21 de diciembre de 2018

LOS INTERESES BANCARIOS DEL GANSO


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT

LOS INTERESES BANCARIOS DEL GANSO

El CARAJO –Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados Justos y Ordenados- de Nayarit, en su área de Teorías Bancarias Austeras Republicanas, encabezada por el economista franciscano Fray Austericio Tributario Delgado, nos compartió que le extraña que no obstante la promesa de no incrementar impuestos en este 2019, venga un incremento en la retención de ISR cuando cobras intereses por tus ahorros.

-¡Pero cómo¡- Se levantan de su mesa Fray Sebastián del Toboso, ínclito provincial de Valladolid y Fray Carioca Mendoca, misionero capuchino del monasterio de San Antonio… -¡No es posible eso!- exclaman ambos. Pero la promesa se quedó en la mesa? La burocracia burguesa y obesa se quedará sin su milanesa y sin hamburguesa? – reflexiona Sebastián-, -y si a las personas físicas y empresa estresa, quiere decir que las remesas esta medida les pesa? – remata Carioca….

Así las cosas hermanos –se miran entre sí los tres, Austericio de 35 kilos, Sebastián y Carioca más rechonchos, como de 44 kilos-, fíjense que en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2019, la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta será del 1.04%; en 2018, dicha retención fue de 0.46%, lo cual representa un incremento de 126.09%.... Miren muchachos, el comportamiento desde 2013 de la tasa de retención. 

AÑO
% RETENCION SOBRE CAPITAL
INCREMENTO PORCENTUAL
2019
1.04
126.09%
2018
0.46
-20.69%
2017
0.58
16.00%
2016
0.50
-16.67%
2015
0.60
0.00%
2014
0.60
0.00%
2013
0.60


En su artículo 64, la ley del ISR –impuesto sobre la renta- deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional, y deberán hacer la retención las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, ejemplo bancos, seguros, fondos de ahorro e intermediarios financieros no bancarios.

Además, la Ley del ISR en su artículo 135 y 133 establece que deberá hacerse la retención de impuestos a los pagos que efectúen las compañías de seguros a los beneficiarios o asegurados, sobre todo en productos de vida.

Tomando un café se quedan reflexionando sobre la promesa del ganso, y comiendo un pan con mermelada de fresa.

En Nayarit podemos, si podemos! Contacto: acpalfredoortiz@gmail.com / http://certezafinanciera.blogspot.com  / Twitter: @FELIPEORTIZ Dr. Martinez Ote #51 Col. San Antonio en Tepic, Nayarit.

4 de diciembre de 2018

BENEFICIOS FISCALES A NAYARIT -AFECTADOS HURACÁN WILLA-


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT

BENEFICIOS FISCALES A NAYARIT
-AFECTADOS HURACÁN WILLA-

El CARAJO –Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados Justos y Ordenados- de Nayarit, en su área de estudios fiscales encabezada por Austericio Delgado, informa que el pasado 28 de noviembre de 2018 aparece en el Diario Oficial de la Federación un decreto que dicta y dota beneficios fiscales a contribuyentes de 8 municipios nayaritas; Acaponeta, Huajicori, Del Nayar, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpan… señala que no entra la Federación, el estado de Nayarit, las administraciones municipales ni sus organismos descentralizados.
·        La finalidad es reactivar la planta productiva y preservar fuentes de empleos, además de que cuenten con liquidez los contribuyentes, estos deben tener su domicilio fiscal, sea sucursal, agencia u otro establecimiento en las zonas afectadas. La duración de este decreto es de 148 días con vigencia desde el 28 de noviembre hasta el 24 de abril de 2019.
·        Exime de la OBLIGACIÓN de efectuar pagos provisionales de ISR de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, cuarto trimestre de 2018 y tercer cuatrimestre de 2018; aplica Personas morales del título II y Personas Físicas del Capítulo II, Sección I y del Capítulo III, del Título IV (empresas, personas físicas con actividad empresarial y profesional, y arrendamiento);
·         Asimismo, para los contribuyente Régimen de Incorporación Fiscal RIF se DIFIERE la obligación de declarar 5° y 6° bimestre para presentarse en Febrero de 2019.
·       Las inversiones en bienes nuevos efectuadas entre el 24 de octubre de 2018 al 24 de abril de 2019 que sean utilizados en la zona afectada, se deducirán en un 100%. No aplica a mobiliario y equipo, Automóviles (camionetas si aplica) entre otros bienes.
·         Tratándose del IVA e ISR retenido pagado por salarios –se amuelan las retenciones de los asimilados, no entran- de los meses de octubre, noviembre y diciembre, estos se enterarán en 2 parcialidades… una en Enero y la otra en febrero de 2019, actualizadas mas SIN recargos. Y el tomar parcialidades les exime de cumplir con la garantía del interés fiscal.
·   Las actividades primarias (agrícola, ganadera, pesquera, silvícolas durante el 2º semestre podrán presentar mensualmente declaraciones de IVA. Se afirma que no cae en incumplimiento que le haga caer fuera de esta prestación.
·         Quien haya celebrado convenios de pago en parcialidades, podrán recorrer hasta el mes de enero de 2019 el pago de octubre y así sucesivamente. Para saber más https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5544996&fecha=28/11/2018

