C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
TAMALES FISCALES
En esta colaboración resaltaré la celebración del Día de la Candelaria -2 de febrero- en México con una tamaliza fiscal sin champurrado debido a la cuesta de Enero que se prolonga hasta Febrero.
TAMAL DE PIÑA: El 30 de Junio de 2010, se publicó un decreto en el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, mencionando únicamente los contribuyentes que se encuentren en lo establecido por el artículo 32-A, primer párrafo, fracción I del CFF podrán optar por no presentar su dictamen fiscal.
No podrán acceder a los beneficios las donatarias, las empresas en fusión y escisión, las entidades de la administración pública federal –referidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales- así como las que formen parte de la administración pública estatal o municipal; tampoco los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país. Tampoco pueden acceder a los beneficios del Decreto las sociedades que consoliden para efectos fiscales, pues el artículo 65, primer párrafo, fracción II de la LISR vigente en 2010, les impone la obligación de dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales.
Por lo tanto, si el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos antes señalados deberá elegir la opción NO en el campo INDIQUE SI OPTA POR PRESENTAR LA INFORMACIÓN ALTERNATIVA AL DICTAMEN DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO DEL 30 DE JUNIO DE 2010 del formulario 18, 19, 20 o 21 según corresponda.
TAMAL DE POLLO: La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila a declarar la constitucionalidad de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), que entró en vigor en 2008 y fue impugnado por diversas empresas. Por unanimidad, el Pleno negó dos amparos esta semana promovidos contra el estatuto. El IDE grava los depósitos bancarios en efectivo que sobrepasan los 15 mil pesos mensuales y que se acumulan en las cuentas de los cuentahabientes. Uno de los juicios de garantías discutidos y negados lo interpuso la empresa Costco de México. En octubre de 2009, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del Impuesto de Depósitos en Efectivo (IDE), que comenzó a gravar a partir de 2010, con 3.0 por ciento los depósitos superiores a 15 mil pesos, sustituyendo a la tasa impositiva de 2.0 por ciento y la aplicación sólo a los depósitos bancarios superiores a los 25 mil pesos. Uno de los objetivos de esta reforma, es captar a un mayor número de personas que laboran en la economía informal y que no pagan impuestos.
La SCJN mencionó que el IDE no viola las garantías de legalidad y de seguridad jurídica, fundamentación y motivación contenidas en el artículo 16 constitucional y que respeta el principio de proporcionalidad tributaria. Indicó que el IDE, primero, recae directamente sobre las personas que realizan el hecho imponible; segundo, grava una manifestación aislada de riqueza, pero no toma en consideración la totalidad del patrimonio del contribuyente; y tres, constituye un impuesto de control, principalmente del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR), y se trata de un impuesto que gravita sobre una manifestación aislada de riqueza. Y por otro lado, resultaría un contrasentido que el impuesto pretenda gravar las cantidades depositadas respecto de las cuales se desconoce su procedencia, y para respetar el principio de proporcionalidad tributaria, se exigiera precisamente tomar en consideración aspectos relacionados con la procedencia de los recursos depositados, máxime cuando el objeto económico gravado por el legislador constituye una riqueza estática, consistente en las cantidades ahorradas. La SCJN abordará 4 amparos más que impugnan preceptos del IDE.
TAMAL OAXAQUEÑO: Dando seguimiento a los buenos resultados que ha presentado en materia de transparencia fiscal hasta el 2010 el gobierno de Nayarit, extrañamente han aflojado el paso al no publicar hasta el día de hoy la cuenta pública general del trimestre Julio-Septiembre de 2010. A seguir en el mismo nivel.
TAMAL DE CAMARÓN: En la visita el día de ayer a Tepic, del Secretario de Energía, José Antonio Meade Kuribreña, ponderó el crecimiento en los últimos 4 años en Nayarit del número de usuarios de electricidad en un 18% y de la capacidad instalada de generación en más del 78%, impactando en la creación de 3,800 empleos; y la inversión de más de 18,000 millones de pesos específicamente en la presa La Yesca. Vaya que debemos destacar el nivel de inversión federal en materia energética, falta aterrizar la gestión en disminuir el precio de la electricidad en los nayaritas para asimilar los beneficios de dicha inversión. En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.
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