida para deducir o acreditar fiscalmente la adquisición de bienes o soporte de gastos. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.
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