CERTEZA
FINANCIERA
C.P.C. FELIPE
ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT
BENEFICIOS FISCALES A NAYARIT
-AFECTADOS HURACÁN WILLA-
El CARAJO –Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados
Justos y Ordenados- de Nayarit, en su área de estudios fiscales encabezada por
Austericio Delgado, informa que el pasado 28 de noviembre de 2018 aparece en el
Diario Oficial de la Federación un decreto que dicta y dota beneficios fiscales
a contribuyentes de 8 municipios nayaritas; Acaponeta, Huajicori, Del Nayar,
Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpan… señala que no entra la
Federación, el estado de Nayarit, las administraciones municipales ni sus
organismos descentralizados.
· La finalidad es reactivar la planta productiva y
preservar fuentes de empleos, además de que cuenten con liquidez los
contribuyentes, estos deben tener su domicilio fiscal, sea sucursal, agencia u
otro establecimiento en las zonas afectadas. La duración de este decreto es de
148 días con vigencia desde el 28 de noviembre hasta el 24 de abril de 2019.
· Exime de la OBLIGACIÓN de efectuar pagos provisionales de
ISR de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, cuarto trimestre de
2018 y tercer cuatrimestre de 2018; aplica Personas morales del título II y
Personas Físicas del Capítulo II, Sección I y del Capítulo III, del Título IV
(empresas, personas físicas con actividad empresarial y profesional, y
arrendamiento);
·
Asimismo, para los contribuyente Régimen de Incorporación
Fiscal RIF se DIFIERE la obligación de declarar 5° y 6° bimestre para
presentarse en Febrero de 2019.
· Las inversiones en bienes nuevos efectuadas entre el 24
de octubre de 2018 al 24 de abril de 2019 que sean utilizados en la zona
afectada, se deducirán en un 100%. No aplica a mobiliario y equipo, Automóviles
(camionetas si aplica) entre otros bienes.
·
Tratándose del IVA e ISR retenido pagado por salarios –se
amuelan las retenciones de los asimilados, no entran- de los meses de octubre,
noviembre y diciembre, estos se enterarán en 2 parcialidades… una en Enero y la
otra en febrero de 2019, actualizadas mas SIN recargos. Y el tomar
parcialidades les exime de cumplir con la garantía del interés fiscal.
· Las actividades primarias (agrícola, ganadera, pesquera,
silvícolas durante el 2º semestre podrán presentar mensualmente declaraciones
de IVA. Se afirma que no cae en incumplimiento que le haga caer fuera de esta
prestación.
·
Quien haya celebrado convenios de pago en parcialidades,
podrán recorrer hasta el mes de enero de 2019 el pago de octubre y así
sucesivamente. Para saber más
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5544996&fecha=28/11/2018
Austericio, señala que los contribuyentes de la zona
afectada del Norte de Nayarit tienen la posibilidad de tomar “aire” en cuanto a
sus responsabilidades fiscales, pero no significa condonación alguna de
impuestos, sólo condonación de accesorios por no presentación de pagos
provisionales, definitivos y retenciones del mes de octubre.
Austericio Delgado, se une al beneplácito de estas
medidas gestionadas por el gobierno estatal, y deseando se complementen con
programas de financiamiento a tasas bajas y a fondo perdido en casos especiales
por parte del gobierno federal.
En Nayarit podemos, si podemos! Contacto: acpalfredoortiz@gmail.com / http://certezafinanciera.blogspot.com / Twitter: @FELIPEORTIZ Dr.
Martinez Ote #51 Col. San Antonio en Tepic, Nayarit.
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