Austericio, señala que los contribuyentes de la zona afectada del Norte de Nayarit tienen la posibilidad de tomar “aire” en cuanto a sus responsabilidades fiscales, pero no significa condonación alguna de impuestos, sólo condonación de accesorios por no presentación de pagos provisionales, definitivos y retenciones del mes de octubre.

Austericio Delgado, se une al beneplácito de estas medidas gestionadas por el gobierno estatal, y deseando se complementen con programas de financiamiento a tasas bajas y a fondo perdido en casos especiales por parte del gobierno federal.

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12 de noviembre de 2018

LA ÉTICA Y LOS NEGOCIOS


CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT

LA ÉTICA Y LOS NEGOCIOS

El CARAJO –Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados Justos y Ordenados- de Nayarit, en su área de estudios filosóficos de Ética y Cumplimento encabezada por Sócrates Morales, nos dice que la Ética es la reflexión racional sobre qué se entiende por conducta buena y en qué se fundamentan los denominados juicios morales, y que tanto la moral como la ética, tienen una función práctica: se refieren, aunque no exclusivamente, a situaciones conflictivas de la vida de las personas.

La Ética es la primera condición que debe cumplir cualquier organización decente.

Cuando las empresas empiezan con trampas en el mundo de los negocios para alcanzar o competir por contratos o ventas y se percatan de ello los integrantes, entonces el mensaje que se envía está vinculado con actos de corrupción, mordidas, sobornos y engaños.

La conducta inapropiada puede aparecer en estructuras de cualquier tamaño. Ninguna está a salvo. El mensaje implícito de permisividad tiene vinculaciones con corrupción, siembra desconfianza y conlleva el desprestigio tácito.

Hoy en día -comenta Sócrates- y suena a escándalo, en el sector financiero se están dando casos que induce a pensar que anda falla la ética tanto en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores como en BBVA Bancomer y Banco del Bajío uno por permitir y otros por tomarse atribuciones no reguladas, ya que andan cancelando cuentas por sus pistolas, y presionando a clientes bajo el argumento de que para evitar caer en umbrales no permitidos por considerarse vulnerable su actividad en la Ley Antilavado como son las Outsourcing, bajo la premisa de seguir manteniendo los servicios les “sugieren” e inducen a que sean revisados por despachos de consultoría internacionales (más o menos 21 firmas de consultoría, del vuelo de The Boston Consulting Group, Deloitte, KPMG, entre otras) a costos en dólares por hora. Cuanto recibirán los directivos bancarios de comisión por encauzar estos negocios? Porque la permisibilidad de la CNBV?

Los amparos ya se están preparando y claro que dará mucho de qué hablar estas conductas empresariales carentes de fundamento.

Si las instituciones, organizaciones o estructuras públicas, privadas o sociales no adoptan esos mandatos, actúan sin ética, se corrompen y se deshonran a los ojos de la sociedad, difícilmente podrán ganar respeto y credibilidad de la ciudadanía. De ahí la gran responsabilidad social y la honorabilidad de las personas que integran sus administraciones. Así las cosas.

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11 de agosto de 2017

Cuestión de Jitomates

       CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES
/ TEPIC, NAYARIT

Cuestión de Jitomates

La inflación de 6.44% registrada en el mes de Julio, pone en vilo a los pronosticadores, las frutas y verduras –específicamente el jitomate, la papa y el tomate- fueron lo que ocasionaron la subida al ponderar 21.86%, el año pasado la inflación en Julio fue de 2.65%.

Tarifa Cero
Latente la definición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, sobre la Reforma de Telecomunicaciones que bien o mal, ha traído beneficios a la población en el abaratamiento del servicio celular y fijo, y en específico sobre la “Tarifa Cero” a que refiere el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que señala que el operador preponderante en telecomunicaciones (Telmex-Telcel) no cobrará tarifas de interconexión a los competidores por usar su red. El pronunciamiento de la SCJN impactará en los niveles de inversión en el sector, para bien o para mal de los consabidos usuarios.

LALA se expande a Brasil
LALA, S.A.B. de C.V. confirmó conjuntamente con J&F Investimentos y JBS S.A. la adquisición de 91.99% delas acciones de Vigor Alimentos S.A., líder del sector lácteos en Brasil, que incluye la participación accionaria de 50% en Itambé Alimentos S.A. La oferta lanzada por la empresa mexicana fue de $1,840 millones de dólares.


