Reforma laboral: Outsourcing, al orden
Fuente: Excélsior... Leticia Robles de la Rosa, Andrés Becerril, Ivonne Melgar, Jorge Ramos, Jaime Contreras y Juan Pablo Reyes
CIUDAD DE MÉXICO, 26 de septiembre.- Bancos, hoteles, restaurantes, clubes deportivos, oficinas de los tres órdenes de gobierno y en los tres Poderes de la Unión, agencias de viajes, hospitales y universidades han contribuido al crecimiento de las outsourcing o empresas de subcontratación que, sólo en 2008, ayudaron a 33 empresas a evadir 22 mil millones de pesos al fisco, sin que exista un cálculo oficial del incumplimiento del pago de cuotas al Seguro Social.
Por ello las outsourcing constituyen uno de los atractivos de la propuesta de reforma laboral del presidente Felipe Calderón, pues gobierno, sindicatos, empresarios, legisladores, especialistas y organismos internacionales están interesados en regularlas para sacar de la clandestinidad a por lo menos dos mil 300 empresas de este tipo.
El consenso sobre la necesidad de regularlas, pues se reconoce que han contribuido al deterioro de la calidad del empleo, es parte de los puntos neurálgicos de la discusión sobre el futuro laboral.
Si bien el Presidente y el PAN se limitan a una redacción general para regularizarlas, los sindicatos, abogados laborales y partidos se afanan por plasmar de manera expresa, sin confusiones, las obligaciones de estas empresas, calificadas como modernas esclavizadoras de trabajadores.
Este tipo de empresas ha crecido aceleradamente en los últimos 20 años en México, al grado de que hasta el mismo gobierno de Calderón decidió crear en abril de 2008 su propia compañía de subcontratación, Fonatur Mantenimiento, y ligar contratos con oficinas de gobierno, a las que les ofrece servicios de limpieza y mantenimiento especializado.
Los clientes de Fonatur Mantenimiento son Fonatur Operadora, las secretarías de la Reforma Agraria, Salud, Agricultura, Medio Ambiente, Turismo y Energía, y el Centro Nacional de las Artes; la Universidad del Caribe, el Parque Ecológico Copalita, el IMPI, Financiera Rural, Registro Agrario Nacional, tres cadenas hoteleras, una televisora privada, los gobiernos de Chiapas y Guanajuato y el Senado de la República.
No es ilegal, dice la STPS
Rosalinda Vélez, secretaria del Trabajo, asegura que “la legislación laboral no impide la subcontratación en cualquier actividad productiva. Sin embargo, ésta ha sido usada indebidamente para evadir el cumplimiento de las obligaciones patronales en detrimento de los derechos de los trabajadores, entre otros, el de la seguridad social.
“Es como el colesterol: hay colesterol bueno y hay colesterol malo. Hay empresas que llevan perfectamente sus registros de los trabajadores, que cumplen con las obligaciones que les corresponden, llevándolos a la seguridad social y en la formalidad. Sin embargo, efectivamente, hay empresas que han abusado de esta figura, se han aprovechado de que no existe un marco que la regule adecuadamente, e incumplir con las obligaciones.”
Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente del CCE, cree necesario “regular el outsourcing para terminar con la simulación jurídica de quienes hacen mal uso de esta figura, perjudican al trabajador y al Estado, porque no pagan prestaciones ni impuestos.
“Por eso nosotros hemos insistido en la regulación del outsourcing en favor del trabajador y del Estado mexicano, porque la verdad es que el empresario no tiene beneficio, pero nos interesa que los trabajadores tengan todas las prestaciones de ley, el Estado mexicano reciba los impuestos correspondientes y nosotros podamos tener esos empleos en la economía formal.”
Tomás Natividad Sánchez, de la Coparmex, comenta que “todas las reglamentaciones del outsourcing van orientadas a evitar simulaciones, incluso se estimará doloso al patrón que contrate a una sola persona en varias figuras, que declara menos salario del que paga, o sea, todo esto va en protección de los trabajadores”.
