4 de marzo de 2010

EL EFECTO DE LA CORTE EN EL IETU

EL EFECTO DE LA CORTE EN EL IETU

Con la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es constitucional, se abre un dilema en cuestión de la competitividad de nuestro esquema fiscal en el contexto internacional, y básicamente, porque existe la convicción por parte de los ahora “desamparados” contribuyentes y profesionales –que viven- del derecho fiscal, de que se privilegiaron mas consideraciones de tipo económico en su resolución, lo que no contribuye al fortalecimiento del Estado de Derecho.

La SCJN concluyó que el IETU es un impuesto diferente al Impuesto sobre la Renta (ISR), pues tiene un objeto de gravamen diferente a este. Así es, al establecer esta pequeña característica, contradice al criterio que en su momento sostuvo la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en el sentido de que se trataba de un Impuesto sobre la Renta, y en consecuencia, debía aceptarse su acreditamiento en el extranjero, como así sucedió y se aceptó por la República del Déficit Monstruoso –EEUU- y por otros muchos países, y cabe mencionar un principio de derecho “A confesión de parte, relevo de pruebas”, y si la SCJN concluye que el IETU es un impuesto diferente al ISR, pues ´tonces de que se trata, es o no es?, diría Don Beto “el bizco”.

Lo anterior, significa que ni maiz palomas, entonces no es un impuesto acreditable en el extranjerosólo puede acreditarse el mismísimo Impuesto sobre la Renta de la Renta pagado en esta hermosa y tolerante República del Águila y el Nopal-, con lo que se generaría una doble tributación y con lo que se afectaría en forma importante a las empresas extranjeras con inversión en nuestro país.

Agreguémosle, que a finales del año 2009, se eliminó la posibilidad de acreditar el IETU contra el ISR, con lo que se concreta –una vez más- que no se trata de un impuesto complementario al ISR.

En materia de competitividad es un retroceso el mantener dos impuestos sobre la renta, el tradicional y el IETU, el primero calculado en base a lo devengado –prescrito, vencido, corrido- y otro en bases a flujo de efectivo –cobrado-. Representa una carga administrativa excesiva para el atribulado contribuyente cumplir con éstas obligaciones, pues para ello requiere implementar registros y controles adicionales para generar la información requerida y pagarle al profesionista aburradoy no porque no sepa sino porque carga con todas las culpas-, sino vean el caso de Paquita la del Barrio, Alfredo Adame que no se dieron cuenta sino hasta que les cayó el chahuistle fiscal.

También incide desfavorablemente a la competitividad fiscal el que el IETU genere una doble tributación. Es un hecho que cuando se decide pagar dividendos a los accionistas habiendo pagado IETU a nivel corporativo, debe pagarse además el Impuesto sobre la Renta. Se trata de un segundo caso de doble tributación originado por el IETU. Agregamos que el famoso IETU no ha logrado alcanzar los niveles de recaudación que en su momento se establecieron -3 puntos del Producto Interno Bruto-.

Es por ello que nosotros los CONTADORES –con mayúsculas- opinamos que el IETU debe desaparecer, manteniendo el ISR tradicional, con las modificaciones que el mismo requiera, adicionando alguno de los elementos favorables del IETU y avanzar en el fortalecimiento de los impuestos indirectos, como el IVA, el IEPS, los impuestos ecológicos, etc.

Es por ello necesario, que los representantes camerales del Palacio de las Comodidades, Improperios con fuero, y de las Garnachas finas, se pongan las pilas y dejen de hacerse patos, y dirijan esta nave que es México en el mar de las Turbulencias Financieras por un camino plácido -apacible, sosegado, sereno- y que inserte nuestro esquema fiscal enteramente competitivo en el contexto internacional y se construya con solidez el círculo virtuoso: Inversión-Empleo-Impuestos-Bienestar Social, en un marco de responsabilidad tributaria, que paguemos lo justo y se gaste lo justo, porque si digo que se roben lo justo, no cabría este calificativo, porque aunque sea poquito, no deja de ser una burla ante la escasez de recursos públicos. En Nayarit podemos, si podemos. http://barbechofinanciero.blogspot.com

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