9 de agosto de 2017

ES FACTIBLE BAJAR LA TASA DE ISR EN MÉXICO?

CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT

ES FACTIBLE BAJAR LA TASA DE ISR EN MÉXICO?

Ahora que está latente la propuesta de Trump de disminuir al 15% (desde un 35% actual) el impuesto a las ganancias corporativas, y un impuesto único a la repatriación de beneficios de las grandes empresas en el extranjero; el pandero fiscal en México se escucha con diversas propuestas para adaptarse a un escenario en donde en México “pagan” los corporativos extranjeros –que es un decir, porque no pagan y si lo hacen es mínimo por las bases erosionadas- un 30%.

La Coparmex propuso 10 medidas fiscales la semana pasada, entre las que resaltan llevar la tasa de ISR a un 25% - similar a tasa promedio de ISR de países OCDE 24.66%- reduciendo un punto porcentual cada año; hacer deducible el 100% de prestaciones laborales; que puedan acreditar la retención del 10% de ISR las personas físicas por los dividendos recibidos; reajuste de la tarifa de ISR de asalariados, profesionistas y arrendadores; mejorar la recaudación por impuesto predial y simplificar algunas disposiciones fiscales, como es darle matarili al ajuste inflacionario, deducción de colegiaturas de nivel superior entre otras.

En tanto el Consejo Coordinador Empresarial CCE, respalda la deducibilidad del 100% de prestaciones laborales, y quitar límites a deducibilidad de planes privados de pensiones, incentivar la inversión y darle por el gasto a cuidarlo, hacerlo eficiente.

Meade, secretario de Hacienda y Crédito Público, dijo “hay muy pocos espacios para hacer modificaciones al marco tributario”, que nanáis, que debemos preservar el entorno que nos permite sortear el contexto de incertidumbre mundial. Manifestó que debemos comparar una tasa que se aplica a una base estrecha que a una ampliada, caso México y EEUU.

Recordemos que el 27 de Febrero de 2014, se firmó un Acuerdo de Certidumbre Tributaria, en donde se compromete el Gobierno Federal a lo siguiente:

PRIMERO. No modificar la legislación tributaria. A partir del día de hoy y hasta el 30 de noviembre de 2018, el Ejecutivo Federal se compromete a no proponer al H. Congreso de la Unión cambios en la estructura tributaria. En específico, el Ejecutivo Federal se compromete ante la sociedad mexicana a:
1.-  No proponer nuevos impuestos;
2.-  No aumentar las tasas de los impuestos existentes;
3.-  No reducir o eliminar los beneficios fiscales ni las exenciones existentes.
Lo anterior implica que no se propondrán ajustes a la tasa, tarifas y bases imponibles del impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado, así como a las aplicables al impuesto especial sobre producción y servicios, distintas a lo contemplado en la Reforma Hacendaria aprobada.

SEXTO. Excepciones para realizar modificaciones a las disposiciones tributarias. En el periodo que abarca desde el día de hoy hasta el 30 de noviembre de 2018, el Ejecutivo Federal sólo propondrá modificaciones en respuesta a eventos macroeconómicos sustanciales ante los cuales sea imperante realizar ajustes al marco tributario. De no presentarse este tipo de eventos, el Gobierno Federal no propondrá al H. Congreso de la Unión cambios al marco tributario.

Habrá que cuidar que resulta de la propuesta de EEUU para no dar un paso en falso, y no echemos por la borda el buen trabajo que en materia de recaudación lleva a cabo el Servicio de Administración Tributaria, renegociar bien el TLCN es otra medida clave. La clave este año está por el lado del gasto, que vaya a áreas generadoras de empleos. Ya veremos. Hasta el 1 de diciembre de 2018 esperemos cambios, salvo que tipo de eventos macroeconómicos se presenten de aquí a esa fecha.


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24 de julio de 2017

“FISCALOTECA”

CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT

“FISCALOTECA”

El CARAJO –Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados Justos y Ordenados- al archivológo Nando Gavetas, encargado de la “Fiscaloteca”, una relatoría que fechas históricas en materia de cambios tributarios en nuestro México, con el objeto de valorar la próxima negociación del TLCN que inicia en Agosto, y con el escenario de que EEUU tiene proyectado un ISR empresarial a tasa de 15% contra el 30% que permanece en México, pues sería otra ventaja competitiva de los vecinos, y esto fue los que nos entrega.