Jorge Dávila Flores, presidente de la Concanaco-Servytur, urge a que en México haya una ley laboral que “tenga flexibilidad en contratos, un límite para los salarios caídos, que sea orientada a la generación de empleos, a la negociación de los conflictos obrero-patronales, no para beneficio de quienes litigan en las juntas locales y federal”.
Carlos de Buen, abogado laboral, dice que “el outsourcing no es negativo per se, pues siempre ha habido generación o prestación de servicios fuera de la empresa, pero lo que desde hace años ha proliferado es que se use para imponer de patrón a quien en realidad no lo es”.
Fernando Salgado, de la CTM, añade que “no estamos hablando de legalizar una práctica ilícita, sino de darle cauce a una práctica que existe; la subcontratación ya está en la ley. Se trata de adecuar lo existente para que la subcontratación no se use para dañar o que se pierdan los derechos de los trabajadores y haya más responsabilidad de las partes”.
Thomas Wissing, de la Organización Internacional del Trabajo, opina que “en la medida en que se logre que en las reformas se acoten bien estos fines y se aclaren bien cuáles son las corresponsabilidades de la empresa que se beneficie finalmente del servicio, no vería ningún problema. Hay que asegurar esos principios y evitar que nóminas completas de empresas de servicios pasen a la subcontratación para evitar el respeto a los derechos de los trabajadores o el pago de prestaciones sociales”.
Héctor Barba, de la Unión Nacional de Trabajadores, afirma que los empleados en outsourcing “tienen una existencia precaria y cuando se advierte un intento de sindicalización, se disuelven y crean otra empresa”, y dejan en el aire a los trabajadores.
Tipos de contrato
El Seminario Permanente de Estudios de Trabajos Atípicos de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) explica que hay varios tipos de outsourcing.
Hay empresas que contratan personal, la mayoría sin preparación académica, muy joven o muy adulta, pero laboralmente necesitada y vulnerable, a quienes les ofrecen el salario mínimo por labores de limpieza y mantenimiento; éstas venden el servicio a otras empresas, quienes los contratan en paquete. Y en eso consiste el negocio, que la empresa intermediaria se queda con una parte del salario de esos trabajadores y a la mayoría no les da ningún tipo de seguridad social.
Hay otras outsourcing más serias, que sí pagan al menos la cuota del Seguro Social a sus trabajadores, aunque los despiden con frecuencia para que no generen ningún tipo de derechos laborales; hay otras que se dedican a reclutar personal especializado para bancos, laboratorios y todo tipo de personal a nivel de toma de decisiones, que trabajan para grandes empresas, pero no pertenecen a éstas, por lo cual las ganancias de sus contratantes están libres de pagos de impuestos y prestaciones sociales.
Según la Asociación de Empresas de Capital Humano existen alrededor de tres mil outsourcing, de las cuales sólo 23%, es decir 693, son formales y forman parte de esta agrupación; el resto son irregulares y las hay hasta clandestinas.
Preferente
La propuesta de Calderón
La iniciativa preferente en materia laboral, enviada al Congreso por el presidente Felipe Calderón, establece que las empresas que contraten outsourcing serán solidarias con los trabajadores contratados.
Define que “el trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista o subcontratista ejecuta obras o presta servicios con trabajadores bajo su dependencia, en favor de otra persona física o moral que resulta beneficiaria de los servicios contratados, la cual fija las tareas a realizar y supervisa el desarrollo de los servicios o ejecución de obras contratados.
“El contrato que se celebre entre la persona física o moral que resulte beneficiaria de los servicios y un contratista o subcontratista que ponga a su disposición trabajadores, deberá constar por escrito.
“La empresa beneficiaria deberá cerciorarse que la contratista o subcontratista cuenta con elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores.
