-LA CORTE SUPREMA HACE FUERTE A LOS MUNICIPIOS-
El Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados Justos y Ordenados de Nayarit (CARAJO), en su Área de Estudios Sesudos sobre Inequidades Fiscales y Actuales, nos presenta una reflexión a través de la Lic. Climateria del Tallo Verdeamarela, -oriunda de Cocunohay, donde las palmeras mueren de ver tanta flojera-, nos platica que en la Avenida de las 102 Palmeras –legalmente denominada Juan Pablo II- aquí en Tepehuas del Río de las Aguas Claras, -cuya especie es Palmera Real de Cuba y se caracteriza por conformar un capitel liso, verde dispuesto sobre un tallo único poco anillado, casi liso, de color gris blanquecino-, huele a desarrollo, a empleo; estas 102 palmeras de porte majestuoso, son testigo de la transformación diaria de la avenida de tono singular a un tono de corte empresarial, la apertura continua de negocios es notable, claro, existe un tronco –que no se nota en el paisaje- y no se sabe el porqué de su situación, si fue por un rayo o por la voluntad manifiesta de su naturaleza; vengan pues mas negocios y por ende más empleos en cafés, heladerías, bares, negocios de alimentos, escuelas, galerías, servicios financieros y profesionales, farmacias, abarrotes; la también llamada Av. Jacarandas es ejemplo del ritmo económico que requiere nuestro Estado para su desarrollo y que la vida no nada más se encuentra a un costado por la calle Country Club, sigamos dignificando la imagen de Tepehuas. Asimismo, la Lic. Del Tallo Verdeamarela, nos comunicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció un antecedente importante para las finanzas de los Estados, al resolver un juicio de amparo entre el IMSS y el gobierno de Guanajuato con relación al Impuesto sobre Nóminas que genera el pago a sus trabajadores, y considerar que el IMSS no está exento del pago de dicha contribución. Con este criterio, Nayarit, está en condiciones de ejercer dicho cobro porque así lo contempla el artículo 15 de su Ley de Hacienda; pero no cunde el ejemplo de equidad en el pago –como dijo Clavillazo… momento!! La cosa es pareja!!-, ya que no obstante que entró en vigor el primero de Enero de este 2009, ni la federación, ni el estado ni municipios se han puesto al corriente con esta obligación –estimación del CARAJO, indica que en 5 meses Nayarit ha dejado de percibir cerca de 1,000 millones de pesos por Impuesto sobre Nóminas-. Se espera que afecte también al Poder Judicial, ya que la Corte analizaba la posibilidad de que tanto ellos, como el Consejo de la Judicatura Federal y todos los juzgados y tribunales federales del país dejaran de pagar dicho impuesto. En otro aspecto pero similar, sorprendió una resolución de la misma Suprema Corte, al determinar que los inmuebles del dominio público federales, de los tres poderes, no están exentos del pago de agua y del servicio de alcantarillado; y afectará a la propia Corte y al Poder Judicial de la Federación que encabezan, el máximo tribunal del país determinó que la Constitución, en su artículo 115, sólo exenta a los inmuebles del gobierno federal del pago del impuesto predial. La Corte se negó a amparar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT), los cuales pretendían no pagar el servicio de agua y alcantarillado que les brindan los municipios de Guadalupe, Nuevo León, y de Culiacán, Sinaloa, respectivamente. Con el criterio que adoptó, la Corte estableció las bases que servirán para proteger a los municipios y garantizar que pueden cobrar el servicio de agua potable y de alcantarillado que le brinden a las dependencias del gobierno federal. –Sabían mis cinco lectores, que una delegación en Tepehuas está pagando una cuota doméstica por concepto de agua?- Por último, se destaca una reforma al artículo 44 de la ley del IMSS, al establecer que “cuando el trabajador asegurado no esté conforme con la calificación que del accidente o enfermedad haga el Instituto de manera definitiva, podrá interponer el recurso de inconformidad”. Bienvenido el Verano. En Nayarit podemos. Si podemos…
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