23 de julio de 2011

IMSS E INFONAVIT –LOS HERMANOS CORAJE- El pasado 5 de julio de 2011, se dio a conocer un convenio entre el IMSS y el INFONAVIT, con el propósito de fi

IMSS E INFONAVIT –LOS HERMANOS CORAJE-

El pasado 5 de julio de 2011, se dio a conocer un convenio entre el IMSS y el INFONAVIT, con el propósito de fiscalizar mejor a las empresas para evitar que evadan sus cuotas obrero-patronales en perjuicio de los trabajadores, ya que de las 800 mil empresas registradas en el país, 24 mil —3% del total nacional— son las que resultan con mayores problemas al momento de la fiscalización debido a la "omisión, error o que no entregan sus pagos en las fechas establecidas". Infonavit factura bimestralmente 20 mil millones de pesos, de los cuales 600 millones de pesos son los que estas empresas no pagan a tiempo, y en la que se tiene que recurrir a la fiscalización para evitar la evasión fiscal o la morosidad. Por su parte el IMSS, tan sólo de recaudación -vía auditorías-, el Seguro Social ha pasado de 700 millones de pesos a mil 400 millones de pesos del 2010 al 2011.

Su contenido de 35 cláusulas, tiene una vigencia indefinida a partir de la firma del mismo, y tiene por objeto la colaboración recíproca entre ambos Institutos, en materia de:

1.-Registro de los patrones y demás sujetos obligados al pago de aportaciones patronales y de la inscripción de los trabajadores a su servicio.

2.-La creación de una Base de Datos (en conjunto) que permita la emisión de propuestas de cédulas de determinación, la entrega de las mismas a los patrones y demás sujetos obligados.

3.-La notificación conjunta de cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales y liquidaciones de las Aportaciones y Descuentos correspondientes al INFONAVIT que deberán realizar los patrones, así como la recaudación que se genere del pago de las mismas.

4.-La elaboración de un Manual Operativo, mismo que, una vez firmado por ambas partes, se integrará al Convenio, como ANEXO 1, cuyo contenido se revisará al menos una vez al año o cuando estos lo consideren necesario.

Para llevar a cabo la actualización de la Base de Datos, ambas entidades a partir de la firma del presente van a iniciar a intercambiar información en materia fiscal con que cuenten en expedientes, documentos o registros que lleven, tengan acceso o en su poder, así como los proporcionados por otras autoridades o particulares (SAT –servicio de administración tributaria-).

La base de datos, será administrada por el IMSS y servirá además, para llevar el control de vigencia de derechos de los trabajadores inscritos, así como también se tendrá acceso a la información del registro de patrones, afiliación de asegurados, inscripción de trabajadores y registros patronales únicos (RPU’s).

El IMSS, seguirá llevando el proceso de emisión conjunta de propuestas de Cédulas de Determinación, para que el patrón realice el pago de cuotas obrero patronales, aportaciones, amortizaciones y demás conceptos de ambas autoridades, en los términos y plazos que se van a definir dentro del Manual Operativo. Estas Cédulas seguirán siendo entregadas a los patrones por el personal y medios contratados por el IMSS. Pero ahora el IMSS le informará al INFONAVIT la relación de aquellos patrones a los que no haya sido posible entregar las propuestas de Cédulas de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones

En caso de ser necesario ahora el IMSS le hará llegar al INFONAVIT, la documentación e información descrita en el Manual Operativo, cuando ésta sea requerida para la adecuada defensa de los juicios o por la autoridad que se encuentre conociendo de los juicios en que dicha información sea aportada como un medio de prueba

Ambos Institutos también, han decidido intercambiar información estadística y censal relacionada con patrones y demás sujetos obligados, clasificados por entidad federativa, número de trabajadores, rangos salariales y actividad económica y demás reportes específicos que sean necesarios, así como en el caso de la Industria de la Construcción la relación mensual de trabajadores, proveedores, y contratistas, para llevar a cabo sus facultades de comprobación fiscal. El Manual Operativo deberá quedar suscrito a más tardar el 31 de marzo de 2012.

A más de 14 años -6 de agosto de 1996-, por unen esfuerzos estas 2 instituciones. En Nayarit podemos, Si podemos!!… http://certezafinanciera.blogspot.com.

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