“La empresa beneficiaria de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista o subcontratista cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, respecto de los trabajadores de esta última. Lo anterior, podrá ser cumplido mediante una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada.
“Se presumirá, salvo prueba en contrario, que se usa el régimen de subcontratación en forma dolosa, cuando con el objeto de simular salarios y prestaciones menores, las contratistas o beneficiarias de servicios tengan simultáneas relaciones de trabajo o de carácter mercantil o civil, respecto de los mismos trabajadores. Quienes incurran en esta conducta serán sancionados en términos del artículo 1004-C de esta Ley.
“A quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general.”
Diputados del PRD rechazaron todo este apartado, mientras que el PRI presentó una redacción alterna en la que se expresa claramente que las empresas deben pagar y garantizar antigüedad, seguridad social, salud y retiro a sus trabajadores, y las beneficiarias deben verificar que así sea.
Contratación
Lo importante, “tener trabajo”
Aunque su principal ingreso proviene de ejercer como chofer al servicio de un pequeño empresario, que va de mil a mil 500 pesos semanales, la vida le ha enseñado a don Lupe que si no se mueve no sale en las estampitas.
Por eso trabaja “de lo que se puede”, limpiando boilers, reparando lavadoras o cambiando llantas. De lo que sea.
Escéptico de todo y de todos, Guadalupe Pérez pregona a sus casi 60 años que vienen tiempos negros para un México que quiere mucho, pero que no sabe cómo hacer para ayudar, porque lo que ha venido de la autoridad últimamente más bien lo ha afectado que beneficiado, “y eso nos jode, pero mi trabajo es el que me ha sacado adelante”.
Por eso, cuando le preguntas sobre eso de la iniciativa presidencial en materia de trabajo, se ríe y establece que “es una jalada” que favorecerá “sólo a los riquillos” que mañana o pasado, sin duda, “tendrán puestazos en el gobierno”.
A partir de su experiencia, adoptando una postura del que lo sabe casi todo, “o si no lo invento”, Guadalupe casi grita sus exigencias: “Más escuelas y trabajo”, pero ya no para él, sino para sus nietos, y apuesta “doble contra sencillo” a que Enrique Peña Nieto no tendrá un gobierno que realmente “nos saque de jodidos”, como tampoco lo hizo Felipe Calderón.
Lupe tiene mujer e hijos. Y cansancio. Tiene problemas de hipertensión y fuertes dolores estomacales constantes. Pero este trabajador no se amilana en eso de ir tras “el pipirín”. Si la reforma laboral es buena o no, le tiene sin cuidado. Quiere seguir trabajando y que cuando se muera, claro, “que haya Coca Cola para todos. ¡Sí, señor!”.
Pago por hora causa recelo
En México, la mitad de los asalariados trabaja por horas, carece de contrato y está impedida para hacer antigüedad. Ante tal situación, los sindicatos afirman que las nuevas modalidades de contratación atentan contra la estabilidad laboral, pero los patrones aseguran que facilitará el acceso de jóvenes y mujeres al empleo.
En México, uno de cada dos asalariados carece de un contrato de trabajo, labora por horas con un pago a discreción de su patrón que va de 28 a 80 pesos el día, o transita meses enteros en periodo de prueba sin protección jurídica y social de ningún tipo. Son 16.7 millones sin acceso a pensiones, porque carecen de antigüedad laboral, aunque tengan años de trabajo.
Ahora, la propuesta de reforma del presidente Felipe Calderón a la Ley Federal del Trabajo busca que estos trabajadores, que constituyen la mitad de la planta laboral, tengan certeza jurídica, al introducir en la ley nuevas modalidades de contratación por hora, mes, trimestre o semestre, así como periodos de prueba, para agilizar la creación de empleos, y dejar claro que no se necesita la sindicalización para tener una plaza en el sector privado.
