17 de septiembre de 2009

EL COCO Y SU LETRA PEQUEÑA --O IMPUESTO CONTRA LA OBESIDAD?-

Toda propuesta fiscal conlleva al inicio una etapa de asimilación del impacto, y se comprende el objetivo de ella, se ha publicitado en lo general los porcentajes y modificaciones en la tasa de impuesto; sin embargo, que dice la letra pequeña? Es decir, aquellas disposiciones insertas en el articulado de cada ley y que tiene efectos en los gravámenes al extender los actos o base. En principio propongo que el nombre de COCOcontribución para el combate a la pobreza- se denomine IQUECOMOimpuesto que combate la obesidad-, que generaría una percepción positiva por atacar a los panzones, es decir, un impuesto adicional para comer menos y así la aceptación sería general por el beneficio inmediato que conlleva, hacer de los mexicanos una “raza” musculosa menos bule! Por otra, se argumenta que el éxito de este tipo de impuesto se tiene en Chile, y con esos recursos se apoya el programa “Sistema Chile Solidario”y “Plan Auge”, o sea, en México quizás se promueva un cambio de nombre de Oportunidades y llamarle, Solidaridad con el Chile, al programa Rosa llamarle, no… mejor así lo dejamos. En el mismo tenor, el COCO, establece en su artículo 9 del capítulo III, que no se pagará el impuesto en la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes –con contenido mínimo de oro de un 80%-, y tampoco se pagará por la venta de el suelo, bienes muebles usados –excepto por los enajenados por empresas-, moneda, partes sociales, acciones, certificados de participación inmobiliarios, lingotes de oro a un 99% de contenido, enajenación de bienes por Pitex, intereses que cobren y paguen los bancos, rendimientos de operaciones financieras y claro!! Servicios a sus miembros de partidos políticos, sindicatos, cámaras y agrupaciones agropecuarias, pesqueras o silvícolas, colegios profesionales, asociaciones o sociedades civiles científicas o culturales y en exportaciones. Pero, porque si se pagará el COCO? Aquí vamos, por la venta de animales y vegetales, medicinas de patentes y productos destinados a la alimentación, agua y hielo, ixtle, palma, lechuguilla, maquinaria y equipo agrícola, fertilizantes y plaguicidas, invernaderos hidropónicos y equipos de irrigación, libros, periódicos y revistas y derechos de autor, embarcaciones; y se pagará por la prestación de servicios agropecuarios y pesqueros, molienda o trituración de maíz o de trigo, pasteurización de leche, sacrificio de ganado y aves, agua de uso doméstico, así como la renta de maquinaria y equipo agrícola. Anteriormente exentas, ahora se gravará la venta de casa habitación! y de hoteles, billetes y premios de loterías, sorteos y concursos, comisiones y pagos por créditos hipotecarios, comisiones y servicios que cobren las AFORES, las escuelas, el transporte público terrestre de personas, seguros agropecuarios y de vida, comisiones de agentes de seguros, intereses pactados entre particulares, –ojo- intereses que provengan de créditos hipotecarios, e intereses de tarjetas de crédito, espectáculos públicos, servicios médicos, servicios médicos del gobierno. En fin, se trata de romper un paradigma impensable! Qué todas las actividades económicas contribuyan a cubrir e impulsar el desarrollo social!. Recuerden el impacto que tendrá el ISR sobre intereses al proponer un cambio en el esquema de retención por la banca y otros del sistema financiero mexicano, de un .85% sobre el total de intereses cambia a un 0.65% sobre el importe de la inversión. Es contradictoria la situación financiera de México, baja recaudación, altos impuestos, raza política acomodaticia, altos índices de corrupción, baja productividad laboral, excesiva burocracia, baja inversión en educación… ufffff… saldremos adelante. Lo anterior escrito se dará solamente que se apruebe la Ley del COCO. En Nayarit podemos, si podemos.

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