12 de julio de 2012

DE NUEVO AL REDIL? LA REFORMA BELTRONES


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES/Tepic, Nayarit
DE NUEVO AL REDIL? LA REFORMA BELTRONES
“Si tu ambición es incrementar los impuestos, antes disminuye tu pretensión y o avidez de gastar más a lo que te ingresa hoy”.

Ahora con el resultado electoral, y a falta de ratificación por parte del Tribunal Electoral, en los rincones de la Finca de los Compromisos se sienten los aires de los protagonistas, y el seguro taconeo en las escaleras del Aprisco de las Confrontaciones por parte de M.F. Beltrones Rivera, y se perfila que volverá al Redil de las Discusiones aquella propuesta que el 10 de marzo de 2011, presentó el PRI en el Senado de la República, como proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del ISR, del IVA y unos Derechos; del Código Fiscal de la Federación y abrogar la Ley del IETU. Se funda en cuatro ejes rectores y que vale la pena tenerlos bajo escrutinio:

a)    Ampliar la base de contribuyentes;
b)    Disminuir las tasas impositivas en los niveles de bajos ingresos;
c)    Reformar o derogar normas, legales o reglamentarias, que propician la elusión y evasión fiscales; y
d)    Elevar los niveles de recaudación, y en el mediano y largo plazos alcanzar niveles suficientes para atender los requerimientos del gasto público, que de inmediato deberá ser reordenado en sus objetivos, ser eficiente en su aplicación y transparente para fines de rendición de cuentas ante la sociedad.

El resumen contenido de aquella propuesta es la siguiente:

Se propone en el IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR):
Modificar el Título II de la Ley del ISR, cuyos preceptos regulan el régimen de las actividades empresariales de las personas morales, con base en lo siguiente:
a)  Sustituir el régimen de devengado por flujo de efectivo. Esto significa que se elimina el ingreso acumulable cuando facturamos, y lo que vale es cuando se cobra un derecho o se paga una obligación.
b)  Disminuir, gradualmente, la tasa nominal para personas morales, hasta ubicarla en 25% (30% en 2011 y 2012; 27% en 2013; 26% en 2014; hasta llegar en 2015 al 25%).
c)   Integrar en el ISR los elementos más importantes del impuesto empresarial a tasa única, abrogando este último.
d)  Establecer un régimen opcional de tributación simple para las personas morales y las personas físicas que realicen actividad empresarial, con ingresos anuales de hasta 20 millones de pesos, consistente en aplicar una tasa reducida del 5% sobre el total de ingresos percibidos, sin deducción alguna. En el caso de los productores rurales, ese sistema simplificado aplicaría para aquellos con ingresos anuales de hasta 4 millones de pesos, con una tasa reducida de 3 por ciento sobre los ingresos totales percibidos, igualmente sin deducción alguna. Esta propuesta resulta una simplificación tremenda, al considerar la base de ingresos y la aplicación de tasas fijas sobre ellos.

Se propone en IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (IETU):
La abrogación de dicho impuesto llevando como un gasto no deducible al ISR el valor de la nómina exenta de este último gravamen.

Se propone en el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA):
a) Establecer una devolución garantizada de tres puntos de tasa sobre la general del 16%, recuperable para quienes adquieran bienes o servicios en el mercado formal.
b) Eliminar la tasa del 11% para la región fronteriza.
c)  Establecer una canasta básica alimentaria sujeta a tasa del cero por ciento.

Se propone en el CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (CFF):
a)    Establecer una vía de justicia expedita y eficaz (Justicia de ventanilla).
b)    Que la información derivada de las devoluciones del IVA no pueda ser utilizada para fines de fiscalización.

En materia de la LEY FEDERAL DE DERECHOS (LFD) se propone:
Establecer un esquema gradual aplicable a lo largo del 2014 al 2016, para que Petróleos Mexicanos Exploración y Producción, pueda reflejar entre los factores de costo deducibles, para fines del pago de derechos, el costo en que se incurra por las inversiones que realice para la exploración, recuperación secundaria y mejorada, así como para el mantenimiento de las instalaciones productivas.

En aquel entonces, ese decreto pretendía entrar en vigor el día 1º de enero del año 2013. Esperemos que las “recomendaciones” del Fondo Monetario Internacional, no nos pegue en la torre como ocurrió el día de ayer en España, aunque las circunstancias de México, en nada se parece al escenario español, por lo menos en el mediano plazo. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com

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