Pero aun cuando están en favor de regularizar la realidad laboral del país, y que coinciden en el planteamiento de crear todas estas nuevas formas de contratación, los sindicatos y legisladores federales del PRI insisten en introducir en la ley las frases exactas para que ningún patrón utilice estas nuevas figuras para explotar a los trabajadores, evadir impuestos y, sobre todo, sacudirse la obligación de pagar prestaciones sociales.
Los sindicatos y legisladores de izquierda no están de acuerdo con ninguna de estas modalidades, porque consideran que se pulveriza el trabajo, se patenta el abuso empresarial y se destruye a los sindicatos como organismos de defensa de los derechos de los trabajadores, siempre con el objetivo de proteger al empresariado en detrimento de los empleados.
Otro de los puntos que impulsa la reforma presidencial se refiere a los incentivos de la productividad, a partir de que los trabajadores sean más versátiles en las tareas que realizan; este es uno de los puntos que más consensos tienen, aunque los sindicatos plantean que debe ser una instancia tripartita la que evalúe esta productividad y no quede a la libre decisión del patrón.
Productividad y certidumbre
Rosalinda Vélez, secretaria del Trabajo y Previsión Social, asegura que “esta propuesta presidencial permitirá que, por un lado, los trabajadores cuenten con trabajos dignos, formales, con mayor seguridad y con la posibilidad real de ejercer sus derechos.
“Por otra parte, los empresarios encontrarán los incentivos necesarios para que sus negocios prosperen en condiciones de mayor productividad y certidumbre en beneficio de todos.
“La creación de nuevas fuentes de empleo permitirá, a quienes hoy esperan, incorporarse a la actividad productiva formal”, destaca.
Gerardo Gutiérrez Candiani, dirigente del sector empresarial, destaca que el mercado laboral en el país debe ser flexible y promover el empleo formal, para lo cual es necesario introducir las modalidades como el contrato de prueba, por temporada, la figura del aprendiz y el pago por hora.
Aclara “nadie va a trabajar una hora por ocho pesos. Es un tema de oferta y demanda en el que habrá estímulo por productividad, ventas y competitividad, pero sobre todo, es la puerta de entrada para jóvenes, estudiantes y amas de casa a empleos formales con todas las prestaciones de ley”, explica.
El presidente de la Comisión Laboral de la Confederación Patronal de la República Mexicana, Tomás Natividad Sánchez, añade que, según el artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo, el salario se puede fijar por unidad de tiempo, obra, a destajo, comisión o cualquier otra modalidad.
Precisa que la iniciativa preferente de reforma, incorpora un párrafo en el que se especifica que cuando se fije por unidad de tiempo hora debe respetar los mínimos legales, como salario mínimo y partes proporcionales por séptimo día y otras prestaciones, por lo que no rompe el cuerpo general de la Ley vigente.
Protección a la antigüedad
Thomas Wissing, director de la Oficina de la Organización Internacional del Trabajo para México y Cuba plantea que es necesario “que se establezca claramente que eso no va en detrimento de los derechos, de la seguridad social, que los trabajadores no pierden antigüedad, etcétera.
“En el caso de pago por horas, la Ley Federal del Trabajo prevé que, aun cuando te contratan solamente una hora, dos horas al día, tienen que pagar el salario mínimo, 62 pesos en promedio, a lo mejor hay que hacer una precisión en el texto de la ley para dejarlo claro. Hay temas que necesitan precisión para avanzar en la discusión.
“Cuando tienen un contrato temporal por meses o año, quien te contrata debe contribuir al Seguro Social, ahí tú tienen un registro de tu historia laboral y de tus cotizaciones, todo lo cual suma para tú pensión”, explica.
José Antonio Ardavín Ituarte, director del Centro de la OCDE en México para América Latina, recuerda que “la idea es que esta reforma incluya ahora más facilidades para contratación temporal, pero sí con todas las prestaciones de seguridad social; entonces en el fondo es apoyar a los trabajadores también y ojalá se incluyan aspectos de capacitación y de inversión de las empresas.
