23 de septiembre de 2010

PERSPECTIVAS FISCALES 2011

BARBECHO FINANCIERO

C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES

PERSPECTIVAS FISCALES 2011

El 8 de septiembre pasado, el Ejecutivo Federal entregó el instrumento que sirve para aderezar y ponerle candela al Palacio de las Discordias, Desacuerdos e Improperios –llamado coloquialmente Congreso de la Unión- la propuesta de programa económico para 2011, -Ley de Ingresos de la Federación, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y los criterios generales de Política Económica-.

Por lo que hace a la Ley de Ingresos de la Federación destaca lo siguiente:

- Se difiere hasta el 1 de enero de 2012 la entrada en vigor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del nuevo régimen para personas físicas en materia de intereses.

- En 2011 las instituciones que componen el sistema financiero determinarán el ISR a retener a las personas físicas aplicando la tasa del 0.60% sobre el capital que genere el pago los intereses.

- La retención de ISR por intereses pagados a bancos que residan en un país con el que México haya celebrado un tratado para evitar la doble tributación, será nuevamente del 4.9% aplicable al monto de los mismos.

- Respecto del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), al igual que en 2009, se ratifica que cuando resulte un crédito fiscal generado por las deducciones mayores a los ingresos no podrá aplicarse contra el ISR del mismo ejercicio.

- Se establece la obligación de que se presente el listado de conceptos del IETU, el cual deberá presentarse en el mismo plazo en que se presenta la declaración anual de dicho impuesto.

- Nuevamente se ratifican algunos estímulos fiscales, entre otros los relativos a la adquisición de combustibles para personas que lleven a cabo actividades empresariales, así como de los gastos que se realicen en infraestructura carretera para los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte público y privado de personas o carga.

- Se incorpora nuevamente la disminución de multas por autocorrección, relativas a infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, a excepción de las impuestas por declarar pérdidas fiscales en exceso y las contempladas en el artículo 85, fracción I del Código Fiscal de la Federación.

- Se incorpora un esquema de condonación total o parcial de recargos y multas por adeudos generados con el IMSS que tengan los sujetos obligados al 30 de junio de 2010, siempre que se pague el monto de dichos adeudos en una sola exhibición, para lo cual se establece, entre otras, la obligación de presentar un escrito con la intención de acogerse a los beneficios correspondientes a más tardar el 31 de marzo de 2011.

Finalmente, los contadores públicos no tendremos curso de Reformas Fiscales, al no proponerse modificaciones a las diversas leyes fiscales, además de que no incorpora nuevos impuestos ni incrementos o disminuciones a las tasas de los impuestos vigentes en 2010, sin embargo, no olvidemos el “grillete político” de disminuir el IVA del 16 al 15% por parte de los tricolores.

Pues bien mis 7 lectores, como lo que más interesa a la hora de la rebatinga cameral es como agandallarse recursos para sus sectores para gastar más por lo tiempos electorales que se avecinan, pasará a segundo término el cómo elevar la recaudación respecto al Producto Interno Bruto, el cómo simplificar el pago de impuestos, el cómo hacer más equitativos y justo el pago de los tributos, y cómo terminar con privilegios.

AUN RECUERDO AQUEL AYER: Noviembre de 2009, recuerdo la promesa de todas las “facciones” políticas del Congreso de que en Febrero iniciarían la discusión de una reforma fiscal… ya vamos para el año y ni maíz palomero. Es necesario ya en serio, ponderar el interés de la nación que los intereses de los poderes fácticos. Llegó el tiempo. En Nayarit podemos! Si podemos!!… http://barbechofinanciero.blogspot.com.

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