5 de julio de 2010

ADIÓS AL DICTAMEN PARA EFECTO FISCAL?

BARBECHO FINANCIERO

C.P.C. FELIPE ALFREDO ORTIZ BENAVIDES

Tepic, Nayarit

ADIÓS AL DICTAMEN PARA EFECTO FISCAL?

El pasado 30 de junio de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria”, destaca la facilidad relativa al Dictamen de estados financieros para efectos fiscales y del Seguro Social, en el sentido de que, manteniéndose su obligatoriedad, se ofrece la opción de que los contribuyentes puedan optar por no presentarlos, por el ejercicio fiscal de 2010 y posteriores, siempre y cuando presenten la información (aún no se sabe cual, en los plazos y medios) que, mediante reglas de carácter general, establezca la autoridad fiscal.

Se explica que, derivado de un diagnóstico realizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que tomó en consideración diversos estudios efectuados por organismos internacionales, así como por organizaciones y cámaras que agrupan a algunos sectores de contribuyentes de México, se advirtió que la complejidad mencionada provoca que los contribuyentes dediquen mayor tiempo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en comparación con otros sistemas tributarios.

Este escribano ha expresado, que el esquema fiscal de nuestro país no es competitivo en el contexto internacional, por lo que todo aquello que efectivamente ayude a revertir esta limitante debe ser apoyado. En este momento no conozco aún cuál será la información y las reglas que deben establecer las autoridades fiscales para que un contribuyente pueda optar por la no presentación de los Dictámenes de referencia.

Tampoco se han precisado cuales serán los beneficios que podrán disfrutar aquellos contribuyentes que se dictaminen (devoluciones de saldos a favor en línea, mayor confianza en lo declarado, que se traduzca en menores revisiones, etc.), ni las desventajas de aquellos que opten por no presentarlos (necesidad de comprobar lo declarado que se traduzca en mas revisiones directas, etc.). Además, existen imprecisiones en el Decreto que deberán ser aclaradas, como por ejemplo, la entrada en vigor de esta facilidad para los Dictámenes del Seguro Social.

Es importante recordar que cada vez se toma más conciencia en la comunidad financiera y de negocios, de la importancia de contar con los Dictámenes de Estados Financieros emitidos por Contador Público, no solamente para efectos fiscales, sino también para efectos financieros, con independencia de que estos sean o no obligatorios. Así lo demuestran los hechos, baste recordar que de los aproximadamente 90,000 dictámenes que para efectos fiscales se presentaron el último año, cerca del 30% fueron Dictámenes voluntarios.

Considero importante no hacer especulaciones sobre nuestra participación, pues en tanto no se conozcan las reglas y la información que se requerirá, la relación con quienes se presta el servicio no cambia; debemos seguir asistiendo a los contribuyentes con la calidad que siempre lo hemos realizado, ya que estamos convencidos de que el dictamen fiscal ha generado una cultura en los empresarios mexicanos, que les da certeza en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y recibir una serie de beneficios que les otorga esta relación con los Profesionales de la Contaduría, entre los cuales están: I) las recomendaciones para mejorar controles internos, II) observancia de las Normas de Información Financiera, III) la confianza que la opinión profesional le agrega a la información financiera que es fundamental para acceder a mejores condiciones crediticias y/o de aportaciones de capital, entre otros.

Por todo lo anterior, advertimos que, con independencia de la existencia de la alternativa de no presentar el Dictamen Fiscal, en la práctica la mayoría de los contribuyentes preferirán presentar voluntariamente el Dictamen Fiscal, por las ventajas reales que podrán obtener y por las desventajas que representará no hacerlo. En Nayarit podemos, si podemos… Opiniones http://barbechofinanciero.blogspot.com.

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