“La fórmula que se plantea esto de los contrataos temporales, es que sea una puerta al contrato permanente. Lo que pasa es que hoy es tan restrictivo que mejor nadie contrata pero la idea es que haya todas las previsiones para que un contrato temporal tenga una justificación, sobre todo cuando es el primer empleo, que permita probar un poquito a la persona, pero después los contrataos tienen qué ser permanentes”, aclara.
Los matices
Pero la redacción de los artículos 39-A, 39-B, 39-C, 39-D, 39-E y 39-F, que regulan la contratación por uno, tres y hasta seis meses, o por periodo de prueba, sólo deja en claro que estos trabajadores tendrán todos los derechos sociales durante el tiempo que trabajen.
Nada dice referente a que ese periodo se le podrá sumar al cómputo de su antigüedad, como sí ocurre en el artículo 280, referente a los trabajadores del campo.
“El patrón llevará un registro especial de los trabajadores eventuales o de temporada que contrate cada año para contar con un acumulativo de las temporalidades o eventualidades, a fin de establecer la antigüedad en el trabajo con base en la suma de aquéllas. El patrón tendrá la obligación de remitir una copia de este registro al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como exhibirlo ante las autoridades del trabajo cuando sea requerido para ello”.
Por eso, Fernando Salgado, secretario de Acción Política de la CTM, explica que “vemos poco claro en la propuesta de pago por hora, pues de a cómo va a ser la hora. Quién lo va a regular, decidir o cómo se va a establecer. Igual el trabajo de prueba y el correspondiente a capacitación inicial. Vamos a firmar un contrato así, pero quién lo sanciona, lo monitorea, vigila su cumplimiento. Quién guarda ese contrato para decir, ya se venció y cómo certificar como dice la ley que sea improrrogable.
“Ya existe ahora mucha unilateralidad de los empresarios en este campo y dónde quedan los temas de obligatoriedad en otros rubros como el de pensiones, seguridad social, vivienda. Sé que está en la ley, pero en la práctica muchas empresas no cumplen con sus obligaciones adecuadamente”, advierte.
Héctor Barba, asesor jurídico de la Unión Nacional de Trabajadores, alerta que si no se aclara correctamente en la ley los mínimos que se deben pagar por hora, se corre el riesgo de que los empresarios dividan el salario mínimo al día por horas para pagar sólo 75 centavos de dólar por hora; “los patrones sólo buscarían contratar por horas y no por jornadas completas, lo que precarizaría más el salario”.
Fin al círculo vicioso
El panista Ricardo Anaya, diputado federal, minimiza las preocupaciones sindicales, porque descarta cualquier escenario de abuso y resalta las ventajas.
“Si yo soy un joven recién egresado me quedo atrapado en un círculo vicioso en donde el patrón no me da empleo porque no tengo experiencia y no puedo tener experiencia porque el patrón no me da empleo, de tal manera que lo que propone la reforma es una nueva modalidad de contratación, el contrato a prueba hasta por seis meses por escrito, por una sola ocasión y con todas las prestaciones que establece la ley para que me den una primera oportunidad como joven
“Hoy el problema es que el patrón en muchos casos por miedo a tener que pagar tres meses de indemnización constitucional en caso de que el joven que no tiene experiencia, no dé los resultados esperados, simple y sencillamente no le da la oportunidad. Estamos convencidos de que esta nueva modalidad de contratación es buena para México, es buena para el país, permitiría generar más empleos y sin duda ayudaría a los millones de jóvenes que están buscando empleos.
Ricardo Pacheco Rodríguez, diputado del PRI, difiere en la forma. Apoya estas modalidades, pero se deben incorporar “con claridad que los derechos de los trabajadores en ningún caso se verán mermados; también que la calificación final de este tipo de nuevos contratos o modalidades de contrato, también participe una comisión mixta y no necesariamente sólo el juicio del patrón.
