17 de enero de 2011

REFORMA FISCAL VERDE... ALGÚN DÍA VENDRÁ.

CERTEZA FINANCIERA

C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES

REFORMA FISCAL VERDE… ALGÚN DÍA VENDRÁ.

La Tributofobia, es un achaque, congoja, enfermedad contagiosa que genera espasmos cuyo síntoma evidente consiste en que cuando se habla de contribuciones, en automático nos ponemos a temblar. Y la razón de esta reacción radica en que la ausencia de políticas coherentes en materia impositiva es un problema recurrente en México, cuyo efecto ha sido el paulatino estrangulamiento de esa rara especie de individuos y empresas conocidas como contribuyentes cumplidos.

Los impuestos ambientales forman parte de una gama de instrumentos económicos de gestión ambiental implementados exitosamente desde los años 70 en otras realidades; eso sí, mucho más avanzadas en comparación con nosotros tanto en lo que respecta a cultura política como a preocupación por el medio ambiente. Tal es el caso de los países escandinavos, Gran Bretaña, Alemania, Francia, Canadá y Estados Unidos, por citar algunos ejemplos.

Esta clase de instrumentos fueron introducidos, ya que la experiencia en estos países demostró que las regulaciones ambientales por sí solas resultan insuficientes para dar solución a los problemas ecológicos, e incluyen elementos fiscales y financieros para contribuir a la preservación del medio ambiente y los recursos naturales mediante la reversión de procesos de deterioro ecológico. Se establecen cargas económicas, ya sean de naturaleza fiscal o financiera, a aquellos agentes económicos cuyos productos o actividades generan un impacto negativo en el ecosistema. El principio que prevalece es: el que contamina paga. Esto implica que se les haga participes de manera directa de los costos ambientales de sus conductas, lo que en última instancia promueve una mayor equidad social.

La reforma fiscal verde impone gravámenes a las actividades económicas que son demasiado nocivas al medio ambiente para generar el impulso de nuevas tecnologías menos perjudiciales para los ecosistemas. Algunos de los incentivos y tributos ambientales de aplicación en países de la Unión Europea son: impuestos sobre carburantes y productos energéticos; impuestos sobre consumos específicos; impuestos anuales sobre tenencia; tratamiento fiscal de los automóviles de empresa y de los gastos de desplazamiento al centro de trabajo.

Otros son: impuestos sobre “inputs” de la agricultura; impuestos sobre fertilizantes, sobre el estiércol; venta de abonos y pesticidas; impuestos especiales sobre otros bienes; aceites lubricantes; envases de bebidas; maquinillas de afeitar; cámaras de fotos desechables; vasos, platos y cubiertos desechables; polietileno como materia prima para fabricar bolsas de plástico; bombillas ordinarias; pilas; tasas de aeropuertos y otras tasas sobre aviación civil con impacto ambiental; cánones para el suministro de agua y para los servicios de eliminación de vertidos al agua.

Algunos países de la OCDE han creado nuevos impuestos, cargos o derechos en productos tales como: residuos, baterías, envases, pesticidas, fertilizantes, detergentes y aceites. El objetivo de esta introducción es disminuir su consumo para disminuir el impacto en el medio ambiente. En el sistema jurídico mexicano se contemplan algunos elementos que contribuyen precariamente a cubrir el uso de un recurso o el costo de un servicio ambiental. Ahí tenemos los derechos en materia de agua, las desgravaciones fiscales por inversiones ecológicas y los pagos por servicios de tratamiento de agua. Sin embargo el fin es obtención de una contraprestación, ya que se trata del pago de derechos o aprovechamientos.

En Nayarit, este 2011 se encuentra en aplicación un nuevo DERECHO en la Ley de Ingresos, denominado de Verificación Vehicular. Se establece que será la Secretaría del Medio Ambiente de Nayarit quien realice la verificación y en el 33 establece 10 fracciones para tal fin. Se estable en importe fijo y en veces Salario Mínimo General Vigente (SMGV).

El costo por obtener el holograma “estatal” y el certificado de aprobación tendrá un costo de 0.98 veces el SMGV – $53 pesos- para vehículos a gasolina, gas natural y gas LP, tratándose de vehículos a diesel será de 1.31 SMGV -$71 pesos-. En una segunda categoría, para obtener el certificado de aprobación y holograma “especial 1”, será de 1.97 y 2.30 veces el SMGV, es decir, $107 y $125 pesos; y por último, en la tercera categoría, para obtener el certificado de aprobación y holograma “especial 2”, será de 4.60 y 4.93 veces el SMGV, es decir, $250.50 y $268 pesos.

Habrá tres tipos de centros de verificación, cuyos costos de concesión variarán entre $6,578.94 y $10,197.36, cobro de derechos por línea de verificación adicional, por registro y autorización del equipo verificador de emisores y software; registro y acreditación de técnicos de verificación; por registro anual de proveedor de servicios de auditoría a centros de verificación. Vigilaremos la funcionalidad de este derecho estatal, y es necesario encaminar esfuerzos a una reestructuración de la recaudación nacional vía tributos.En Nayarit podemos, si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.

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