El 20 de julio de 1921 se crea la Ley del Centenario, antecedente del ISR.
Entra en vigor el simi de “ISR” con el 6% anual en 1924.
La tarifa que gravaba los sueldos en 1928 se redujo del 8% a 5% en 1928, hoy en día prevalece la tasa máxima de 35%.
Se establece en 1869 la Ley del Timbre que dio lugar al ISIM Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles por el secretario de Hacienda Matías Romero.
En 1947 se impone el ISIM que desaparece el 31 de diciembre de 1979.
Tras varios años de intentos por sustituirlo, el 1 de Enero de 1980, el gobierno de López Portillo, convirtió el ISIM en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), aquí empezamos a pagar el 10%.
Hasta 1986 los pagos provisionales de ISR eran cuatrimestrales.
En 1988 se crearon los ajustes a los pagos provisionales de forma semestral al ISR, en 1990 surgió el régimen simplificado a las actividades empresariales. Ambos ya no existen.
En el año 2003 el IVA se volvió definitivo antes eran pagos provisionales. También se incorporó la causación mediante flujo de efectivo. El primer trimestre de 2003 todavía fue en base a lo devengado.
A finales de 1991 baja la tasa general de 15% a 10% y se elimina la tasa 20% en artículos de lujo.
Se incrementa nuevamente la tasa general de IVA de 10% a 15% EN 1995.
En 2010 no pasa el impuesto del 2% el COCO –Contribución para el Combate a la Pobreza- por cuestiones políticas, en cambio sobrevino la aprobación a un incremento a la tasa del IVA general del 15% al 16%, y del 10% al 11% en la región fronteriza.
Se homologa el Impuesto al Valor Agregado fronterizo con el resto del país, subiéndolo de 11 a 16 por ciento a partir del 11 de diciembre de 2013.
En 2014 las personas físicas dedujeron 10% de sus ingresos totales al año o hasta 4 salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente en materia de ISR. En 2015 sube a 5 salarios mínimos anuales o el 15% del total de ingresos del contribuyente, el importe que sea menor se aplica.
2015: Por primera vez, empezamos a pagar 16% de IVA en alimentos preparados.

Esperemos que se prepare una reforma fiscal más completa y más sencilla, que detone la productividad más empleo y se amplíe la base de contribuyentes. Y claro, mejore la fiscalización del gasto pero no con más entes reguladores sino con innovación en el hacer y quehacer estando escasos los recursos económicos.


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23 de julio de 2017

LOS IMPUESTOS BÍBLICOS

CERTEZA FINANCIERA
C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES / TEPIC, NAYARIT

LOS IMPUESTOS BÍBLICOS
En el área de estudios existenciales y cosmovisiones del CARAJO –por sus siglas el Centro de Análisis y Raciocinios Ajustados, Justos y Ordenados (sociedad ficticia)-, el doctor Clarividencio del Paso, encuentra un sustento en el cobro de tributos en cualquier sociedad, estableciendo que desde los tiempos bíblicos ya referían al cobro de impuestos, y nos comparte lo siguiente

Civismo al pagar los impuestos. "Sin embargo, para no ofenderles, ve al mar, y echa el anzuelo, y el primer pez que saques, tómalo, y al abrirle la boca, hallarás un estatero (moneda que equivalía a 2 didracmas, a 4 denarios y a un siclo); tómalo, y dáselo por mí y por ti". Mateo 17:27
 Consejo de pagar los impuestos. "Dinos, pues, qué te parece: ¿Es lícito dar tributo a César, o no? Pero Jesús conociendo la malicia de ellos, les dijo: ¿Por qué me tentáis, hipócritas? Mostradme la moneda del tributo, y ellos le presentaron un denario. Entonces les dijo: ¿De quién es esta imagen y la inscripción? Le dijeron: De César. Y les dijo: Dad, pues, a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios". Mateo 22:17-21 El pago debe ser voluntario. "Por lo cual es necesario estarle sujetos, no solamente por razón del castigo, sino también por causa de la conciencia. Pues por esto pagáis también los tributos, porque son servidores de Dios que atienden continuamente a esto mismo. Pagad a todos lo que debéis: al que tributo, tributo; al que impuesto, impuesto; al que respeto, respeto; al que honra, honra". Romanos 13:5-7

Por cierto, nos dice Clarividencio que en el último informe de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público correspondiente al mes de Mayo de 2017, los ingresos totales tuvieron un crecimiento real de 7.9%.... el renglón que nos ocupa que es el Impuesto sobre la Renta tuvo un crecimiento real de 0.2% al pasar de 1,169,619.8 millones de pesos a 1,235,609.7 mdp. Todo ello gracias al empoderamiento del SAT en el dominio de su plataforma electrónica y el manejo del timbrado de nómina y el uso del CFDI…. Hace 20 años tardabas medio día en llenar una declaración y 5 minutos en hacer una factura, hoy en día tardas 1 minuto en hacer una declaración y media hora en llenar un CFDI –factura-.



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