“Sobre la capacitación temporal por hora y por prueba, hay que dejar muy claro que este tipo de nuevas modalidades se vean reflejadas en la capacitación inicial y en la prueba por temporada, solamente en los rangos de administración y gerencia de las empresas. Ahí es a donde irían estas nuevas modalidades de capacitación, aún en ese caso pensamos que debe de asegurarse a quienes participen de ellos la plenitud de sus derechos y prestaciones, y que su calificación no quedé a juicio del patrón”, añade.
Silvano Blanco, diputado del PRD, plantea otra realidad, pues dice que estos contratos abaratarán el costo del despido e incluso impedirá que los trabajadores accedan a pensiones.
“Se le permite ya al patrón que pueda estar contratando por horas a un trabajador y no se establece con mucha precisión si se le contrata por una hora, se le va a pagar el total del salario mínimo, de acuerdo a la región geográfica del país, sino que se plantea que se va a convenir entre el trabajador y el patrón cuánto le van a pagar por hora y ahí es donde nosotros decimos, bueno, si el salario mínimo anda por ahí, en algunos lugares, cerca de los 60 pesos al día, si dividimos 60 entre ocho horas, pues cuánto le van a pagar al trabajador por hora.
“Igual es grave también este tipo de contratación a prueba. Se le puede contratar a un trabajador 30 días y —así dice la redacción— a juicio del patrón, si él considera que no pasó la prueba el trabajador, se va. Es decir, sin ninguna responsabilidad para el patrón, igual está con el tema de la capacitación inicial en este sentido, es decir, hay un periodo de prueba de tres meses de capacitación inicial, en el cual también se le puede despedir sin ninguna responsabilidad para el patrón”, critica.
Productividad
¿A quién le conviene facilitar los despidos?
Uno de los temas de la iniciativa presidencial que busca reformar la Ley Federal del Trabajo y que causa mayor controversia entre los diversos actores (patrones, sindicatos, empleados, organizaciones sociales y autoridades laborales) es el de la productividad. Hay consenso en que debe elevarse, pero no en la forma.
A decir del dirigente del organismo cúpula del sector privado, el Consejo Coordinadro Empresarial (CCE), Gerarado Gutiérrez Candiani, la reforma laboral debe contribuir a una mayor productividad y competitividad laboral, lo cual se debe traducir en más inversión que se traduzca en más y mejores empleos y salarios.
Para avanzar en ese sentido, según Gutiérrez Candiani, es necesario reducir los costos de contratación y “salida” o despido de los trabajadores, lo cual, dijo, es muy importante para éste, no sólo para el empresario, ya que si se le presenta una mejor oportunidad puede acceder a ella más fácil.
Asimismo, el dirigente estableció que los parámetros de productividad tendrán que ser definidos en cada una de las empresas de común acuerdo entre patrones y trabajadores, en lo cual coincidió Tomás Natividad, de la Coparmex.
También con ellos coincide Juan Bueno, diputado del PAN, y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), cuyo representante en México, José Antonio Ardavín, sostiene que la reforma puede influir en elevar la productividad en el corto plazo, porque cambiaría mucho la relación de incentivos de las empresas para contratar y de los trabajadores para dar lo mejor de sí y hacerlos más productivos. Eso en conjunto puede hacer que México aumente su productividad.
“Creemos que, de hecho, si permite aumentar la productividad, como los salarios están ligados a la productividad… en la medida que tengamos una reforma laboral como la de otros países, con flexibilidad, las empresas tienen más incentivos para generar empleos y los trabajadores tienen más incentivos para ser productivos y saben que si no lo son las empresas tienen el derecho a contratar un sustituto.
“Así nadie se duerme en sus laureles, ni las empresas ni los trabajadores y eso genera un ambiente muy positivo de productividad”, afirma el representante del organismo internacional.