2 de septiembre de 2009

LOS EJIDOS Y LOS IMPUESTOS

-PRIMERA PARTE ½-

Nayarit, se caracteriza porque su esquema de producción agrícola está basado en superficies conglomeradas en ejidos en su mayoría, aun cuando existe la pequeña propiedad, la pulverización de parcelas cuyos derechos tienen los ejidatarios, hace casi imposible el desarrollo al nivel de primer mundo en el que debe estar colocado Nayarit, aun con la riqueza existente en agua para su riego y el alcance de la mecanización de sus procesos, topa con la falta de organización de los ejidatarios maniatados por el elemento político –grillero pues- sobre el enfoque empresarial; malas cosechas, bajos rendimientos, recursos a destiempo, falta de apoyo técnico, de asesoría fiscal-administrativa, y sobre todo la batalla día a día contra la Corrupción que aqueja a este sector desde hace varios lustros. Los artículos 25 y 27 de la Constitución Política Mexicana, indica que compete al Estado el fortalecimiento y desarrollo de la vida comunitaria de los ejidos, con el propósito de proteger la tierra para el asentamiento humano y regular su aprovechamiento, de los bosques y aguas de uso común, y aterrizar las acciones de fomento necesarias para elevar el nivel de vida de estos sectores de la población –se cumplirá dicho mandato?-. Asimismo, la Ley Agraria en sus artículos 9,11,12, y 14 señala que los Ejidos se conforman con el conjunto de hombres y mujeres titulares de los derechos sobre el mismo, tienen personalidad jurídica, patrimonio propio y son propietarios de las tierras dotadas o las adquiridas por cualquier otro título, cuya actuación queda regulada en su reglamento interno inscrito en el Registro Nacional Agrario sin oponerse a la referida Ley. En concreto el Ejido se creó como un modelo netamente agrícola, cuyo propósito inicial era el autoconsumo, ahora, es permitido adoptar diferentes formas de organización para realizar sus actividades, dichas formas determinarán si son sujetos al pago de los impuestos. Las tierras ejidales por su destino, pueden ser: 1) Para el asentamiento humano, 2) De uso común y, 3) Parceladas. Las primeras son aquellas que integran el área necesaria para el desarrollo de la vida comunitaria del ejido –zona de urbanización, fundo legal del ejido, parcela escolar, unidad agrícola industrial de la mujer, unidad de productividad para el desarrollo integral de la juventud-. Las de uso común son, a) Las que la asamblea no ha reservado para el asentamiento humano, b) Las que no han sido parceladas y c) las clasificadas expresamente. Por último, las Parceladas que son aquellas delimitadas para constituir una porción de aprovechamiento individual sujeta al ejercicio de derechos agrarios de aprovechamiento, uso y usufructo. Existen formas de organización como uniones, asociaciones rurales de interés colectivo, sociedades de producción rural, sociedades de solidaridad social. Los ejidos presentan irregularidades en su tratamiento fiscal, observemos:

Impuesto sobre la Renta (ISR). No causan impuesto sus ingresos por actividad agropecuaria o silvícola hasta 20 veces el salario mínimo elevado al año. Por otro tipo de ingresos están gravados.

Impuesto predial. En las transmisiones de propiedad se dan rezagos en su regularización al dárseles un tratamiento especial en la legislación del estado de Nayarit.

Usufructo o arrendamiento. Es común observar cómo se rentan parcelas sin manifestarlas al fisco. A cambio de percibir beneficios del Procampo.

Enajenación de parcelas. Continuamente se realizan transmisiones irregulares, aun cuando están exentos de pagar impuestos.

IETU –Impuesto Empresarial a Tasa Única-. Están exentos hasta los montos y facilidades previstas en la Ley del ISR, estando inscritos en el RFC.

Estoy convencido que es necesario orientar a este sector tan importante en Nayarit, que carece de asesoría y apoyos económicos, siempre en la mira de botines políticos, ignora la visión común de que Nayarit puede ser y confío será una potencia agrícola. Pero es necesario llevar organización al campo. En la ley actual ya no se contempla la obligatoriedad del Estado para dotar de tierras a personas o núcleos de población, ahí la razón de la idea de desaparecer la Secretaría de la Reforma Agraria. Hoy no hay Descuadre ni Cuadre. En Nayarit podemos, si podemos.

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